Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2019 (08/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Viernes 8 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Regional y elevado a la Gobernación Regional, la cual se formalizará mediante Ordenanza Regional. Artículo 6º.- La Comisión Ambiental Regional Lambayeque está conformada por Un representante titular y Un representante alterno, de las siguientes instituciones: · Gobierno Regional Lambayeque. · Municipalidad Provincial de Chiclayo. · Municipalidad Provincial de Ferreñafe. · Municipalidad Provincial de Lambayeque. · Gerencia Regional de Educación. · Gerencia Regional de Agricultura. · Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo. · Gerencia Regional de Salud. · Gerencia Regional de Desarrollo Productivo. · Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas. · Dirección Territorial - II Región Policial - División de Medio Ambiente · SENAMHI Lambayeque. · Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento EPSEL Lambayeque. · Colegio de Ingenieros · Colegio de Biólogos · Comunidades Campesinas. · Juntas de Usuarios de los Distritos de Riego del Ámbito Regional. · Asociaciones y ONGs especialista en Conservación Ambiental, Calidad Ambiental y/o Gobernanza Ambiental · Universidades Privadas. · Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque. · Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque. · Sociedad Nacional de Industrias sede Lambayeque. · Fiscalía de Prevención del Delito · Mesa de Concertación. · Instituto del Mar del Perú-IMARPE · Proyecto Especial Olmos Tinajones · Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre- SERFOR · Servicio Nacional de Áreas Naturales ProtegidasSERNANP. Artículo 7º.- Las funciones de la Comisión Ambiental Regional Lambayeque son las siguientes: 1. Coordinar y concertar el Sistema Regional de Gestión Ambiental., 2. Formular y proponer la Política Ambiental, el Plan de Acción, Agenda Ambiental, que será aprobado por el Gobierno Regional. 3. Contribuir al cumplimiento de los compromisos ambientales internacionales 4. Promover actividades económicas sostenibles. 5. Opinar sobre las propuestas de Instrumentos de Gestión Sectorial Ambiental. 6. Lograr compromisos ambientales concretos de las instituciones integrantes. 7. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales. 8. Impulsar procesos de investigación, capacitación y difusión de temas ambientales. 9. Velar por el cumplimiento de las normas ambientales nacionales, regionales y locales. 10. Coordinar acciones interinstitucionales en materia de educación sanitaria y ambiental. 11. Fomentar y ayudar a canalizar proyectos y propuestas ambientales. 12. Fortalecer el sistema de gestión ambiental regional. 13. Valorar e incorporar las capacidades locales de las comunidades en la gestión ambiental. 14. Promover el conocimiento, conservación y uso sostenible de los ecosistemas. 15. Promover el intercambio de información ambiental entre los sectores públicos y privados. 16. Promover el uso sostenible de los recursos naturales. 17. Fomentar la internalización de los costos ambientales en las actividades económicas.

18. Promover instrumentos legales nacionales, regionales y locales en materia ambiental. 19. Promover que se formen las Comisiones Ambientales Municipales, como entes coordinadores con los gobiernos locales y la Comisión Ambiental Regional. Artículo 8º.- La Comisión Ambiental Lambayeque está compuesta por: Regional

1. La Asamblea. 2. La Junta Directiva, integrada por Presidencia, Secretaría Técnica y tres (03) miembros consultivos. 3. Grupos Técnicos: · Grupo Técnico de los Recursos Hídricos. · Grupo Técnico de Residuos Sólidos. · Grupo Técnico de Cambio Climáticos. · Grupo Técnico de Diversidad Biológica · Grupo Técnico de la Zona Marino Costera · Otros que en Asamblea se acuerde. Artículo 9º.- Los miembros de la Junta Directiva, son elegidos de manera democrática por la Asamblea de la Comisión Ambiental Regional, mediante votación directa a excepción de la Secretaría Técnica que es asumida por la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Ambiental. Dichos cargos recaerán exclusivamente en representantes debidamente acreditados, con capacidad de liderazgo y convocatoria. El Reconocimiento de la Junta Directiva será efectuado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Lambayeque mediante Resolución Gerencial Regional Artículo 10º.- El Presidente de la Comisión Ambiental Regional Lambayeque tiene la misión de dirigir a la Comisión Ambiental Regional no obstante deberá coordinar directamente con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, cuando corresponda. Artículo 11º.- El Presidente tiene las siguientes funciones: · Representar a la Comisión Ambiental Regional Lambayeque en actos públicos. · Convocar y presidir las sesiones de Asamblea y de Directiva. · Realizar seguimiento de los Grupos Técnicos. · Informar a los miembros de la Comisión Ambiental Regional Lambayeque de las diferentes acciones realizadas. · Buscar la articulación de la Comisión Ambiental Regional Lambayeque con otros espacios técnicos. · Gestionar recursos y apoyo para el funcionamiento la Comisión Ambiental Regional Lambayeque. · Establecer contactos con aliados, agentes externos y gestores de política pública. · Presentar el Plan de Trabajo Anual e Informe Anual ante la Asamblea, Consejo Regional y Gobernación Regional. · Ser el portavoz oficial de las actividades de la Comisión Ambiental Regional Lambayeque Artículo 12º.- La Secretaría Técnica tiene las siguientes funciones: · Convocar a reuniones en coordinación con la Presidencia. · Velar por la participación de los demás integrantes de la Comisión Ambiental Regional Lambayeque · Sistematizar y difundir la información generada. · Hacer seguimiento al plan de trabajo y velar por el cumplimiento de la programación de actividades. · Llevar la asistencia, el acervo documentario y el archivo de la Comisión Ambiental Regional · Levantar las Actas de la Asamblea y Ayuda Memoria Artículo 13º.- Funciones de los Miembros Consultivos: · Ser soporte técnico del Presidente y Secretario de la Comisión Ambiental Regional · Participar en las sesiones de Consejo Directivo y Asamblea de la Comisión Ambiental Regional.

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