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233 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / Artículo 20.- Cumplimiento de las obligaciones previstas en el Reglamento del proceso de cese de actividades de universidades y escuelas de posgrado El cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento no es óbice para la que la universidad receptora cumpla con las obligaciones que le resultaran exigibles del Reglamento del proceso cese de actividades de universidades y escuelas de posgrado DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Supervisión de la prestación del servicio educativo superior universitario de pregrado en espacios formativos itinerantes La Dirección de Supervisión veri fi ca, de forma concurrente, preventiva y periódica, la prestación del servicio educativo superior universitario en un EFI, de acuerdo con las disposiciones del presente reglamento. Para ello toma como referencia la información del proyecto educativo señalado en el artículo 15 de la presente norma. Asimismo, la Sunedu supervisa la participación de las personas, naturales o jurídicas, que colaboran en la prestación del servicio educativo superior universitario en un EFI. Segunda.- Reconocimiento de la inversión en espacios formativos itinerantes La inversión realizada como parte de la implementación de un EFI señalado en el artículo 7 del presente reglamento es susceptible de ser reconocida como un medio para la promoción de la Responsabilidad Social Universitaria, de conformidad con los artículos 124 y 125 de la Ley Universitaria y de la Resolución de Consejo Directivo N° 082-2019-SUNEDU/CD. Tercera.- Seguimiento y articulación de los espacios formativos itinerantes para la prestación del servicio educativo universitario de pregrado La Sunedu realiza el seguimiento de la ejecución de los EFI por parte de las universidades receptoras y coadyuva que su implementación se articule con la política vigente para promover el acceso a una oferta de educación superior universitaria licenciada. 1841780-4 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Modifican el documento “Clasificador de Cargos del Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 136-2019-P-CE-PJ Lima, 27 de diciembre de 2019VISTO:El O fi cio Nº 002275-2019-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene propuesta de modi fi cación del documento normativo de gestión denominado “Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial”. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 236-2019-CE-PJ del 5 de junio del presente año, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el documento “Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial”; modi fi cado mediante Resolución Administrativa N° 125-2019-P-CE-PJ, en los siguientes extremos: a) Incorporar el cargo de “Jefe (a) del Órgano de Control Institucional” con la clasi fi cación de Directivo Superior (SP-DS), conforme al Anexo A adjunto a la presente resolución, de conformidad con la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobada por Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG, modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 458-2016-CG en la Base Legal del Clasi fi cador de Cargos; b) Modi fi car la clasi fi cación de los cargos de Cajero I y Asistente Administrativo II de Servidor Público Ejecutivo (SP-EJ), a Servidor Público de Apoyo (SP-AP); los cargos de Sub Administrador, Analista I, II y III de Servidor Público Ejecutivo (SP-EJ), a Servidor Público Especialista (SP ES), conforme al Anexo B adjunto a la presente resolución; y c) Actualizar el Cuadro de Cargos Estructurales del Clasi fi cador de Cargos, considerando los cambios mencionados en los literales a) y b), conforme al Anexo C adjunto a la presente resolución. Segundo. Que, el Clasi fi cador de Cargos es un instrumento de gestión que debe contener la descripción básica de los cargos que requiere una entidad, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento racional de los cargos y el diseño de los per fi les en las entidades públicas, en función a determinados criterios, correspondiendo a cada entidad la clasi fi cación y aprobación de los cargos a incorporarse en dicho instrumento de gestión. Tercero. Que, el Gerente General del Poder Judicial mediante O fi cio Nº 002275-2019-GG-PJ eleva a este Órgano de Gobierno propuesta de modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial, sustentado en el Memorando Nº 3151-2019-GRHB-GG-PJ, de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, por el cual se informa que la Autoridad Nacional del Servicio Civil mani fi esta que no es posible otorgar la excepción al límite establecido en el Decreto Supremo N° 084-2016-PCM referida a los cargos de con fi anza, cuando se excede del 5% del total de cargos, aun cuando se sustente legalmente, precisando que la excepción solo procede cuando se excede de cincuenta y siempre que esté dentro del 5% del total de cargos; por lo que las solicitudes de excepción de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y O fi cina de Control de la Magistratura deben ser ajustadas. En ese sentido, a fi n de cumplir con lo indicado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, se recomienda que se considere como cargos de con fi anza a los cargos de nivel Directivo y excepcionalmente a los cargos de Secretario de Con fi anza, Asesor Legal de Consejeros y Secretario Coordinador; en consecuencia debe adecuarse el Clasi fi cador de Cargos vigente a esta nueva propuesta, modi fi cándose la clasi fi cación del cargo de Secretaria/o de Consejeros de Empleado de Con fi anza (EC) a Servidor Público de Apoyo (SP AP), teniendo en consideración que las funciones y el nivel remunerativo que efectúan son equivalentes a los cargos de la categoría de Técnico III, y así poder continuar con los trámites de aprobación del CAP-P ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil. En ese sentido, se debe proceder a modi fi car el Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial en dicho extremo. Cuarto. Que, asimismo, informa que la propuesta de modi fi cación del «Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial» cuenta con la opinión favorable de la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Plani fi cación y de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General. En consecuencia; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el documento “Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial” aprobado por Resolución Administrativa Nº 236-2019-CE-PJ del 5 de junio de 2019, y su modi fi catoria aprobada por Resolución Administrativa N° 125-2019-P-CE-PJ, en los siguientes extremos: a) Modi fi car la clasi fi cación del cargo de Secretaria/o de Consejeros de Empleado de Con fi anza (EC) a Servidor Público de Apoyo (SP-AP); conforme al Anexo A adjunto a la presente resolución.