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38 NORMAS LEGALES Sábado 6 de enero de 2024 El Peruano / Protegidas y Responsables de las Unidades Operativas Funcionales de la Institución. b) Autorización de las rotaciones temporales de personal CAS hasta por un máximo de noventa (90) días calendario durante la vigencia del contrato. c) Aprobar el otorgamiento de Licencia sin goce de remuneraciones conforme lo señalado en el artículo 32 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles del SERNANP aprobado con Resolución Presidencial N° 204-2023-SERNANP. Artículo 2.- Delegación de facultades al Jefe de la Ofi cina de Administración Delegar, al Jefe de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el presente año fi scal, las siguientes facultades: 2.1 Facultades de representación, para lo siguiente: a) Suscribir contratos de carácter administrativo en representación del SERNANP, lo que incluye la suscripción de contratos de servicios públicos y sus respectivas adendas, así como efectuar el cambio de titularidad en los suministros de servicios de luz, agua, telefonía fi ja y móvil e internet, con las respectivas entidades prestadoras de los citados servicios de acuerdo a la normativa de la materia. b) Suscribir contratos bancarios y fi nancieros celebrados por la Entidad, incluidas sus respectivas adendas. c) Aprobar el reconocimiento de deuda y devolución de recursos recaudados. d) Aprobar la ejecución de obras bajo la modalidad de ejecución por administración directa, de conformidad con la normativa de la materia. e) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Central de Compras Públicas-PERÚ COMPRAS, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades relacionadas con el tema de contrataciones. f) Representar al SERNANP ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria-SUNAT, en todo tipo de trámite en materia tributaria para realizar cualquier acto y procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa de la Institución. 2.2 Facultades en el marco de la Ley de Contrataciones y su Reglamento: a) Autorizar los procesos de estandarización para la contratación de bienes y servicios. b) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley de Contrataciones en concordancia con el artículo 101 del reglamento. c) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Subasta Inversa Electrónica y Comparación de Precios, así como los correspondientes a la Contratación Directa previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones. d) Designar a los miembros de los Comités de Selección, así como la modi fi cación de dicho colegiado. e) Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los Comités de Selección. f) Aprobar las Bases y otros documentos de los procedimientos de selección, correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Subasta Inversa Electrónica y Comparación de Precios, incluyendo los provenientes de contrataciones directas referidas en el literal c) del presente numeral. g) Aprobar las propuestas económicas que superen el valor estimado en procedimientos de selección en bienes y servicios en el marco de lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento de la Ley. h) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección en servicios, bienes, obras y consultoría de obras. i) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas y sus adendas respectivas. j) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual formuladas por los contratistas. k) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido en la Ley de Contrataciones. l) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección incluyendo los provenientes de contrataciones directas por las causales previstas en la normativa de contrataciones, previo pronunciamiento favorable del área usuaria y/o del área encargada de emitir la conformidad del servicio. m) Celebrar y resolver contratos complementarios de bienes y servicios. n) Aprobar las modi fi caciones del Plan Anual de Contrataciones del SERNANP. o) Aprobar la designación del inspector de obra, en los casos que la ley lo permita. p) Aprobar la designación del comité de recepción de obra. q) Aprobar la designación del “Usuario de Monitoreo de obra” en el marco de la Directiva N° 009-2020-OSCE/CD y de la Directiva N° 001-2022-OSCE/CD. r) Suscribir los acuerdos sobre suspensión del plazo de ejecución contractual (y su reinicio de corresponder), conforme a lo previsto en la normativa de contrataciones del Estado. s) Emitir pronunciamiento sobre la liquidación de un contrato de consultoría de obra o ejecución de obra. Dicho pronunciamiento se emite a través de una Carta y previo informe de sustento del área a cargo de la liquidación. t) Autorizar las modi fi caciones contractuales relacionadas con la periodicidad y el pago de valorizaciones en contratos de ejecución de obra y supervisión de obra, conforme previsto en la norma respectiva. 2.3 Facultades en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento y sus normas complementarias: a) Aprobar la aceptación de donaciones de bienes muebles que se encuentren en territorio nacional o proveniente del extranjero y otros actos relacionados con dicha fi gura, en el marco de lo establecido en la Directiva N° 00006-2021-EF/54.01 aprobada con Resolución Directoral N° 015-2021-EF/54.01. b) Aprobar la aceptación de donaciones de bienes inmuebles, en el marco de lo establecido en la Directiva N° 0002-2021-EF/54.01 aprobada con Resolución Directoral N° 015-2021-EF/54.01. c) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades de la Institución, así como sus modi fi catorias. Artículo 3.- Delegación de facultades de representación al Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Logistica, para lo siguiente: Delegar al Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Logistica de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el presente año fi scal, las siguientes facultades: a) Suscribir y resolver la documentación que formalice la contratación de bienes, servicios cuyos montos de contratación sean igual o inferiores a ocho (8) UIT y sus adendas, así como cualquier otro asunto relacionado a dichas contrataciones. b) Suscribir la documentación que formalice la contratación de bienes y servicios correspondiente a la modalidad de Acuerdo Marco, independientemente del monto, así como sus adendas o cualquier otro asunto