Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2019 (08/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 8 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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número N-4637, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1747130-1

Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank, el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 843-2019 Lima, 1 de marzo de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La comunicación del Banco Internacional del Perú Interbank mediante la cual informa que una (01) de sus agencias suspenderá la atención al público, debido a trabajos de remodelación, por el período comprendido entre el 02.03.2019 y el 20.05.2019, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la información pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank, el cierre temporal de una (01) agencia entre el 02.03.2019 y el 20.05.2019, la cual se encuentra ubicada en Av. La Universidad 1848, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- En caso de extenderse el plazo requerido para reanudar la atención al público, el Banco deberá adoptar las medidas necesarias a fin de informar de manera previa el nuevo plazo tanto al público usuario como a esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1747518-1

Autorizan inscripción de la empresa Orienta Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 706-2019 Lima, 21 de febrero de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Oscar Francisco Olazo Ortiz para que se autorice la inscripción de la empresa ORIENTA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, el Departamento de Registros mediante Informe. N° 00009- 2019-DRG de fecha 18 de enero de 2019, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa ORIENTA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa ORIENTA ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matrícula N° J-0881. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1747194-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Modifican la Ordenanza Regional N° 0022006-GR.LAMB/CR, sobre exigibilidad de requisitos para el ejercicio profesional en la administración pública regional
(Se publican las siguientes Ordenanzas a solicitud del Gobierno Regional Lambayeque, mediante Oficio Nº 404-2019-GR.LAMB/ORAD-SCR, recibido el 6 de marzo de 2019) ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2017-GR.LAMB/CR Chiclayo, 12 de diciembre del 2017

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