Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2016 (02/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Miércoles 2 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTOS: Resolución Presidencial Nº 024-2015-UNDC de fecha 13.02.15, Resolución Presidencial Nº 089-2016UNDC de fecha 29.03.16, Oficio Nº 515-C-2016-UNDC/ CO/CEVA/P de fecha 03.10.16, Decreto Supremo Nº 0122004-TR, de fecha 20.10.14, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29488 de fecha 22.12.2009, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 23.12.2009, se crea la Universidad Nacional de Cañete, con domicilio en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 18 de la Constitución Política del Estado Peruano y artículo 8 de la Ley Nº 30220- Ley Universitaria, la Universidad Nacional de Cañete es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Se rige por su estatuto, instrumento que ha sido elaborado bajo el respeto irrestricto de la Constitución, Ley Universitaria y demás normas concordantes. Que, el artículo 29º de la Ley Universitaria Nº 30220 estípula que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de educación ­ MINEDU, constituye una Comisión Organizadora integrada por tres académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (...). Que, en este contexto, el señor Vice Ministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, mediante Resolución Viceministerial Nº 033-2016-MINEDU de fecha 16.03.16, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 17.03.16, se resolvió: 1º Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, la misma que estará integrada por: - CARLOS EDUARDO VILLANUEVA AGUILAR, Presidente; - JOSE OCTAVIO RUIZ TEJADA, Vicepresidente Académico; - EDWIN AGUSTÍN VEGAS GALLO, Vicepresidente de Investigación Que, mediante Resolución Presidencial Nº 0242015-UNDC de fecha 13.02.15 se resolvió: 1º Designar a la Abogada Teresa Sofía Reátegui Marín, Asesora Legal de la Universidad Nacional de Cañete, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo de la Universidad Nacional de Cañete, ante las entidades correspondientes. Que, mediante Resolución Presidencial Nº 0892016-UNDC de fecha 29.03.16 se resolvió: 1º Aceptar la renuncia irrevocable a partir del 31 de marzo del 2016, al cargo de Asesora Jurídica de la Universidad Nacional de Cañete, presentada por la Mg. Teresa Sofía Reátegui Marín; asimismo se le exonera el plazo de ley de conformidad al artículo 10º literal c) de la Ley 29849. Que, mediante Resolución Presidencial Nº 265-2016UNDC; resolvió Designar al CPC Ceferino Montaño Carrión, como empleado de confianza de la Universidad Nacional de Cañete y encargar la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, dependiente de la presidencia, con las facultades, funciones y responsabilidades establecidas en el estatuto y reglamento de organización y funciones a partir del 12.09.16. Que, mediante Oficio Nº 515-C-2016-UNDC/CO/ CEVA/P de fecha 03.10.16, el Presidente de la Comisión Organizadora a cargo de la Universidad Nacional de Cañete a cargo del Dr. Carlos Eduardo Villanueva Aguilar, dispone se proyecte Resolución Presidencial designando al CPC Ceferino Montaño Carrión, responsable de remitir las ofertas de empleo de la Universidad Nacional de Cañete, ante las entidades correspondientes, a partir del 03.10.2016. Que, mediante Decreto Supremo Nº012-2004-TR, de fecha 20.10.14, el último párrafo del artículo 2º del estipula: "Los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad

publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma"; Que, estando a las consideraciones expuestas en cada considerando de la presente resolución; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución, Ley Universitaria Nº 30220, Ley de Creación Nº29488, Resolución Viceministerial Nº 033-2016-MINEDU, Estatuto de la UNDC y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al CPC Ceferino Montaño Carrión ­ Responsable de la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Universidad Nacional de Cañete, antes las entidades correspondientes. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución de conformidad a los señalado en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Tercero.NOTIFICAR a las Vicepresidencias, Oficina de Imagen Institucional y Comunicación, Oficina de Gestión del Talento Humano e Interesado. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS EDUARDO VILLANUEVA AGUILAR Presidente de la Comisión Organizadora YSMAEL ALBERTO LOPEZ AQUINO Secretario General (e) 1448449-1

Otorgan duplicado de diploma de título profesional de Licenciada en Pedagogía y Humanidades, Especialidad: Educación Física, de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 0377-CU-2016 Huancayo, 22 de marzo de 2016. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 05950 de fecha 05 de febrero del 2016, por medio del cual doña YURE LIBIA ECHEVARRIA ALFARO, solicita Duplicado de Título Profesional de Licenciada en Pedagogía y Humanidades, Especialidad: Educación Física, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y

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