Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2003 (14/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de febrero de 2003

establecidas por la Contraloria General de la Republica, relativas a la documentacion correspondiente a las operaciones y contratos de las entidades publicas, contenidas en las normas citadas precedentemente; Que, en el presente caso se configura una falta de caracter administrativo tipificada en el literal d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en el sentido que los incumplimientos senalados precedentemente constituyen una negligencia en el desempeno de las funciones inherentes al cargo que desempenaba el senor MORDAZA MORDAZA en los hechos en mencion, por lo que en el presente caso resulta procedente imponer una sancion disciplinaria; Con el visto MORDAZA del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, la Resolucion de Contraloria Nº 027-98-CG, la Ley de la MORDAZA Administrativa, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 353-2002-TR, sobre delegacion de facultades al Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la Sancion Disciplinaria de CESE TEMPORAL sin goce de haber por 35 (treinticinco) dias a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la persona citada en el articulo anterior a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 02951

Que, ante este escenario, resulta pertinente que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, proceda a la modificacion de los Decretos Supremos Nºs. 038 y 0432002-MTC, con el proposito de incluir la formacion de este subgrupo de trabajo y el tema de la agenda que debe tratar y como consecuencia de ello, ampliar el plazo de vigencia de la Comision de Trabajo Multisectorial hasta el 30 de MORDAZA del ano en curso, con el proposito de tener el tiempo suficiente para dar un adecuado tratamiento al mismo; Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 038-2002MTC establece que se podran conformar al interior de la Comision de Trabajo Multisectorial, subcomisiones de trabajo especializadas que MORDAZA necesarias, a efectos de cumplir con los objetivos de la mencionada Comision; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado y de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; DECRETA: Articulo 1º.- Incluyase el literal f) en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 038-2002-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 043-2002-MTC, con el texto siguiente: "Articulo 1º.- Constitucion de la Comision y agenda (...) f) Balance de la aplicacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (SOAT) y propuestas para mejorar y optimizar su eficiencia, para el MORDAZA ano de su vigencia." Articulo 2º.- Prorrogar hasta el 30 de MORDAZA del 2003 el plazo establecido en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 038-2002-MTC. Articulo 3º.- Constituir al interior de la Comision de Trabajo Multisectorial, la Subcomision de Trabajo encargada de efectuar un balance de la aplicacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (SOAT) y formular propuestas para mejorar y optimizar su eficiencia, para el MORDAZA ano de su vigencia. La Subcomision de Trabajo, en adelante la Subcomision, estara integrada por representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de la Asociacion Peruana de Empresas Aseguradoras - APESEG, de los gremios representativos del transporte MORDAZA de pasajeros y de los consumidores. Mediante Resolucion Ministerial se determinara la acreditacion de los representantes de las entidades senaladas en el parrafo precedente, a fin de conformar la Subcomision. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de febrero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 03026

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican decretos relativos a la Comision de Trabajo Multisectorial encargada de estudiar, identificar y analizar la problematica del transporte MORDAZA de pasajeros
DECRETO SUPREMO Nº 010-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 038 y 0432002-MTC, se creo una Comision de Trabajo Multisectorial encargada de estudiar, identificar y analizar la problematica del transporte MORDAZA de pasajeros; Que, esta Comision de Trabajo Multisectorial, por agrupar a distintos sectores del Estado y de los transportistas, resulta ser el foro apropiado para el analisis y discusion de las fortalezas y debilidades del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (SOAT), detectadas durante el primer ano de su implementacion, con el proposito de formular propuestas enriquecedoras del mismo, que permitan que su estructuracion para los siguientes anos, cumpla con las finalidad de actuar eficientemente en proteccion de los usuarios y tomadores de este seguro obligatorio; Que, dada la especial importancia de este tema, resulta necesaria la formacion de un subgrupo de trabajo integrado por miembros de la Comision creada por los Decretos Supremos Nºs. 038 y 043-2002-MTC y entidades vinculadas al tema;

Sancionan a diversas personas naturales con suspension de sus licencias de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 408-2003-MTC/15 MORDAZA, 5 de febrero del 2003 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0770006, 0655706, 0779506, 0552406, 0782806, 0663806, 0757306, 0774506, 0655206, 0678006, 0256806, 0751706, 0765706, 0767206, 0725506, 0751906, 0785706, 0738706, 0731006, 0578506, 0755406, 0770706, 0624506, 0695006, 0776906,

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