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122 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / 2.17. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse según a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don José Ignacio Caballero Vizcarra; en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 38- 2024-MDS, del 20 de setiembre de 2024, que desaprobó su solicitud de vacancia presentada en contra de doña Patricia Alejandra Manrique Lévano, don José Franco Guillian Oliver y don Pablo Guillermo Guillén Lloclla, regidores del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima, por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General (e) 1 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2358093-1 Declaran infundada solicitud de suspensión presentada en contra de regidora del Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 0427-2024-JNE Expediente N° JNE.2024003191 SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA - LIMASUSPENSIÓNAPELACIÓN Lima, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro.VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña María Mercedes Godos Esteves en contra del Acuerdo de Concejo N° 058-2024/MDSJM, del 26 de setiembre de 2024, que declaró infundado el recurso de reconsideración que presentó en contra del Acuerdo de Concejo N° 042-2024/MDSJM, del 9 de agosto de 2024, que la suspendió en el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, por el plazo de treinta (30) días, por incurrir en la causa de sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal (RIC), prevista en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2023001056.Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante el Informe N° 231-2023-SGFSA- GDE-MDSJM, del 4 de agosto de 2023, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores comunicó a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico sobre las acciones desplegadas en dicha o fi cina por parte de doña María Mercedes Godos Esteves, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora). El 8 de octubre de 2023, la Secretaría General de la entidad edil remitió los actuados a la Comisión de Ética del Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores (en adelante, Comisión de Ética), a fi n de que evalúe las acciones denunciadas. Al respecto, se obtuvo la siguiente información: a) A través del Informe N° 231-2023-SGFSA-GDE- MDSJM, del 4 de agosto de 2023, don Wilfredo Tenorio Valenzuela, subgerente de la Gerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, informó lo siguiente: - El 1 de agosto de 2023 , su secretaria le informó que la señora regidora se apersonó a su o fi cina e insistió conversar con el suscrito. En ese contexto, recibió en su ofi cina a la señora regidora, quien estaba acompañada de don Elmer Saavedra Chunga, presidente de la Asociación de Vehículos Menores de los Mercados de la Zona B, Santa Rosa (en adelante, presidente de la Asociación de Mototaxis). - La señora regidora insistió en dialogar con el suscrito para exigirle que su área “rompa” unos muros de cemento que son utilizados por una empresa de mototaxis que no tiene autorización. - En ese sentido, le indicó que, si el suscrito no tomaba acciones o no resolvía su pedido, ella lo denunciaría ante las instituciones que correspondan y, además, expondría el caso a la prensa. - La señora regidora reiteró su pedido de erradicar a dicha empresa informal, re fi riendo que no cuenta con autorización para trabajar en el paradero ubicado en jirón Jesús Morales mz. 1 lt. 1, sentido Sur - Norte, a 6 metros de la av. Vargas Machuca. - Al respecto, el suscrito indicó que todo pedido debe realizarse de manera formal y que la competencia es del área de Transporte. Aun así, le indicó que realizaría las coordinaciones con el funcionario responsable. b) Con el Informe N° 069-2023-GDU/MDSJM, del 24 de octubre de 2023, don Rafael Cabrera Herrera, gerente de la Gerencia de Desarrollo Urbano, informó lo siguiente: - La señora regidora se presentó en dos ocasiones para entregar el curriculum vitae de don Dougle Lévano Tapia, indicándole que iban a retirar a esta persona del área donde laborada, por lo que solicitó si podían colocarlo en alguna de las subgerencias a su cargo. - Por otro lado, ante la aprobación del “Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional para la pavimentación de la vía auxiliar de la Panamericana Sur, tramo CA. Cantera - salida a la Panamericana Sur, San Juan de Mira fl ores”, entre la Asociación UNACEM y el municipio, con fecha 10 de febrero de 2023 , la señora regidora pidió trabajo para “su gente” y bajo el siguiente tenor: “Yo solo quiero apoyar a tres de mi equipo hasta que la municipalidad se establezca y puedan ingresar”. - La aprobación del citado convenio se produjo el 15 de febrero de 2023 . En dicha fecha, tuvo comunicación con la señora regidora, lo que consta en la conversación a través de la red social WhatsApp que adjunta a su informe. c) Por medio del Informe N° 303-2023-SGEC-GAT- MDSJM, del 24 de octubre de 2023, don Claudio Luis Inca Condori, subgerente de Ejecutoría Coactiva, informó lo siguiente: - En dos oportunidades, de manera verbal e inopinada, la señora regidora requirió atención para doña