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69 NORMAS LEGALES Jueves 7 de febrero de 2019 El Peruano / 7. En ese sentido, de acuerdo con el orden de los resultados, corresponde convocar a la primera regidora Emperatriz Martha Canqui Pomalegui, identi fi cada con DNI Nº 30831696, para que asuma, inmediatamente, por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 8. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Mirian Alejandra Begazo Ampuero, identi fi cada con DNI Nº 47032451, candidata no proclamada de la organización política Integración Islay, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Richard Hitler Ale Cruz, alcalde del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Emperatriz Martha Canqui Pomalegui, identi fi cada con DNI Nº 30831696, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Mirian Alejandra Begazo Ampuero, identi fi cada con DNI Nº 47032451, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1738927-11 Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de regidores del Concejo Distrital de Daniel Alomia Robles, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 2618-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00773 DANIEL ALOMIA ROBLES - LEONCIO PRADO - HUÁNUCOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, cuatro de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el O fi cio N.º 364-2018-MDDAR/A, de fecha 3 de setiembre de 2018, presentado por Miguel Huaytan Loyola, alcalde de la Municipalidad Distrital de Daniel Alomia Robles, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, mediante el cual comunica las licencias sin goce de haber, que les fue concedidas a Darío Atencia Jara, Herlinda Maíz Ventura y Rober Escalante Reátegui, regidores, de la citada comuna edil. CONSIDERANDOS1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018- PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Los regidores Darío Atencia Jara, Herlinda Maíz Ventura y Rober Escalante Reátegui, en fechas 2, 3 y 4 de mayo de 2018, respectivamente, solicitaron licencia sin goce de haber con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, siendo esta concedida mediante Acuerdo Municipal Nº 103-2018-MDDAR/C.M., de fecha 14 de agosto del año en curso (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre del año en curso. 6. En el presente caso, se aprecia que los regidores presentaron su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Clinton Yunior Crispín Serna, identi fi cado con DNI Nº 71306136, candidato no proclamado de la organización política Acción Popular; así también, convocar a Carmen Amelia Basilio Atencio, identi fi cada con DNI N.° 22507260 y a Moisés Salvador Ponce, identi fi cado con DNI Nº 22988775, candidatos no proclamados de la organización política Movimiento Integración Descentralista, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Leoncio Prado, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Darío Atencia Jara, Herlinda Maíz Ventura y Rober Escalante Reátegui, regidores del Concejo Distrital de Daniel Alomia Robles, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.