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194 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, asimismo, el artículo 45º, inciso a), de la acotada Ley, con fi ere a los Gobiernos Regionales atribuciones de defi nir, normar, dirigir y gestionar sus políticas regionales y ejercer sus funciones generales y especí fi cas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales. (En el inciso b), se le atribuyen las funciones, de elaborar y aprobar normas de alcance regional; de diseñar políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL- CR, de fecha 10 de mayo de 2018, se modi fi có parcialmente la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Loreto, por creación de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y de Fauna Silvestre; Que mediante Ordenanza Regional Nº 009-2019-GRL- CR, de fecha 11 de junio del 2019 se declara al Gobierno Regional de Loreto en Proceso de Reestructuración Administrativa, como una política institucional de la gestión regional 2019-2022. Que, el numeral 12 del artículo 8º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que la Especialización de las funciones de gobierno, es un principio rector de las políticas y la gestión regional, la misma que integra las funciones y competencias a fi nes; evitándose en cualquier caso la existencia de duplicidad de funciones entre sus distintas gerencias u o fi cinas. Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, “Lineamientos para la Organización del Estado en su cuarta disposición complementaria fi nal, establece que “Para la organización de los Gobiernos Regionales prevalece el enfoque territorial, velando por la integración de las funciones y actividades sectoriales que tengan sinergias positivas en su ejecución. Las Direcciones Regionales son parte de los Gobiernos Regionales, ejercen funciones sustantivas y dependen de la Respectiva Gerencia Regional Que, en el marco de este proceso, y por decisión política del titular de la Entidad, la Comisión Regional a través del equipo técnico, designado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 159-2019-GRL-GR de fecha 14 de febrero de 2019, ha elaborado la Propuesta de Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Loreto, que se sustenta en el informe técnico respectivo; la misma que fue puesta a consideración del Gobernador Regional para su trámite de aprobación mediante Ordenanza Regional; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º inc. A) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modi fi catorias, a través de sus órganos de gobiernos dictan las normas y disposiciones, como las Ordenanzas Regionales que norman asuntos de carácter general, la administración y organización del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto acordó aprobar por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza Regional: el consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, emite la siguiente “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “PROYECTO DE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO” SE RESUELVE:Artículo Primero: APROBAR, LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO representada en el respectivo organigrama que se adjunta como anexo y que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: DEJAR, sin efecto en todas sus partes la Ordenanza Regional 022-2017 de fecha 14 de setiembre de 2017 que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto y su modi fi catoria, la Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL-CR de fecha 10 de mayo de 2018.Artículo Tercero: ENCARGAR, a la O fi cina Ejecutiva de Desarrollo Institucional, la formalización de la nueva Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Loreto, a través de la elaboración de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) para su trámite de aprobación correspondiente, en un plazo de noventa (90) días calendario. Artículo Cuarto: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas la asignación del Presupuesto correspondiente para los órganos y unidades orgánicas creadas por efecto del proceso de Reestructuración Administrativa, declarada mediante Ordenanza Regional Nº 009-2019-GRL-CR, para su funcionamiento y operatividad, en el marco del Decreto Legislativo Nº 014-2019 que aprueba la Ley de Presupuesto Público para el ejercicio fi scal 2021 y el Decreto Legislativo Nº 1440 que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público. Artículo Quinto: AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en el diario de avisos judiciales de mayor circulación de la Región y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe. Asimismo, encargar a la O fi cina de imagen institucional del Gobierno Regional de Loreto la difusión de la presente norma en todo el departamento de Loreto. Artículo Sexto: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese, al señor Gobernador Regional de Loreto, para su promulgación y ejecución de acuerdo y conforme a ley. Dado en las instalaciones del Consejo Regional de Loreto, sito en la calle Samanez Ocampo Nº 435 de esta ciudad, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. JAVIER VILLACORTA NACIMENTO Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:De conformidad con lo establecido en los artículos 16º,21º inc. o), 37º inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del Artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 022-2017-GRL-CR y su modi fi catoria Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL-CR de fecha 10 de mayo de 2018. Regístrese, publíquese y cúmplase.ELISBAN OCHOA SOSA Gobernador Regional 2052999-1 Aprueban el Plan Regional contra la Violencia de Género de Loreto 2020-2030 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Loreto, mediante O fi cio N° 101-2022-GRL-GR, recibido el 29 de marzo de 2022) ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2021-GRL-CR Villa Belén, 12 de agosto del 2021.EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO