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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2022 (30/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 197

197 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / En este marco, es muy importante el impulso legal e institucional para formular una Estrategia Regional de Cambio Climático de Loreto (ERCC Loreto) para ello mediante Ordenanza Regional Nº 024-2017-GRL-CR se aprueba la conformación del Grupo Técnico de Cambio Climático de Loreto. Que, mediante Informe Nº 00032-2021-MINAM/ VMDERN/DGCCD de fecha 7 de abril de 2021, se emite opinión favorable a la Estrategia Regional sobre Cambio Climático; de acuerdo a la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, que establece al Ministerio del Ambiente (MINAM) como autoridad nacional en materia de cambio climático y en concordancia con las funciones de las autoridades regionales, establecidas mediante el Reglamento de la Ley Nº 30754, Decreto Supremo Nº 0132019-MINAM, en particular con el artículo 22.4 del mencionado reglamento. Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 03-2021-GRL-CRL-SFC, de fecha 09 de junio de 2021, se propone la que contiene la propuesta de Ordenanza Regional sobre “Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de Loreto, 2021-2026”, por haber cumplido con todo los procedimientos legales y administrativos; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículo 9º y 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de setiembre de 2021; Que, en uso de las facultades conferidas en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 37º y el artículo 38 del mismo cuerpo legal; El pleno del Consejo Regional del Gobierno regional de Loreto acordó por UNANIMIDAD, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobar la siguiente Ordenanza Regional: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA “ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO EN LA REGIÓN LORETO 2021 – 2026”. SE RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR, LA ACTUALIZACIÓN DE LA “ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LORETO 2021-2026”, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: ENCARGAR, a la Autoridad Regional Ambiental de Loreto, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Asuntos Indígenas, Direcciones Regionales del Gobierno Regional de Loreto, municipalidades provinciales y distritales, y otras entidades públicas de nivel de gestión subnacional en el departamento de Loreto y que cuenten con competencias vinculadas al cambio climático, implementar las acciones estratégicas de adaptación y mitigación de Gases de Efecto Invernadero (GEI), incorporándolas en los instrumentos de gestión pública y presupuestos institucionales, debiendo formalizar acciones técnico administrativas para su ejecución en el marco de sus competencias y funciones. Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Autoridad Regional Ambiental de Loreto, el monitoreo, supervisión y evaluación periódica de la implementación de la ERCC por las entidades públicas competentes, así como socializar dicha información con la Comisión Ambiental Regional (CAR) del departamento de Loreto. Artículo Cuarto: ENCARGAR, a la Autoridad Regional Ambiental de Loreto, remitir un informe anual de evaluación de la implementación de la ERCC de Loreto al Ministerio del Ambiente, incluido los aportes a los compromisos climáticos del país. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Loreto la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático 2021-2026, cuando corresponda, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional. Artículo Sexto: AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en el diario de avisos judiciales de mayor circulación de la Región y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe. Asimismo, encargar a la O fi cina de imagen institucional del Gobierno Regional de Loreto la difusión de la presente norma en todo el departamento de Loreto. Artículo Séptimo: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese, al señor Gobernador Regional de Loreto, para su promulgación y ejecución de acuerdo y conforme a ley. Dado en las instalaciones del Consejo Regional de Loreto, sito en la calle Samanez Ocampo Nº 435 de esta ciudad, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno. JAVIER VILLACORTA NACIMENTO Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:De conformidad con lo establecido en los artículos 16º,21º inc. o), 37º inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del Artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2010-GRL-CR de fecha 08 de enero de 2010. Regístrese, publíquese y cúmplase,ELISBAN OCHOA SOSA Gobernador Regional 2053001-1 Aprueban y declaran de interés regional la implementación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE de la Región Loreto al 2030 y su plan de inversión (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Loreto, mediante O fi cio N° 103-2022-GRL-GR, recibido el 29 de marzo de 2022) CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2021-GRL-CR Villa Belén, 9 de diciembre del 2021EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, en sesión ordinaria Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 09 de diciembre del año 2021, en uso de sus atribuciones y funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución