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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2022 (30/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 180

180 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 192º en su inciso 1º, establece que, los Gobierno Regional, son competente para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado tiene por fi nalidad fundamenta la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía; priorizando y optimizando el uso de los recursos público, siendo su objetivo, alcanzar un Estado al servicio del ciudadano, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos cali fi cados, adecuadamente remunerados y fi scalmente equilibrado; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 es su artículo 10º, numeral 1, literal m), establece que son competencias exclusivas de los Gobierno Regionales dictar normas sobre asuntos y materias de su competencia; asimismo el inciso a) del artículo 15º establece como atribuciones del Consejo Regional Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, establece como uno de los objetivos especí fi cos (2.3.5) “Promover que el Sistema de Recursos Humanos, asegure la profesionalización de la función pública a fi n de contar con funcionarios y servidores idóneos para el puesto y las funciones que desempeñan; Que, mediante Informe Nº 00158-2020-SERVIR/ GDSRH, de fecha 04 de Diciembre del 2020, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos emitió el Informe técnico de aprobación a que se refiere el Anexo Nº 4, numeral 2.1 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, que establece las normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE de los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal – CAP - Provisional de la Unidad Ejecutora 400 Dirección Regional de Salud de Loreto, sus 05 Órganos Desconcentrados: Dirección de Red de Salud Maynas Ciudad, Dirección de Red de Salud Maynas Periferia, Dirección de Red de Salud Ramón Castilla, Dirección de Red de Salud Loreto Nauta y Dirección de Red de Salud de Requena; y 06 UE: Unidad Ejecutora 401 Red de Salud Alto amazonas Yurimaguas, Unidad Ejecutora 402 Hospital Iquitos Cesar Garayar García, Unidad Ejecutora 403 Hospital Regional de Loreto “FAI”; Unidad Ejecutora 404 Dirección de Red de Salud Datem del Marañón; Unidad Ejecutora 405 Hospital Santa Gema de Yurimaguas y Unidad Ejecutora 406 Dirección de Red de Salud de Ucayali Contamana. Considerándolas pertinente y recomienda proseguir con las acciones administrativa necesarias para su aprobación correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, emite la siguiente. ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP PROVISIONAL DE LA UNIDAD EJECUTORA 400 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE LORETO RESUELVE:Artículo Primero. APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional de la UNIDAD EJECUTORA 400 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE LORETO, SUS 05 ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: DIRECCION DE RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD, DIRECCION DE RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA, DIRECCION DE RED DE SALUD RAMÓN CASTILLA, DIRECCION DE RED DE SALUD LORETO NAUTA Y DIRECCION DE RED DE SALUD DE REQUENA; y 06 UE: UNIDAD EJECUTORA 401 RED DE SALUD ALTO AMAZONAS YURIMAGUAS, UNIDAD EJECUTORA 402 HOSPITAL IQUITOS CESAR GARAYAR GARCÍA, UNIDAD EJECUTORA 403 HOSPITAL REGIONAL DE LORETO “FAI”; UNIDAD EJECUTORA 404 DIRECCION DE RED DE SALUD DATEM DEL MARAÑON, UNIDAD EJECUTORA 405 HOSPITAL SANTA GEMA DE YURIMAGUAS Y UNIDAD EJECUTORA 406 RED DE SALUD DE UCAYALI. Que consta de 5,891 cargos de los cuales 3,913 están ocupados (con presupuesto) y 1,978 están previstos (sin presupuesto), distribuidos de la siguiente manera: UNIDAD EJECUTORA 400 DIRESA – SALUD LORETO DIRECCION DE RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD 1,052 cargosDIRECCION DE RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA 453 cargosDIRECCION DE RED DE SALUD DE LORETO 280 cargosDIRECCION DE RED DE SALUD DE RAMON CATILLA 247 cargosDIRECCION DE RED DE SALUD DE REQUENA 255 cargosUNIDAD EJECUTORA 401 RED DE SALUD ALTO S 735 cargos AMAZONAYURIMAGUAS UNIDAD EJECUTORA 402 HOSPITAL APOYO IQUITOS 816 Cargos CESAR GARAYAR GARCIA UNIDAD EJECUTORA 403 HOSPITAL REGIONAL LORETO 953 Cargos FELIPE ARRIOLA IGLESIAS UNIDAD EJECUTORA 404 DIRECCION DE RED DE SALUD 413 Cargos DATEM DEL MARAÑON UNIDAD EJECUTORA 405 HOSPITAL SANTA GEMA 420 cargos YURIMAGUAS UNIDAD EJECUTORA 406 DIRECCION DE RED DE SALUD UCAYALI 267 cargos TOTAL, CARGOS: 5,891 CARGOS Artículo Segundo. DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 027-2018-GRL-CR, de fecha 23 de Octubre del 2018; que aprueba el Cuadro para asignación de Personal - CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Loreto y sus Órganos Desconcentrados: Hospital Regional de Loreto “Felipe Arriola Iglesias”, Red de Salud de Alto Amazonas, Red de Salud Maynas Ciudad, Maynas Periferia, Loreto, Ramón Catilla, Requena, Hospital Apoyo Iquitos “Cesar Garayar García”, Hospital “Santa Gema de Yurimaguas” y Red de Salud Ucayali, correspondiente al año 2018. Artículo Tercero. ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Dirección Regional de Salud, la Gerencia Regional de Planeamiento, presupuesto y acondicionamiento Territorial y la Ofi cina de Recursos Humanos, la implementación del proceso de nombramiento del personal Profesionales de la Salud, Técnico y Auxiliares Asistenciales de la UNIDAD EJECUTORA 400 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE LORETO, SUS 05 ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: DIRECCION DE RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD, DIRECCION DE RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA, DIRECCION DE RED DE SALUD RAMÓN CASTILLA, DIRECCION DE RED DE SALUD LORETO Y DIRECCION DE RED DE SALUD DE REQUENA; y 06 UE: UNIDAD EJECUTORA 401 RED DE SALUD ALTO AMAZONAS YURIMAGUAS, UNIDAD EJECUTORA 402 HOSPITAL IQUITOS CESAR GARAYAR GARCÍA, UNIDAD EJECUTORA 403 HOSPITAL REGIONAL DE LORETO “FAI”; UNIDAD