Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2002 (19/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, lunes 19 de agosto de 2002 (b) Reservado.

NORMAS LEGALES

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na, en forma de colaboracion con una organizacion caritativa, si: (1) El representante de la linea aerea notifica a la DGAC, por lo menos con siete (7) dias de anticipacion a la fecha programa del vuelo, y proporcionar cualquier informacion esencial que le sea solicitada posteriormente; (2) El vuelo se iniciara desde un aeropuerto publico adecuado para la aeronave, o desde otro aeropuerto que MORDAZA sido aprobado por la DGAC. (3) Debe contar por lo menos con doscientos (200) hora de vuelo; (4) No podra efectuar vuelos acrobaticos ni de formacion; (5) Cada aeronave usada debe ser de categoria estandar y cumplir con haber sido inspeccionada cada cien (100) horas (Seccion 91.409 de esta Parte); y (6) El vuelo se hace bajo condiciones VFR y durante el dia. El objeto del parrafo (d) de esta Seccion, es para «organizaciones de caridad» acreditadas. 61.119 Habilitacion de globo libre: Limitaciones (a) Si el solicitante desea obtener una habilitacion de globo libre, realizara una prueba de vuelo en un globo caliente con un calentador a bordo, obtendra la calificacion y con restriccion del privilegio de operar un globo de aire con calentador a bordo; La restriccion puede borrarse cuando el poseedor de una licencia obtiene la experiencia de piloto requerida para una habilitacion en un globo de gas. (b) Si el solicitante para obtener una habilitacion para globo libre debera demostrar su capacidad de volar globo caliente sin calentador a bordo, su licencia de piloto debera tener un respaldo que restrinja el ejercicio de los privilegios de la calificacion a globos calientes aereos sin calentadores a bordo; La restriccion puede borrarse cuando el poseedor de una licencia obtiene la experiencia de piloto requerida para una habilitacion para un globo libre con calentador a bordo o un globo de gas. 61.120 Limitaciones y privilegios de piloto privado Actuar, pero sin remuneracion, como piloto al mando o como copiloto de cualquier avion que realice vuelos no remunerados. Excepto en lo previsto en los parrafos del (a) al (d) de la Seccion 61.118, un piloto privado no podra volar por pago o alquiler, actuando como piloto al mando de una aeronave clasificada para mas de un piloto, ni poder actuar como MORDAZA al mando de tal aeronave que lleve pasajeros o valores por pago o alquiler. La experiencia senalada en las Secciones 61.109 y 61.113 no da derecho al titular de una licencia de piloto privado a operar aeronaves en vuelo IFR. SUBPARTE E: PILOTOS COMERCIALES

(c) Un solicitante que no cumple con los requerimientos del parrafo (a) sobre entrenamiento en vuelo nocturno, (1) (ii) de esta Seccion, quedara limitado a vuelo diurno. Esta limitacion puede quitarse si el poseedor de una licencia demuestra cumplimiento con los requerimientos del parrafo (a) (1) (ii) de esta Seccion. 61.115 Habilitacion de planeador: Experiencia aeronautica Un solicitante de una licencia de piloto privado con una habilitacion de planeador debe haber registrado por lo menos seis (6) horas de vuelo como piloto de planeador, que incluiran dos horas de vuelo solo durante las cuales habra efectuado no menos de veinte (20) lanzamientos y aterrizajes. 61.117 Habilitacion de aeronave mas ligera que el aire: Experiencia aeronautica Un solicitante de una licencia de piloto privado con habilitacion de aeronave mas ligera que el aire debe tener por lo menos la experiencia aeronautica de los parrafos (a) o (b) de esta Seccion, apropiada a la habilitacion buscada. (a) Dirigibles Un total de cincuenta (50) horas de vuelo con por lo menos veinticinco (25) horas de dirigibles, que debe incluir cinco (5) horas de vuelo solo, o el tiempo que desempena las funciones de piloto al mando de un dirigible que requiere mas de un piloto. (b) Globos Libres (1) Si se usa un globo de gas o un globo de aire caliente con un calentador a bordo, debe cumplir un total de dieciseis (16) horas en globo libre con por lo menos ocho (8) vuelos bajo la supervision de una persona que tenga la habilitacion de piloto de globo libre. Estos vuelos deben incluir: (i) Dos vuelos de por lo menos 1 hora de duracion, si se usa un globo de gas, o de treinta (30) minutos de duracion, si se usa un globo de aire caliente con un calentador a bordo; (ii) Un ascenso bajo control a cinco mil (5,000) pies de altura sobre el aeropuerto de despegue, si se usa un globo de gas, o tres mil (3,000) pies sobre el aeropuerto de despegue, si se usa un globo de aire caliente con un calentador a bordo; y (iii) Un vuelo solo, en globo libre; (2) Si se usa un globo sin un calentador abordo, debera hacer ocho (8) vuelos en globo libre bajo la supervision de un piloto, incluyendo por lo menos un vuelo solo; 61.118 Limitaciones y privilegios del piloto privado: Piloto al mando Excepto lo previsto en los parrafos del (a) al (d) de esta Seccion, un piloto privado no puede actuar como piloto al mando de una aeronave que lleve pasajeros por pago o alquiler. (a) Un piloto privado puede actuar por pago o alquiler como piloto al mando de una aeronave en torno a cualquier negocio o empleo, si el vuelo es solamente incidental por pago o compensacion a ese negocio o empleo y la aeronave no lleva pasajeros o propiedad. (b) Un piloto privado puede compartir los gastos activos de un vuelo con sus pasajeros. (c) Un piloto privado que es un vendedor de aeronave y que tiene por lo menos doscientas (200) horas de vuelo registradas, puede demostrar una aeronave en vuelo al comprador MORDAZA de su venta; (d) Un piloto privado puede actuar como piloto al mando de una aeronave transportando un pasajero en cabi-

61.121 Aplicabilidad Esta Subparte prescribe los requisitos para otorgar la licencia de piloto comercial, las normas generales de operacion para sus titulares, sus atribuciones y limitaciones. 61.123 Requerimientos de elegibilidad: Generalidades Para obtener una licencia de piloto comercial, el solicitante debe: (a) Tener como minimo 18 anos de edad y no mas de 65 anos; (b) Ser capaz de leer, hablar y escribir el idioma espanol; tener conocimientos basicos del idioma ingles, y avanzados del ingles tecnico aeronautico. En caso contrario, sus limitaciones estaran contenidas en su licencia, por seguridad; las mismas que seran quitadas cuando demuestre que ha superado estas limitaciones.

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