Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2004 (12/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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g) Contratar, evaluar, sancionar, suspender, promover, remover y MORDAZA a los trabajadores del ICL, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo. h) Proponer al Presidente Ejecutivo la designacion de los demas funcionarios de confianza que requiera el ICL, y a los que se refiera el presente Estatuto y el Reglamento. i) Velar por que la contabilidad del ICL se encuentre actualizada. j) Dar cuenta, cuando lo solicite el Consejo Directivo, de la marcha y estado financieros del ICL; asi como presentar oportunamente el balance general y el presupuesto de cada ejercicio economico anual. k) Preparar el Proyecto de la Memoria Institucional al termino de cada ejercicio economico, para su aprobacion por el Consejo Directivo. l) Organizar comites de funcionarios para la evaluacion y aprobacion de las operaciones propias del ICL; dentro de los limites fijados por el Consejo Directivo. ll) Disponer las compras y suministros que requiera el sostenimiento administrativo del ICL, en MORDAZA con las disposiciones legales vigentes. m) Contratar todo MORDAZA de seguros fijando sus condiciones, precios y modalidades; y endosar las polizas de seguro con conocimiento del Consejo Directivo. n) Realizar toda clase de operaciones bancarias ante bancos comerciales privados, asociados y estatales, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes a esta materia; tales como: abrir y cerrar cuentas bancarias, realizar gestiones para celebrar contratos de creditos, asi como girar, aceptar, endosar, reaceptar, descontar, cobrar y remover cualquier clase de documentos mercantiles y civiles. Asimismo, controlar los fondos del ICL responsabilizandose por su oportuno y eficaz deposito en bancos y/o instituciones financieras. Para todo aquello que origine obligacion patrimonial y egresos de fondos para el ICL superiores a US$ 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 Dolares Estadounidenses), se requerira de la firma del Gerente General o de un funcionario designado por el Consejo Directivo acompanada necesariamente de la firma del Presidente Ejecutivo, o en ausencia o impedimento de este, con la firma del Vicepresidente, a tenor de lo senalado en el articulo 16º del presente Estatuto y conforme a los poderes otorgados por el Consejo Directivo. n) Organizar el acceso de los usuarios a la informacion de la Base Catastral y, en merito a ese fin, supervisar el servicio de informacion y velar por la conservacion de dicha Base. o) Delegar a los miembros, funcionarios y empleados del ICL las facultades necesarias para que, en su representacion, puedan realizar todo MORDAZA de actos y operaciones que el crea conveniente. p) Ejercer las demas atribuciones que con arreglo a ley le corresponden, las que se encuentren previstas en el Reglamento y las que le otorgue el Consejo Directivo. Articulo 29º.- El Gerente General respondera por los danos y perjuicios que origine al ICL por dolo y/o abuso de facultades o negligencia grave en las funciones que le corresponden, debidamente comprobados e imputables a su gestion. Articulo 30º.- En los casos de licencia, comision de servicio, vacaciones, enfermedad u otro impedimento del Gerente General, lo reemplazara temporalmente el funcionario del nivel correspondiente que designe el Consejo Directivo. CAPITULO V DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 31º.- El Organo de Control Institucional es el organo conformante del Sistema Nacional de Control que tiene como mision promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes del ICL. Articulo 32º.- Son funciones del Organo de Control Institucional las senaladas en el articulo 28º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE LINEA Articulo 33.- Los Organos de Linea realizan labores relacionadas al Catastro Integral de MORDAZA, con el conocimiento, supervision y aprobacion de la Direccion. Las funciones de la Gerencia de Catastro son las siguientes: a) Ejecutar los proyectos de produccion de cartografia catastral.

b) Ejecutar los levantamientos de informacion alfanumerica, tematica, geografica y actividades afines, asi como operaciones de MORDAZA complementarias. c) Ejecutar operaciones de actualizacion y mantenimiento del catastro. La funcion de la Gerencia de Proyectos es la de realizar estudios de caracter tecnico, economico y legal de proyectos catastrales a nivel nacional, regional y local para brindar servicios de asesoria, supervision, capacitacion, actualizacion, mantenimiento y ejecucion de operaciones catastrales. TITULO III COMPENSACION ECONOMICA POR LOS SERVICIOS CATASTRALES Articulo 34º.- La informacion catastral es publica y el acceso por parte de los administrados es libre, previo pago de la tasa correspondiente. La compensacion economica por los servicios de catastro que presta el ICL sera calculada sobre la base de estudios tecnicos, debiendo cubrir todos los costos y gastos e incluyendo la recuperacion de inversiones y la actualizacion de tarifas. Los operarios catastrales proveeran informacion que permitira preponderantemente la anotacion y fiscalizacion de los tributos municipales y la valorizacion y revalorizacion de los predios urbanos metropolitanos. Articulo 35º.- Estan considerados como servicios adicionales que presta el ICL la realizacion de proyectos especiales, la obtencion y suministro de informacion geografica territorial georeferenciada a una base y red geodesica nacional, cartografia catastral, catastro tematico especializado, inspeccion, control, asesoria, asistencia, peritaje tecnico y capacitacion, y otros que deban realizarse en cumplimiento de sus fines y/o a solicitud de los interesados en el ambito local, regional y nacional. TITULO IV DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DEL INSTITUTO Articulo 36º.- El ICL solo podra ser disuelto mediante acuerdo adoptado por la mayoria legal del Concejo Metropolitano de MORDAZA, en el que se fijara el procedimiento para su liquidacion. TITULO V DE LA MODIFICACION DEL PRESENTE ESTATUTO Articulo 37º.- La modificacion del presente Estatuto requerira acuerdo de la mayoria legal del Concejo Metropolitano de Lima. 14595

Modifican plano de zonificacion de usos del suelo de MORDAZA Metropolitana a mediano plazo, correspondiente al distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 658
EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de agosto de 2004, el Documento Simple Nº 29093-04 (Expediente Nº 17135-03), seguido por la Empresa Inversiones Sur S.A., debidamente representada por su Gerente General don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual solicita el cambio de zonificacion de MORDAZA Residencial de Densidad Media (RDM-) a MORDAZA de Comercio de Servicios (SV), del predio cuya area es de 695.00 m2, que en la actualidad es una edificacion de dos pisos, en donde funciona una Oficina Administrativa y Contable de la Empresa recurrente, ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 2125 esquina con la MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y,

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