Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2002 (19/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 19 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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versales de sus Representantes", fueron suscritos en la MORDAZA de Sucre, Republica de Bolivia, el 23 de MORDAZA de 1997; aprobados por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 27525, del 04 de octubre de 2001; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificanse el "Tratado Constitutivo del Parlamento MORDAZA, Modificatorio del Tratado Constitutivo de 1979" y el "Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento MORDAZA sobre Elecciones Directas y Universales de sus Representantes", suscritos en la MORDAZA de Sucre, Republica de Bolivia, el 23 de MORDAZA de 1997; aprobados por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 27525, del 04 de octubre de 2001. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores COMUNIDAD MORDAZA SECRETARIA GENERAL ACTA

instrumentos constitutivos de los organos y de las instituciones del Sistema MORDAZA de Integracion; CONVIENEN, por medio de sus Representantes Plenipotenciarios, celebrar el siguiente TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO MORDAZA CAPITULO I DE LA CREACION, COMPOSICION Y SEDE DEL PARLAMENTO ORGANO DELIBERANTE COMUN ARTICULO 1.- Crease como organo deliberante comun del Sistema MORDAZA de Integracion, el Parlamento MORDAZA, con la composicion, organizacion, propositos y funciones que establece el presente Tratado. CONSTITUCION POR REPRESENTANTES ARTICULO 2.- El Parlamento MORDAZA es el organo deliberante del Sistema MORDAZA de Integracion, su naturaleza es comunitaria, representa a los pueblos de la Comunidad MORDAZA y estara constituido por Representantes elegidos por Sufragio Universal y Directo, segun procedimiento que se adoptara mediante Protocolo Adicional que incluira los adecuados criterios de representacion nacional. En tanto se suscriba el Protocolo Adicional que instituya la Eleccion Directa, el Parlamento MORDAZA estara conformado por cinco Representantes de los Congresos Nacionales, de conformidad a sus reglamentaciones internas y al Reglamento General del Parlamento Andino. La sede permanente del Parlamento MORDAZA estara en la MORDAZA de Santafe de Bogota, Colombia. OBJETIVOS COMUNES

El dia treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho, en la MORDAZA de MORDAZA, el senor Ministro de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, procedio a la firma del Tratado sustitutorio del Tratado Constitutivo del Parlamento MORDAZA, asi como del Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento MORDAZA sobre Elecciones Directas y Universales de sus Representantes. En fe de lo cual se suscribe la presente acta. MORDAZA FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores Republica del Peru MORDAZA MORDAZA RICO FRONTAURA Director General Encargado de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO MORDAZA Los Paises de la Comunidad MORDAZA, Convencidos de que la participacion de los pueblos es necesaria para asegurar la consolidacion y proyeccion futura del MORDAZA global de integracion de los paises de la subregion andina; Conscientes de que es indispensable crear un medio de accion comun para afirmar los principios, valores y objetivos que se identifican con el ejercicio efectivo de la democracia; Teniendo en cuenta que la incorporacion de los cuerpos legislativos nacionales a la obra de la integracion regional, iniciada al fundarse el Parlamento Latinoamericano, requiere de la existencia de organos comunitarios, representativos y vinculatorios de dichos cuerpos; y De conformidad con el Acta de MORDAZA y el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Integracion Subregional MORDAZA (Acuerdo de Cartagena), suscrito el 10 de marzo de 1996, mediante los cuales se convino en adecuar los

ARTICULO 3.- El Parlamento MORDAZA y los Representantes actuaran en funcion de los objetivos e intereses comunes de las partes contratantes. SESIONES ANUALES ARTICULO 4.- El Parlamento MORDAZA celebrara dos Sesiones Ordinarias anuales sin necesidad de previa convocatoria. El lugar, la fecha de celebracion y periodo de duracion de las reuniones anuales se determinaran en la del ano precedente con un criterio de rotacion de paises. El Parlamento MORDAZA podra reunirse en forma extraordinaria para conocer los asuntos urgentes y especificos, cuando asi lo solicite por lo menos un MORDAZA de los Representantes. CAPITULO II DE LA ORGANIZACION DEL PARLAMENTO PERIODO DE REPRESENTACION ARTICULO 5.- Los Representantes seran elegidos por un periodo de dos anos y podran ser reelegidos. Los Representantes continuaran siendo miembros del Parlamento MORDAZA hasta que MORDAZA legalmente reemplazados de conformidad con el articulo 2 del presente Tratado. PRINCIPAL Y SUPLENTES ARTICULO 6.- Cada Representante tendra un primero y MORDAZA suplentes que lo sustituiran en su orden, en los casos de ausencia temporal o definitiva. Los suplentes seran elegidos en las mismas fechas y forma; y por periodo igual al de los Representantes Titulares. DIGNATARIOS ARTICULO 7.- El Parlamento MORDAZA elegira, de entre sus Miembros, su Presidente y los Vicepresidentes

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