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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (04/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 146

146 NORMAS LEGALES Jueves 4 de agosto de 2022 El Peruano / entre las 8:00 y 20:00 horas, y se precisa que, fuera de dicho horario, se entenderá por efectuada la entrega el día siguiente (ver SN 1.4.), por lo que la OP tenía hasta las 20:00 horas del 25 de junio de 2022 para subsanar las observaciones efectuadas por el JEE. 2.1. Ante lo enunciado, se percibe que el escrito de subsanación fue registrado el 25 de junio de 2022, a las 19:55:25, y recién fue presentado a las 20:24:54 horas del mismo día (fecha y hora de envío), conforme se advierte del cargo de recepción que obra en los actuados. 2.2. Al respecto, se debe precisar que la fecha y hora de envío de la lista registrada en el SIJE corresponde al momento en que el usuario seleccionó la opción “enviar” y aceptó estar de acuerdo con el envío de la solicitud 3; por consiguiente, la presentación de una solicitud de inscripción de candidatos o escrito ante el JEE se materializa cuando son “enviados” a través de la MPV del SIJE, y no cuando estos son creados. 2.7. En consecuencia, corresponde desestimar el recurso de apelación y con fi rmar la resolución venida en grado. 2.8. En ese sentido, advirtiéndose que la OP no cumplió con presentar su escrito de subsanación dentro del plazo otorgado, corresponde desestimar el recurso de apelación y confirmar la resolución venida en grado. 2.9. Por otro lado, se observa en el artículo tercero de la Resolución N° 00477-2022-JEE-PASC/JNE, que el JEE resolvió admitir a trámite la candidatura de don Jherson Antony Aliaga Zárate y doña Luisa Gamboa Villano, candidatos accesitarios por la provincia de Pasco y Oxapampa, respectivamente. 2.10. Al respecto, en reiterada jurisprudencia (ver SN 1.5. y 1.6.), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones ha señalado que, en caso se disponga la exclusión o la improcedencia de la candidatura de quien aspira al cargo de consejero titular, se dispondrá también el retiro de quien postula al cargo de consejero accesitario. 2.11. Es así que, en el supuesto de que el consejero titular electo sea separado del cargo por causa de suspensión o vacancia sobreviniente a su elección, el consejero accesitario electo lo reemplazará. En ese sentido, la inscripción de la candidatura del consejero accesitario está supeditada a la inscripción de la candidatura de su respectivo consejero titular. 2.12. Por consiguiente, al no haberse acreditado que don Litman Jhonni Osorio Rojas y doña Diana Gloria Gonzales Montejo domicilian más de dos (2) años en la circunscripción a la que postulan, corresponde disponer que el JEE proceda actualizar en el Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes, el estado de inscripción de los candidatos accesitarios don Jherson Antony Aliaga Zárate y de doña Luisa Gamboa Villano, teniendo en cuenta los considerandos 2.9. al 2.11. del presente pronunciamiento. 2.13. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Cristian Elver Ramos Zárate, personero legal titular de la organización política Pasco Unido; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 000477-2022-JEE-PASC/JNE, del 4 de julio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de don Belarmino Blanco Alana y doña Antonia Zárate Rodríguez, candidatos a gobernador y vicegobernadora, respectivamente, así como la solicitud de inscripción de diecinueve candidatos a consejeros para el Gobierno Regional de Pasco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, conforme se detalla en el siguiente cuadro:PROVINCIA N.° CARGO NOMBRES Y APELLIDOS PASCO 1CONSEJERO REGIONALHELDER EDWIN ANDRADE USCUCHAGUA PASCO 1 ACCESITARIO JHONNY YANAYACO SALCEDO PASCO 2CONSEJERO REGIONALANNEL YADHIRA YOPLA PORRAS PASCO 2 ACCESITARIO JAIDY SHANY ESPINOZA PONCE PASCO 3CONSEJERO REGIONALCESAR FELIPE CHUQUILLANQUI SALAS PASCO 3 ACCESITARIO FIDEL ESTEBAN MINAYA VARGAS PASCO 4 ACCESITARIO MARISOL CALLUPE ZEVALLOS PASCO 5CONSEJERO REGIONALLITMAN JHONNI OSORIO ROJAS OXAPAMPA 1CONSEJERO REGIONALDIANA GLORIA GONZALES MONTEJO OXAPAMPA 2CONSEJERO REGIONALJOSE LUIS GASPAR ALEGRE OXAPAMPA 2 ACCESITARIO GREMER CLAUDIO QUISPE LOBON OXAPAMPA 3CONSEJERO REGIONALASLY AGUILAR SHAREVA OXAPAMPA 3 ACCESITARIOROSA CARMEN FRANCISCO JIMENEZ OXAPAMPA 4CONSEJERO REGIONALJEYSON ROMARIO MONAGO GOMEZ OXAPAMPA 4 ACCESITARIO BRANCO RAUL MAYTA ESPINOZA DANIEL ALCIDES CARRION1CONSEJERO REGIONALDELFINA GUADALUPE LOPEZ ARANDA DANIEL ALCIDES CARRION1 ACCESITARIO ELISANA CARLOS GUTIERREZ DANIEL ALCIDES CARRION2CONSEJERO REGIONALEDSON CLAY BARRERA CAYETANO DANIEL ALCIDES CARRION2 ACCESITARIO LEOMIN MELGAREJO TORIBIO 2. DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Pasco, EJECUTE lo dispuesto en el considerando 2.12. del presente pronunciamiento, en el plazo perentorio bajo responsabilidad. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado con la Resolución Nº 0942-2021-JNE, del 14 de diciembre de 2021. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Ver Manual de Usuario de la Mesa de Partes Electrónica del SIJE, ubicado en el enlace https://mpesije.jne.gob.pe/assets/doc/Manual_General.pdf. 2092018-1