Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2024 (06/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 6 de enero de 2024 El Peruano / de depuración y sinceramiento contable, el que está sustentado en el informe fi nal presentado por la Comisión de Depuración y Sinceramiento (CDS) y sus anexos, siendo que la Primera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 003-2021-EF/51.01, establece que en los casos en que el Titular de la Entidad se vea imposibilitado de realizar alguno de los procedimientos señalados en dichas normas o por razones debidamente justi fi cadas, las cuales serán determinadas por la propia Entidad, dichas funciones pueden ser encargadas a la máxima autoridad administrativa de la entidad o al funcionario a cargo de los asuntos administrativos en dicha Entidad; Que, con ello el inciso 76.1 de artículo 76, en concordancia con el artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala, que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, regula la delegación de competencia, precisando además la posibilidad de delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma Entidad; Que, bajo ese mismo parámetro el artículo 79 del citado cuerpo normativo, prescribe que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con este por la culpa en la vigilancia; Que, por su parte, en el Informe N° 000003-2023-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 04 de enero de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, en virtud a las propuestas presentadas por las dependencias de la Institución, encontrándose conforme a la normativa aplicable corresponde emitir la resolución que apruebe lo solicitado; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados, en materia presupuestal, en los temas relacionados con las contrataciones de bienes, servicios y obras, así como en la gestión de los recursos humanos, que permitan al SERNANP cumplir tanto con las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones-ROF, así como con la programación de las metas institucionales, es factible delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego a favor del Gerente General, el Jefe de la Ofi cina de Administración y el Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos, conforme se precisa en el informe del visto; Con las visaciones de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 11 literal e) del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades al Gerente General Delegar al Gerente General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el presente año fi scal, las siguientes facultades: 1.1 Facultades de índole presupuestal:a) Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 050: Servicios Naturales de Áreas Protegidas por el Estado-SERNANP, a propuesta de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. 1.2 Facultades en el marco de la Ley de Contrataciones y su Reglamento: a) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios, consultoría de obras y obras, así como su deductivo vinculante hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones del Estado. b) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios, consultoría de obras y obras hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones del Estado. c) Autorizar la modi fi cación contractual diferentes a las adicionales, reducciones y diferentes a las previstas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. d) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias-UIT. e) Aprobar el expediente técnico de obra y sus modi fi catorias, en el marco de las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. f) Aprobar la designación de árbitros por parte de la Institución en los procesos arbitrales en las controversias suscitadas en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. g) Suscribir contratos de constitución de fi deicomiso y sus respectivas adendas, para la administración de los adelantos destinados a la ejecución de obras, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado; así como toda documentación que permita la constitución del fi deicomiso. 1.3 Facultades en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública: a) Aprobar los expedientes técnicos en caso de obras y/o estudios de fi nitivos cuando se trate de proyectos de inversión pública. 1.4 Facultades en el marco del Sistema Nacional de Modernización de la Gestión y Planeamiento Institucional a) Aprobar las modi fi catorias del Plan Estratégico Institucional. b) Aprobar las modi fi catorias del Plan Operativo Institucional. c) Aprobar y modi fi car el Mapa de Procesos y los Manuales de Procedimientos del Servicios Naturales de Áreas Protegidas por el Estado-SERNANP, previa conformidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. d) Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria de la Institución, conforme a las disposiciones que lo regulan y sus modi fi catorias. e) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal-PAP, de la Institución. 1.5 Facultades de índole administrativa: a) Representar al SERNANP, en los actos y/o actividades que resulten necesarias cuando actúe como administrado ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencia administrativa, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de carácter administrativos, desistirse, participar en todo tipo de audiencias administrativas, interponer recursos administrativos de impugnación y ofrecer medios probatorios, ejerciendo los medios de defensa correspondientes en coordinación con la Procuraduría Publica del Ministerio del Ambiente. b) Disponer las acciones necesarias para el seguimiento e implementación de las recomendaciones derivadas de los informes de auditoría ejecutadas en el marco de la normativa del Sistema Nacional de Control. c) Aprobar el Plan de Acción correspondiente de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Control. d) Designar a los responsables, titulares y suplentes del manejo de cuentas bancarias de la Institución. e) Aprobar los resultados de los avances de la ejecución del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de la Entidad, así como de ser el caso la declaración de la culminación de dichas acciones de conformidad con la normativa emitida para tal fi n. 1.6 Facultades relacionadas con el sistema de gestión de recursos humanos a) Encargar temporalmente las funciones de Directores, Jefes de O fi cina, Jefes de las Áreas Naturales