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18 NORMAS LEGALES Martes 30 de junio de 2020 / El Peruano Código Supuesto de infracciónReferen- ciaSanciónGrave- dadInfractor N66En los regímenes de importa- ción y de perfeccionamiento, transmitir la declaración aduanera de mercancías con información que no guarde conformidad con los datos proporcionados por el opera-dor interviniente respecto a:- Valor;- Marca comercial;- Modelo;- Descripciones mínimas que establezca la Administración Aduanera o el sector com-petente;- Estado;- Cantidad comercial;- Calidad;- Origen;- País de adquisición o de embarque; o- Condiciones de la transac-ción, excepto en el caso de INCOTERMS equivalentes.Esta sanción aplica cuando existan tributos y recargos dejados de pagar o garanti-zar, cuando se subsana antes de cualquier requerimiento o notificación de la Administra- ción Aduanera.Art. 197 Inciso e)Equivalente al 50% de los tributos y recargos dejados de pagar o garantizar.GRAVE-Despachador de Aduana. -Empresa de servicio de entrega rápida. - Sustitúyese el supuesto de infracción correspondiente al código N24 por el supuesto de infracción N67 Código Supuesto de infracciónReferen- ciaSanciónGrave- dadInfractor N67En los regímenes de importa- ción y de perfeccionamiento, transmitir la declaración aduanera de mercancías con información que no guarde conformidad con los datos proporcionados por el opera-dor interviniente respecto a:Valor; Marca comercial;Modelo;Descripciones mínimas que establezca la Administración Aduanera o el sector com-petente;Estado;Cantidad comercial;Calidad;Origen;País de adquisición o de em-barque; oCondiciones de la transac-ción, excepto en el caso de INCOTERMS equivalentes.Esta sanción aplica cuando no existan tributos ni recargos dejados de pagar o garantizar y por cada declaración, salvo que se subsane antes de cualquier requerimiento o no-tificación de la Administración Aduanera.Art. 197 Inciso e)0.1 UIT LEVE- Despa- chador de aduana. - Empresa de servicio de entrega rápida. - Sustitúyese el supuesto de infracción correspondiente al código N30 por los supuestos de infracción N68 y N69 Códig o Supuesto de infracciónReferen- ciaSanciónGrave- dadInfractor N68Asignar una subpartida na- cional incorrecta, si existe incidencia en los tributos o recargos, salvo que resulte aplicable el supuesto de in-fracción N69.Art. 197 Inciso i)Equivalente al doble de los tributos y recargos dejados de pagar o garantizarGRAVE- Despa- chador de aduana. - Empresa de servicio de entrega rápida. N69Asignar una subpartida na- cional incorrecta, si existe incidencia en los tributos o recargos, cuando se subsana antes de cualquier requeri-miento o noti ficación de la Administración Aduanera.Art. 197 Inciso i)Equivalente al 50% de los tributos y recargos dejados de pagar o garantizarGRAVE- Despa- chador de aduana. - Empresa de servicio de entrega rápida.- Sustitúyese el supuesto de infracción correspondiente al código N32 por los supuestos de infracción N70 y N71 Código Supuesto de InfracciónReferen- ciaSanciónGrave- dadInfractor N70No proporcionar, exhibir o transmitir la información veraz, auténtica, completa y sin errores, respecto a la aplicación de derechos an-tidumping, compensatorios o salvaguardias a que se sujetan las mercancías im-portadas, dispuestas por la autoridad competente, en la forma y plazos establecidos legalmente o dispuestos por la Administración Aduanera. En caso se proporcione, ex-hiba o transmita la informa-ción, este supuesto se aplica siempre que esta no guarde conformidad con los datos proporcionados por el opera-dor interviniente. La sanción toma en cuenta los derechos antidumping, compensatorios o salvaguardias vigentes al momento de la numeración de la declaración, salvo que resulte aplicable el supuesto de infracción N71.Art. 197 inciso c)Equivalente al doble de los derechos antidum- ping, com- pensatorios o salva- guardias más altos aplicables a mercancías que por sus característi- cas físicas, calidad y prestigio comercial sean simi- lares a las mercancías importadas.GRAVE- Despa- chador de aduana. - Empresa de servicio de entrega rápida. N71No proporcionar, exhibir o transmitir la información veraz, auténtica, completa y sin errores, respecto a la aplicación de derechos an-tidumping, compensatorios o salvaguardias a que se sujetan las mercancías im-portadas, dispuestas por la autoridad competente, en la forma y plazos establecidos legalmente o dispuestos por la Administración Aduanera. En caso se proporcione, ex-hiba o transmita la informa-ción, este supuesto se aplica siempre que esta no guarde conformidad con los datos proporcionados por el opera-dor interviniente. La sanción toma en cuenta los derechos antidumping, compensatorios o salvaguardias vigentes al momento de la numeración de la declaración, cuando se subsana antes de cualquier requerimiento o noti ficación de la Administración Adua-nera.Art. 197 inciso c)Equivalente al 50% de los derechos antidum- ping, com- pensatorios o salva- guardias más altos aplicables a mercancías que por sus característi- cas físicas, calidad y prestigio comercial sean simi- lares a las mercancías importadas.GRAVE- Despa- chador de aduana. - Empresa de servicio de entrega rápida. - Sustitúyese el supuesto de infracción correspondiente al código N34 por el supuesto de infracción N72 Código Supuesto de InfracciónReferen- ciaSanciónGrave- dadInfractor N72No proporcionar, exhibir o transmitir la información o documentación completa o sin errores, en la forma y plazo establecidos legal-mente o dispuestos por la Administración Aduanera, con excepción de los incisos d), e), f), i) y j) del artículo 197 de la LGA o de no resul-tar aplicables los supuestos de infracción N07, N08, N09, N10, N60, N61, N62, N14, N15, N16, N17, N18, N19, N20, N21, N63, N64, N65, N66, N67, N26, N27, N70, N71, N33 y N73.Art. 197 inciso c)0.25 UIT LEVE- Despa- chador de aduana. - Transpor- tista o su representante en el país. - Operador de transporte multimodal internacional. - Agente de carga interna- cional. - Almacén aduanero. - Empresa de Servicio Postal. - Empresa de servicio de entrega rápida. - Almacén libre (Duty Free). - Bene ficiario de material para uso aeronáutico.