Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2003 (14/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 14 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE COMAS
Declaran en situacion de urgencia el servicio de impresion de cuponeras de pago para el cobro del impuesto predial y arbitrios municipales
ACUERDO DE CONCEJO Nº 09-C/MC Comas, 7 de febrero de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 7 de febrero del 2003. Los Informes Nº 026-2003-OAT/MC y Nº 028-2003OAT/MC de la Oficina de Administracion Tributaria, y el Informe Nº 046-2003-OAL/MC, de la Oficina de Asesoria Legal; los que constituye el Informe tecnico legal exigido por el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Informe de la Direccion de Administracion Tributaria Nº 026-2003-MDC de fecha 4 de enero de 2003, el Director de Administracion Tributaria manifiesta que, el 28 de febrero de 2003 de acuerdo a la normatividad pertinente, vence el plazo para el pago correspondiente al Impuesto Predial, oportunidad en la que en paralelo se efectua el cobro de Arbitrios Municipales, Servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines; Que, la anterior Gestion Municipal no adopto oportunamente las acciones necesarias para la inclusion de esta actividad en el Plan Anual de Contrataciones para el ano 2003 asi poder llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, con la emision oportuna de la Cuponera de Pago del Impuesto Predial y arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, aplicando el MORDAZA normativo excepcional que fija las Normas de Contratacion y Adquisicion del Estado; Que, los cobros de dichos conceptos se realizan mediante cuponeras que contienen los recibos de pago correspondiente al ano fiscal vigente y que se remite a los contribuyentes por unica vez, por lo que se obtienen en una sola contratacion del servicio de impresion de la mismas, que para el presente ano, se estima como valor referencial hasta la suma de S/. 70,000,00 Nuevos Soles, lo que conlleva a la convocatoria de una Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion del Servicio de Impresion de cuponeras de Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ano 2003, cuyo MORDAZA de seleccion abarcaria un plazo mayor al previsto para la distribucion de las referidas cuponeras; este hecho no permitiria que los contribuyentes puedan realizar oportunamente sus pagos, lo que se traduciria en una deficiente recaudacion poniendo en peligro la prestacion de servicios basicos a la comunidad; Que, el inciso "c" del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo MORDAZA de seleccion que corresponda;

Que, el Art. 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice en MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Art. 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse el supuesto senalado en el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA AUTORIDAD Administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Art. 19º se realizaran mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Estando al Informe Nº 046-2003-OAL/MDC de la Oficina de Asesoria Juridica, y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Concejo por mayoria; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia el Servicio de Impresion de las Cuponeras de Pago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondiente al ejercicio fiscal 2003. Articulo Segundo.- Autorizar la contratacion del Servicio de Impresion de las Cuponeras de Pago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Via Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un monto de S/. 70,000.00 (Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- Poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, de conformidad con el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- Dispensar de la lectura y aprobacion del Acta, para su inmediato cumplimiento. Articulo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02953

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban Plan Operativo Institucional y Presupuestal Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2003
ACUERDO DE CONCEJO Nº 74-2002-MPL Pueblo Libre, 13 de diciembre de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

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