Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2002 (19/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de agosto de 2002

Que, el articulo 10º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 12º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200206-12 de fecha 19.6.2002, expedido por el laboratorio autorizado de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicita, se advierte que cumple con lo dispuesto en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la solicitud presentada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 25 del T.U.P.A. del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI, vigente a la fecha de MORDAZA de la solicitud, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 001-2002-MINCETUR /VMT/DNT/DEJCMT/ JYM y Legal Nº 009-2002-MINCETUR/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar e inscribir el modelo de maquina tragamonedas que se senala a continuacion:
Nº de Registro Codigo del Modelo Nombre del Fabricante Nacionalidad del fabricante Descripcion B0000181 RF 8000 TH Recreativos MORDAZA MORDAZA S.A. Colombia Maquina tragamonedas vertical de rodillos con tapa semicircular, con aceptador de monedas. Puede contar con un aceptador de billetes. Cuenta con una palanca lateral y no tiene MORDAZA de tacto. Puede ser parte de un carrusel. El nombre comercial es RF 5. Alto : 122.70 cm Largo : 55.50 cm Ancho : 62.50 cm

lacionado con el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Publica de Juliaca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 116 de fecha 06 de MORDAZA de 2002, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario a miembros y ex miembros de Directorio de SBP de San MORDAZA - Juliaca, estableciendose presunta responsabilidad administrativa al Sr. MORDAZA Sobrino MORDAZA, ex Presidente de la mencionada Institucion, a los Sres. MORDAZA Chaparro Monasterio, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edgard MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pariagua y Elard MORDAZA MORDAZA, ex Directores, asi como a la Sra. MORDAZA Machicao Angles, Directora de la SBPSR - Juliaca, por haber incurrido en faltas de caracter administrativo determinadas en el Informe Nº 004-200102-0309 "Examen Especial a la SBP de San MORDAZA Juliaca"; Que, la Sra. MORDAZA Machicao Angles senala en su descargo escrito, en relacion a la creacion de la Oficina de Relaciones Publicas e Imagen Institucional, contrato y designacion sin concurso de meritos de dos profesionales; que con Resolucion Jefatural Nº 409-1999-DIRESA-PUNO/OPE, de fecha 11 de junio de 1999, y Resolucion Ministerial Nº 562-99-SA/DM de fecha 22 de noviembre de 1999, acredita haber sido designada como miembro de Directorio de la SBPSR Juliaca, en representacion del Ministerio de Salud, incorporandose el dia 22 de junio de 1999, conforme consta en el acta de sesion ordinaria de Directorio de la misma fecha, cuya MORDAZA adjunta en su descargo; sin embargo, del contenido de la indicada Acta se desprende que en la referida sesion se acordo Aprobar la Contratacion del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaranca como Administrador de la Beneficencia, asimismo se aprobo la creacion de la Oficina de Imagen Institucional de la SBP de San MORDAZA Juliaca, a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA Carrion; consecuentemente no desvirtua el cargo senalado, por cuanto la mencionada procesada suscribio el Acta de Sesion del dia 22 de junio de 1999, fecha en que se incorporo como miembro de Directorio de la entidad Benefica; Que, respecto al cargo relacionado con el comprobante de pago Nº 692 de fecha 04 de noviembre de 1999, mediante el cual el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA recibio el importe de S/. 930.00 para realizar un viaje a la MORDAZA de MORDAZA, y que fue adulterado el precio original del pasaje; expone en su descargo escrito la Sra. Machicao que, en sesion de Directorio del 07 de octubre de 1999, el Presidente de Directorio, MORDAZA Sobrino MORDAZA, dio lectura el Oficio Circular recibido del INABIF sobre un Curso Taller sobre Sistemas Administrativos a realizarse en MORDAZA los dias 15 y 16 de octubre de 1999, acordandose autorizar el viaje del Presidente de Directorio y del Administrador General, C.P.C MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ningun momento se autorizo el viaje del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, agregando que quien tendria que explicar este hecho suscitado es el ex Presidente de la institucion benefica, o el Director de Administracion. En todo caso el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA viene siendo investigado en el Poder Judicial, conforme lo acredita con la MORDAZA del Auto Apertorio de Instruccion del Exp. Nº 2001-0228-21-1101JP, seguido en el 2do. Juzgado Penal de San Roman; Que, con relacion al contrato de trabajo del Sr. MORDAZA Chayna MORDAZA, bajo la modalidad de Servicios Personales, quien siendo cesante del Ejercito, no solicito la suspension de su pension, de tal forma que percibia doble remuneracion, la recurrente manifiesta en su descargo que en la Sesion Ordinaria de fecha 08 de MORDAZA de 1999, el Presidente de Directorio MORDAZA Sobrino MORDAZA, informo sobre la renuncia de la Sra. MORDAZA Calsin MORDAZA, quien ejercia el cargo de Auxiliar de Albergue, al mismo tiempo informa que estando presupuestada dicha plaza, era necesario contratar otra persona, tomando la decision de contratar los servicios del Sr. MORDAZA Chayna MORDAZA como Auxiliar Administrativo, pero para esa fecha (08-07-99) manifiesta la recurrente, el trabajador contratado ya estaba trabajando desde el 01 de MORDAZA de 1999, desconociendo que era un trabajador cesante del Ministerio de Defensa, por lo que considera injusto ser sancionada por actos unilaterales del ex Presidente de

Dimensiones del Modelo

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 14712

MIMDES
Sancionan con cese temporal a funcionarios y ex servidores de la Sociedad de Beneficencia Publica de San MORDAZA - Juliaca
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 190 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2002 VISTO: El Informe Nº 022-2002/INABIF-CEPAD de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, re-

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