Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2004 (12/08/2004)


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EN EL MBJ DE LOS MORDAZA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2004

El Juez del 1º Juzgado Penal del 2º Juzgado Penal y, El Juez del 2º Juzgado Penal del 1º Juzgado Penal. Articulo Tercero.- Pongase la presente resolucion en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, del Consejo Ejecutivo Distrital y de la Oficina de Administracion Distrital. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente (e) Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 14630

- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, quien la presidira; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura; y, - MORDAZA Arroba Ugaz, Directora Academica (e). Articulo Segundo.- A efecto del cumplimiento del encargo recibido, la Comision Ad hoc constituida en merito del articulo precedente, elevara a la Presidencia del Consejo Directivo un informe preliminar sobre el Plan de Trabajo correspondiente, dentro de los diez dias habiles de notificada la presente. Articulo Tercero.- Para el cumplimiento de la labor encomendada, la Comision MORDAZA uso de todo el soporte academico y administrativo que considere conveniente para el cumplimiento de sus fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 14673

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Constituyen Comision encargada de proponer al Pleno del Consejo Directivo el Diseno de Programas de Capacitacion para jueces, fiscales y personal auxiliar a que se refiere el Art. 11º del D. Leg. Nº 958
RESOLUCION Nº 008-2004-AMAG-CD
MORDAZA, 9 de agosto de 2004 VISTOS: El acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura en sesion de fecha 5 de agosto ultimo pasado; CONSIDERANDO: Que, en virtud del Art. 151º de la Constitucion Politica la Academia de la Magistratura es la institucion competente para la formacion y capacitacion de los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico a nivel nacional, en sus diversos grados; Que, en cumplimiento a dicho precepto constitucional el D.Leg. Nº 958 que establece las normas aplicables al MORDAZA de implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, taxativamente establece en el articulo 11º que la Academia de la Magistratura, en el plazo no mayor de sesenta dias utiles a partir del dia siguiente de la publicacion de dicho dispositivo legal, debera proponer a la Comision Especial de Implementacion, el diseno de los programas de capacitacion para jueces, fiscales y personal auxiliar; Que, ante dicho imperativo legal el Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura en la sesion del visto ha considerado por conveniente la constitucion de una Comision Ad hoc encargada de la elaboracion de las propuestas de programas de capacitacion referidos en el considerando anterior; Que, es necesario dictar el acto de administracion por el que formalmente se constituye la Comision en mencion; Es uso de las atribuciones y facultades que le competen en virtud de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura y del Estatuto, en atencion al acuerdo adoptado en la sesion del Pleno del Consejo Directivo del visto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituir la Comision Ad hoc encargada de proponer al Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura el diseno de los Programas de Capacitacion para los senores Jueces, Fiscales y Personal Auxiliar a que se refiere el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 958, conformada por los siguientes miembros:

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan contratar servicio de calificacion de riesgos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº GG-077-2004
VISTOS: El Informe Tecnico Nº H110-YA-2004-079 de 24 de junio de 2004, emitido por el Departamento de Analisis de MORDAZA y Programacion de la Gerencia de Operaciones Internacionales, en el que se concluye que la empresa Fitch Information Inc. es el unico proveedor que en forma oportuna y confiable puede proporcionar sus propios calificativos de riesgo asignados a instituciones bancarias del exterior donde se invierte; El Memorandum Nº K000-MA-2004-769, emitido por la Oficina Legal el 22 de MORDAZA de 2004, en el que se opina que la suscripcion a la informacion que sobre riesgos provee la citada empresa debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, ya que se trata de un servicio que no admite sustituto; CONSIDERANDO QUE: El Banco requiere contratar por el periodo de un ano la suscripcion a los servicios de calificacion de riesgo de instituciones bancarias del exterior, por ser una herramienta indispensable para el manejo de las reservas internacionales, toda vez que permite al Banco disponer de los estados financieros y los calificativos de riesgos que se le asigna a cada institucion en la que se invierte, con la opinion y analisis que sustentan los mismos; incluyendo ademas alertas diarias sobre la evolucion futura de los bancos y la probable modificacion de sus calificativos; En el informe tecnico del exordio se senala que es necesario suscribirse al servicio de calificacion de riesgos denominado "Full Coverage Global Banks", que presta la empresa Fitch Information Inc., a fin de cumplir con la metodologia aprobada por el Directorio del Banco para el establecimiento de relaciones de corresponsalia y determinacion de limites de depositos con bancos corresponsales del exterior y bancos emisores de certificados de deposito; Del aludido informe tecnico asi como del informe legal, se desprende que el servicio que presta la precitada empresa no admite sustituto, toda vez que consiste en calificativos de riesgos e informes sobre el estado financiero de determinada institucion que emana de un analisis particular; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto

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