Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2004 (12/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2004
Cuadro Nº 1.1-1
Subestaciones Tension CPSEE Base KV ctm. S/./kW.h Paragsha II 138 Oroya Nueva 220 0,0711 Oroya Nueva 50 Carhuamayo 138 Caripa 138 Condorcocha 44 0,5630 Instalaciones Secundarias SST Transformacion Oroya Nueva 220/50/13,8 kV [1]

NORMAS LEGALES
Cargos ctm. S/./kW.h

Pag. 274321

0,0711

SST Transformacion Oroya Nueva 220/50/13,8 kV [1] SST Caripa-Condorcocha, S.E. Condorcocha 138/44KV [2]

0,0711 0,4919

MORDAZA MORDAZA Ilo ELP Botiflaca Toquepala Tacna

220 138 138 138 138 66

[2] Corresponde a todas las instalaciones del SST de ELECTROCENTRO, excepto las que se encuentran en los sistemas electricos Pasco, Pasco Rural 1 y Pasco Rural 2. [3] Corresponde a las instalaciones del SST de ELECTROCENTRO de los sistemas electricos Pasco, Pasco Rural 1 y Pasco Rural 2. [4] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado del analisis de las propuestas de tarifas y compensaciones presentadas, por los titulares de dichas instalaciones, en la presente regulacion. [5] Los cargos correspondientes a estas instalaciones se han modificado por el efecto del costo del dinero en el tiempo en el rubro de operacion y mantenimiento. [6] Comprende el cargo por el uso de las instalaciones de las empresas EDECANETE y ELECTROSURMEDIO, que abastecen a los sistemas de Canete y Lunahuana.

0,4503

SST de ENERSUR [1]

0,4503

0,7748

Pucallpa

60

3,0749

MORDAZA Cajamarquilla

138 220

0,1092 0,0707

SST Tacna - Transf. 220/66/10 kV; 50 MVA [3] SST Aguaytia-Pucallpa, S.E. Aguaytia 220/138/22,9kV, S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8MVAR [3] SST Santuario - Chilina 138kV [2] SST Celda de Transformacion 220 kV - S.E. Cajamarquilla [1]

0,7748

3,0749

1.1.2.2 Peajes por Transmision Secundaria para Empresas no indicadas en el Numeral 1.1.2.1 En esta seccion se especifican los peajes que son aplicados en los sistemas secundarios que no han sido regulados de manera explicita. Dichos cargos son determinados con la siguiente expresion:
CBPSE = CBPST + CBPSL * L * C

0,1092 0,0707

Donde: L C : Longitud de la linea de transmision, en km : Variable dependiente de los MW * km totales retirados de cada linea, segun se detalla mas adelante. CBPSE : Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transmision en Energia, expresado en ctms. S/ ./kW.h. CBPST : Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion, expresado en ctms. S/./kW.h. En caso de no existir la transformacion el valor de CBPST es igual a 0,0. CBPSL : Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte, expresado en ctms. S/./kW.h-km. 1.1.2.2.1 Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion (CBPST)
Cuadro Nº 1.1-3
Instalacion Transformador Celda Primario Celda MORDAZA Celda Linea MT Total CBPST MAT a AT Ctms. S/./kW.h 0,1700 0,1375 0,0512 -- 0,3587 AT a MT Ctms. S/./kW.h 0,3130 0,2201 0,0623 0,0551 0,6505 MAT a MT Ctms. S/./kW.h 0,4830 0,3576 0,0895 0,0792 1,0093

[1] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la aplicacion de las formulas de actualizacion contenidas en la Resolucion OSINERG Nº 105-2003-OS/CD y sus modificatorias, asi como la actualizacion de las tasas ad valorem CIF. [2] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado del analisis de las propuestas de tarifas y compensaciones presentadas, por los titulares de dichas instalaciones, en la presente regulacion. [3] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la liquidacion anual de los respectivos contratos BOOT.

El Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE)1 de todas las otras Subestaciones Base del MORDAZA, no contenidas en el cuadro anterior son igual a cero. 1.1.1.2. Peajes por Transmision Secundaria en los Sistemas Aislados El valor del CPSEE para los Sistemas Aislados, contemplados en el Cuadro Nº 1 de la Resolucion OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, es igual a cero. 1.1.2. Peajes en Subestaciones Diferentes a las Senaladas en el Numeral 1.1.1 1.1.2.1. Peajes por Transmision Secundaria para Empresas Especificas
Cuadro Nº 1.1-2
Empresa Concesionarios / SST CBPSE en Puntos de Venta de Energia (Ctms S/./ kW.h) a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 0,1581 0,5538 0,4141 0,4916 0,1198 0,1592 0,6920 1,2046 0,5445 0,8872 0,0841 0,1231 0,6286 1,0103 0,6466 0,8911 0,0118 0,0118 0,6584 0,9029 0,9246 1,4691 0,1530 0,1764 1,0776 1,6455 -0,0566 0,6560 0,5169 0,6499 0,5709 1,6031 0,5752 1,0343 0,9972 1,3183 1,1987 2,0652 1,1840

Nota: En caso de existir transformacion de 220 kV a 138 kV, el Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion sera de: 0,1874 ctms. S/./kW.h, 0,0689 ctms. S/./kW.h y 0,0352 ctms. S/./kW.h, para el Transformador, la Celda Primario y la Celda Secundario; respectivamente.

ELECTRONORTE

ELECTRONOROESTE

HIDRANDINA

ELECTROCENTRO

ELECTROCENTRO LUZ DEL SUR EDELNOR ELECTROANDES ELECTROSURMEDIO EDECANETE SEAL

ELECTRONORTE [1] DEPOLTI [1] ADINELSA [1] TOTAL [1] ELECTRONOROESTE [1] ADINELSA [1] TOTAL [1] HIDRANDINA [1] EGENOR [4] TOTAL [1] ELECTROCENTRO [1][2] ADINELSA [1] TOTAL [1] ELECTROCENTRO - PASCO [1][3] LUZ DEL SUR[1] EDELNOR [1][5] ELECTROANDES[1] ELECTROSURMEDIO[1] TOTAL [4] [6] SEAL [1]

1.1.2.2.2 Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte (CBPSL)
Cuadro Nº 1.1-4
AT 138kV 220kV ctms. S/./(kW.h-km) ctms. S/./(kW.h-km) ctms. S/./(kW.h-km) Linea de Transmision 0,0124 0,0087 0,0037 Celda Salida 0,0020 0,0011 0,0002 Celda Llegada 0,0020 0,0011 0,0002 Total CBPSL 0,0164 0,0109 0,0041 Nivel de Tension

[1] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la aplicacion de las formulas de actualizacion contenidas en la Resolucion OSINERG Nº 105-2003-OS/CD y sus modificatorias, asi como la actualizacion de las tasas ad valorem CIF.

1

CPSEE: Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia local, expresado en ctms S/. / kW.h que se agrega en Subestaciones Base especificas del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN).

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