Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de octubre de 2017 /

El Peruano

q. Realizar actividades en coordinación con el Servicio de Seguridad y Salud en el trabajo. r. Convocar a elecciones para la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el trabajo. s. Supervisar el proceso de elecciones realizada por las partes integrantes para la convocatoria del Comité de Seguridad y Salud en el trabajo. t. Dar seguimiento constante en el proceso de elecciones hasta la finalización y elección de los miembros que conformaran el Comité de Seguridad y Salud en el trabajo. u. Elaborar el Reglamento Interno de la Municipalidad de Chorrillos con referencia a salud y seguridad de todos los trabajadores. 1573098-2

del Ministerio de Salud en cuanto a la propagación del Dengue, Chikungunya y el Zika. Por lo que estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y las facultades otorgadas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD. ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento General del Cementerio San Pedro de Chorrillos, que consta de Cinco (5) Títulos, Veintiuno (21) Artículos, Una (1) Disposición Complementaria y Dos (2) Disposiciones Finales según anexo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Chorrillos, dentro del día siguiente de su aprobación de acuerdo a ley. POR TANTO:

Aprueban Reglamento General Cementerio San Pedro de Chorrillos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 316-2017-MDCH. Chorrillos, 25 de septiembre de 2017

del

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS: VISTOS: El Informe Nº 0261-2017-UCP-MDCH de fecha 21-09-2017, a través del cual la Unidad de Control Patrimonial solicita la aprobación de la Ordenanza que apruebe el Reglamento General del Cementerio San Pedro; Informe Nº 236-2016-GAJ-MDCH, de fecha 26 de febrero del 2016; y CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º y 195 º de la Constitución Política del Estado, modificados por la Ley Nº 28607 ( Ley de Reforma Constitucional ), señala que los órganos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, en tal sentido al gozar de autonomía económica y administrativa, los gobiernos locales pueden administrar sus bienes y rentas. Que, el artículo 3 de la Ley Nº 26298- Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, establece que, "Los Cementerios podrán ser públicos y privados. Corresponde al Estado, a través de la entidad competente, la construcción, habilitación, conservación y administración de los primeros. Corresponde a las personas jurídicas, nacionales y extranjeras, la ejecución de obras de infraestructura de cementerios, la conservación y administración de los locales y la prestación de los servicios funerarios autorizados. Las Municipalidades Provinciales y Distritales controlarán su funcionamiento" Que, igualmente en su artículo 8º de la acotada ley establece que "Las entidades públicas fijarán los derechos de las sepulturas y servicios funerarios que se presten en los cementerios públicos. Los precios de las sepulturas y las tarifas de los servicios funerarios en los cementerios privados se determinarán de acuerdo a la oferta y la demanda" Que, mediante Informe Nº 261-2017-UCP-MDCH de fecha 21 de Septiembre del 2017 se solicita aprobación de la ordenanza que apruebe el Reglamento General del Cementerio San Pedro, como consecuencia de las observaciones y recomendaciones generadas en el Acta de Inspección Sanitaria. Siendo necesario aprobar la ordenanza que reglamente el Cementerio San Pedro con la finalidad de cambiar y concientizar a los usuarios del mismo con respecto a la utilización del uso de flores naturales por flores artificiales como recomendación AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde REGLAMENTO GENERAL DEL CEMENTERIO SAN PEDRO DE CHORRILLOS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento es un instrumento legal que establece los lineamientos y procedimientos técnicos aplicables a la administración del Cementerio San Pedro de Chorrillos, en concordancia con la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 26298- Ley de Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 03-94-SA y demás disposiciones vigentes. Artículo 2º.- La Gerencia de Desarrollo Social tiene a su cargo el Cementerio San Pedro de Chorrillos, el cual es un órgano descentralizado, independiente, el mismo que podrá convertirse en una empresa municipal, el cual se encuentra ubicado en JR. Camino Real Mz. 0, Lote 0 en el distrito de Santiago de Surco, con Partida Nº 07052399; el cual tiene por responsabilidad la adopción de medidas pertinentes para el buen funcionamiento y óptimo desarrollo de su funcionamiento y prestación de servicios. Artículo 3º.- El presente Reglamento tiene como base Normativa los siguientes dispositivos legales: a) Ley Nº 26298- Ley de Cementerios y Servicios Funerarios. b) Decreto Supremo Nº 03-94-SA-Aprueban el Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios. c) Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. d) Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. e) Ley Nº 26842 Ley General de Salud. Artículo 4º.- El presente Reglamento está compuesto por Cinco (5) Títulos, Veintiuno (21) Artículos, Una (1) Disposición Complementaria y Dos (2) Disposiciones Finales que forman parte de la presente Ordenanza. TÍTULO I DE LA FINALIDAD Y OBJETO GENERAL Artículo 5.- El presente Reglamento tiene por finalidad que en el Cementerio San Pedro de Chorrillos se garantice una adecuada administración y eficiente prestación de los servicios que brinda a la comunidad.

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