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119 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / Aguirre, alcalde y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Boquerón, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 000073-2024-SG/ ONPE, del 23 de octubre de 2024, la Secretaría General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales admitió la solicitud de revocatoria promovida por don Leyver Leyder Castre Aguirre en contra de las citadas autoridades municipales. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General (e) 1 Aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2358126-1 Declaran infundado recurso de apelación y confirman el Acuerdo de Concejo Nº 38-2024-MDS, que desaprobó solicitud de vacancia presentada en contra de regidores del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 0426-2024-JNE Expediente N° JNE.2024003140 SURQUILLO - LIMA - LIMA VACANCIA APELACIÓN Lima, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro.VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don José Ignacio Caballero Vizcarra (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo N° 38-2024-MDS, del 20 de setiembre de 2024, que desaprobó su solicitud de vacancia presentada en contra de doña Patricia Alejandra Manrique Lévano, don José Franco Guillian Oliver y don Pablo Guillermo Guillén Lloclla, regidores del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima (en adelante, señores regidores), por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2024002489. Oídos: los informes orales . PRIMERO. ANTECEDENTES Solicitud de declaratoria de vacancia 1.1. El 8 de agosto de 2024, el señor recurrente presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones su solicitud de vacancia en contra de los señores regidores por la causal prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM –solicitud que fue trasladada a la citada comuna, a través del Auto N° 1, del 16 del mismo mes y año, tramitado en el Expediente N° JNE.2024002489–, argumentado, esencialmente, lo siguiente: a) El 11 de junio de 2024, don Manuel Fernando Franco Tragodara, en su condición de alcalde encargado de la citada entidad edil (en adelante, señor alcalde encargado), solicitó al gerente municipal que convoque a una reunión “con el fi n de buscar una solución a los problemas que se vienen presentando”, y solicita la presencia, entre otros funcionarios, “de los regidores que deseen participar”, reunión que fue convocada por dicho funcionario, para el 13 de junio de 2024. b) En el “Acta de Reunión de Directorio de fecha 13 de junio de 2024”, se dejó constancia de la participación, entre otros funcionarios, del señor alcalde encargado y de los señores regidores. Así también, se dejó constancia de que “los miembros del concejo” dispusieron al gerente municipal, al gerente de Servicios, al gerente de Medioambiente, al subgerente de Limpieza Pública y Gestión Ambiental y al jefe de la O fi cina General de Administración de la municipalidad, “intervenir los parques, áreas verdes y recojo de basura bajo responsabilidad funcional”. c) El 13 de junio de 2024, el gerente municipal dispone que diversos funcionarios den estricto cumplimiento de sus funciones con base en lo dispuesto en el acta de la misma fecha. d) El 14 de junio de 2024, diversos funcionarios informaron el estado situacional de sus áreas, de acuerdo con lo dispuesto en el acta, del 13 de junio de 2024. Así también, el señor alcalde encargado “solicita al […] Jefe de la O fi cina General de Secretaría del Concejo quede sin efecto el acta suscrita y se vuelva a suscribir, indicando que hay un error en la misma”. e) El 20 de junio de 2024, los señores regidores retiran su fi rma del acta, del 13 del mismo mes y año. f) Advierte intervención de los señores regidores, por ser parte de una decisión ejecutiva del señor alcalde encargado. 1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Acuerdo de Concejo N° 24-2024-MDS, del 27 de mayo de 2024. b) Acuerdo de Concejo N° 25-2024-MDS, del 27 de mayo de 2024. c) Memorando N° D000036-2024-AA-MDS, del 11 de junio de 2024. d) Memorando Múltiple N° D000111-2024-GM-MDS, del 12 de junio de 2024. e) Documento denominado “ACTA DE REUNIÓN DE DIRECTORIO DE FECHA 13 DE JUNIO DE 2023”. f) Memorando Múltiple N° D000113-2024-GM-MDS, del 13 de junio de 2024. g) Informe N° D000051-2024-GSCMA-MDS, del 14 de junio de 2024. h) Informe N° D000195-2024-SLPGA-GSCMA-MDS, del 14 de junio de 2024. i) Informe N° D000185-2024-OGA-MDS, del 14 de junio de 2024. j) Informe N° D001575-2024-OA-OGA-MDS, del 14 de junio de 2024. k) Informe N° D000128-2024-LSL-OA-OGA-MDS, del 14 de junio de 2024. l) Memorando N° D000041-2024-AA-MDS, del 14 de junio de 2024. m) Proveído N° D000488-2024-OGSC-MDS, del 17 de junio de 2024. n) Informe N° D000370-2024-OGAJ-MDS, del 26 de junio de 2024. o) Carta N° 09-2024-MDS-SR, del 20 de junio de 2024. p) Informe N° D000377-2024-OGAJ-MDS, del 1 de julio de 2024.