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53 NORMAS LEGALES Sábado 6 de febrero de 2021 El Peruano / la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, concluye que se han efectuado las modi fi caciones pertinentes, formuladas por la Asociación de Ciclistas del Perú, como oportunidades de mejora al Reglamento de Uso de Vehículos Menores para Concurrir al Centro Laboral, con lo cual se sustenta la propuesta presentada. Asimismo, por su parte, la Subgerencia de Racionalización, unidad orgánica de la Gerencia de Plani fi cación, mediante Informe Nº 279-2020-SR-GP-GG-PJ otorga su opinión técnica favorable al igual que la Gerencia de Plani fi cación a través del Memorando Nº 1695-2020-GP-GG-PJ. Tercero. Que, por otro lado, el numeral 6.5 de la Directiva Nº 019-2020-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa Nº 000370-2020-CE-PJ, señala: Los proyectos de documentos normativos y sus informes de sustentación deben ser presentados a la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Plani fi cación, quien debe analizar y evaluar su contenido. La omisión de presentación del informe de sustentación dará lugar a la devolución del proyecto para la correspondiente subsanación. Asimismo, debe revisar que el tipo de documento empleado corresponda con el propósito de su creación, pudiendo efectuar los ajustes necesarios para su adecuación en coordinación con el área formuladora. Emitida la opinión técnica favorable del órgano de Racionalización, se debe recibir la opinión de la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General, en relación con la consistencia de la base legal y contenido del proyecto, salvaguardando que se cumpla con la normatividad vigente e inherente a sus procesos.” Cuarto. Que, en ese sentido, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe Nº 002010-2020-OAL-GG-PJ, señala que el proyecto de reglamento propuesto tiene como objetivo regular el uso de vehículos menores motorizados y no motorizados como medio de transporte e fi ciente y preventivo frente a la pandemia del COVID-19, contribuyendo al distanciamiento social obligatorio, a fi n de prevenir la propagación del mismo; así como implementar estacionamientos para los vehículos menores de los trabajadores del Poder Judicial, cuyo alcance es de cumplimiento obligatorio por parte del personal de todas las dependencias del Poder Judicial, que opten por el uso de vehículos menores como medio de transporte para el desplazamiento hacia el centro de labores. Asimismo, el informe legal concluye que el citado proyecto cumple con la estructura prevista para este tipo de documentos conforme al “Anexo 11: Formato de Reglamento” establecido para este tipo de proyecto, según lo indica la Directiva Nº 019-2020-CE-PJ. Del mismo modo, los conceptos contenidos en su estructura interna se encuentran desarrollados en forma clara y tienen un impacto administrativo favorable en la administración en términos de e fi ciencia y e fi cacia sobre el procedimiento que regula, por lo que se procede a otorgar opinión favorable para la prosecución del trámite. Quinto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio Nº 002340-2020-GG- PJ eleva a este Órgano de Gobierno el proyecto de Reglamento denominado “Uso de vehículos menores para concurrir al centro laboral”, para su aprobación. Sexto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada, la misma que cuenta con los vistos de la Gerencia de Plani fi cación, Subgerencia de Racionalización, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 062- 2021 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señora Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; sin la intervención de la señora Presidenta Barrios Alvarado por asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVEArtículo Primero.- Aprobar el Reglamento denominado “Uso de vehículos menores para concurrir al centro laboral”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente decisión. Artículo Tercero.- Disponer a la Gerencia General del Poder Judicial, realice las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de presente resolución. Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de la República; y a la Gerencia General para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Juez Supremo titularIntegrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 1925966-1 Aprueban el “Plan de Trabajo 2021 de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000018-2021-CE-PJ Lima, 20 de enero de 2021VISTO: El O fi cio Nº 000001-2021-CR-ONAJUP-CE-PJ cursado por la señora Mercedes Pareja Centeno, Consejera Responsable de la Justicia de Paz y la Justicia Indígena. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Poder Judicial ha encargado a la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena la función de formular, plani fi car, gestionar, ejecutar y evaluar las actividades de fortalecimiento y consolidación de la Justicia de Paz y la Justicia Indígena en el país. Segundo. Que, al respecto, la señora Mercedes Pareja Centeno, Consejera Responsable de la Justicia de Paz y la Justicia Indígena, mediante O fi cio Nº 000001-2021-CR- ONAJUP-CE-PJ remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Trabajo 2021 de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, documento en el que se detalla las actividades a desarrollar durante el presente año judicial, teniendo como directriz lo señalado en el Plan Estratégico Institucional 2019-2023 del Poder Judicial. Tercero. Que, el referido plan destaca que para el presente año judicial, la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena continuará impulsando el desarrollo de herramientas informáticas que permitan la modernización gradual del área y de sus o fi cinas descentralizadas a nivel nacional; así como el establecimiento de hitos estadísticos en la justicia de paz. Del mismo modo, se continuará con las capacitaciones virtuales a los jueces/zas de paz, implementándose métodos alternativos de enseñanza para aquellos que no tienen acceso a internet. Cuarto. Que, asimismo, la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena está promoviendo la incorporación de la variable étnica en el Sistema Integrado Judicial con un piloto que será desarrollado en el Distrito Judicial de Puno, con la fi nalidad de identi fi car