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23 NORMAS LEGALES Domingo 7 de febrero de 2021 El Peruano / Que, el Consejo Directivo, mediante Acuerdo N° 013- 2021 del 28 de enero de 2021, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar a la señora Katia Silvana Peñaloza Vassallo como Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 2, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno del Gerenta General, de la Gerenta de Recursos Humanos y del Gerente Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Katia Silvana Peñaloza Vassallo como Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 2, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo 1925895-1 Designan miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas RESOLUCIÓN N° 000015-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 5 de febrero de 2021VISTOS:Los Informes N° 0000005-2021-GRH/INDECOPI, N° 0000011-2021-GEL/INDECOPI, N° 0000015-2021-GEG/INDECOPI y N° 00098-2021-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 012- 2021 del 28 de enero de 2021, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Vladimir Martín Solís Salazar, como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Vladimir Martín Solís Salazar, como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo 1925897-1 Aceptan renuncia de Gerente de Recursos Humanos del Indecopi RESOLUCIÓN N° 000016-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 5 de febrero de 2021VISTOS:El Informe N° 000055-2021-GRH/INDECOPI, el Informe N° 000077-2021-GEL/INDECOPI, el Informe N° 000022-2021-GEG/INDECOPI, el Acuerdo N° 014-2021, y el Informe N° 00092-2021-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 107-2012-PCM y N° 099-2017-PCM, establece que corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación y remoción de los gerentes de la Institución; Que, conforme el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de Indecopi, cuyo ordenamiento fue aprobado por Resolución de la Gerencia General N° 004-2021-GEG/INDECOPI, el cargo estructural de Gerente/a de Recursos Humanos se encuentra clasi fi cado como empleado de con fi anza; Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Marco del Empleo Público, Ley N° 28175, señala que los empleados de con fi anza son designados y removidos libremente; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo de Indecopi N° 091-2019-INDECOPI/COD del 26 de junio de 2019, se designó a la señora Martha Ynes Aguirre Abensur en el cargo de con fi anza de Gerente de Recursos Humanos del Indecopi; Que, mediante carta de renuncia de fecha 26 de enero de 2021, la señora Martha Ynes Aguirre Abensur renunció al cargo de Gerente de Recursos Humanos del Indecopi; Que, el Consejo Directivo del Indecopi, mediante Acuerdo N° 014-2021 de fecha 28 de enero de 2021, aceptó la renuncia presentada por la señora Martha Ynes Aguirre Abensur como Gerente de Recursos Humanos del Indecopi; Que, en virtud a lo expuesto, corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi cumplir con lo dispuesto en el Acuerdo referido y formalizar la renuncia de la Gerente de Recursos Humanos de la Institución;