Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2003 (14/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 14 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 239095

Ley Nº 27619 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador MORDAZA MORDAZA Tizon, a la Estacion Cientifica Peruana Machu Picchu, del 14 al 16 de febrero de 2003. Articulo Segundo.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros, doctor MORDAZA Solari de la Fuente, mientras dure la ausencia del titular. Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo a la partida autorizada para financiar la Expedicion MORDAZA XIV. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 03031

Ley de MORDAZA de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, por el siguiente: "Decimo Primera: Esta Disposicion modifico los articulos 209º, 210º, 211º y 212º del Codigo Penal. Cabe precisar sin embargo que el texto de los articulos 209º y 211º del Codigo Penal es el correspondiente a la modificatoria introducida por la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Modificatoria y Complementaria del Sistema de Reestructuracion Patrimonial promulgada mediante Ley Nº 27295 del 29 de junio de 2000. Asimismo, el texto en vigencia de los articulos 210º y 212º del Codigo Penal es el correspondiente a la modificatoria introducida por la Octava Disposicion Final de la Ley de Fortalecimiento del Sistema de Reestructuracion Patrimonial promulgada mediante Ley Nº 27146 del 24 de junio de 1999". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de febrero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 03027

ECONOMIA Y FINANZAS
Sustituyen decimo primera disposicion final del TUO de la Ley del MORDAZA de Valores
DECRETO SUPREMO Nº 018-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002EF, es un documento cuyo unico objetivo es recoger en forma ordenada la legislacion del MORDAZA de valores tomando como base la Ley del MORDAZA de Valores promulgada por Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias y complementarias; Que, la Decimo Primera Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 861 publicado el 22 de octubre de 1996 modifico los articulos 209º, 210º, 211º y 212º del Codigo Penal, habiendose incorporado su contenido en la Decimo Primera Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF; Que, la incorporacion de dichos numerales no tomo en consideracion las modificaciones introducidas a los articulos 209º al 213º por la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 27146, Ley de Fortalecimiento del Sistema de Reestructuracion Patrimonial publicada el 24 de junio de 1999 ni tampoco las modificatorias a los articulos 209º y 211º por la Ley Modificatoria y Complementaria del Sistema de Reestructuracion Patrimonial promulgada mediante Ley Nº 27295; Que, en tal virtud es preciso modificar la Decimo Primera Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF de acuerdo al tenor Octava Disposicion Final de la Ley Nº 27146, por la Ley Modificatoria y Complementaria del Sistema de Reestructuracion Patrimonial, Ley Nº 27295; De conformidad con las facultades contenidas en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el texto de la Decimo Primera Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 al Ministerio Publico, Poder Judicial y Ministerio de Justicia con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF
DECRETO SUPREMO Nº 019-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad de diversas normas de la legislacion antiterrorista, se hace necesario la implementacion de Fiscalias Especializadas en delitos de terrorismo, que tendran a su cargo los correspondientes nuevos procesos; Que, asimismo, el Poder Judicial requiere la adecuacion de ambientes e implementacion de juzgados para el tratamiento de los casos de terrorismo; Que, dentro del MORDAZA de lo anteriormente senalado, el Ministerio de Justicia requiere contar con los recursos pertinentes que le permitan la creacion de procuradurias descentralizadas en los lugares donde existan juzgados y MORDAZA antiterroristas; Que, la Reserva de Contingencia prevista en el Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con recursos que pueden ser destinados a financiar los gastos mencionados en los considerandos precedentes; Que, es necesario autorizar una transferencia de partidas, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, a favor de los Pliegos Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Ministerio Publico, dado que los mismos no cuentan con recursos presupuestales suficientes para dar cobertura a los conceptos MORDAZA senalados; De conformidad con lo establecido por el Articulo 15º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, hasta por la suma de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.