Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2006 (15/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

332811

Renuevese el plazo de funcionamiento de la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria por un (1) ano adicional, computado a partir del vencimiento del plazo establecido en el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 028-2005-PRODUCE. Articulo 2º.- Del refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de noviembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 5690-1

estan comprendidos dentro del Programa de Desarrollo de Competitividad Rural y en el Programa de Apoyo Financiero y de Respaldo Colateral al Sector Rural; Que, en dicho MORDAZA, se concluye que los beneficios tributarios establecidos en las Leyes N°s. 27037 y 28298, son aplicables inclusive a las actividades que se desarrollen en el MORDAZA Industrial Tingo MORDAZA, siempre que se cumplan con las consideraciones senaladas segun zonas geograficas en la Amazonia y requisitos establecidos en las citadas normas; razon por la que los articulos 67° y 68° del Reglamento de la Ley N° 28264, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-PRODUCE, devienen en innecesarios; Que, en tal sentido, atendiendo a las razones MORDAZA mencionadas, y considerando que el MORDAZA legal debe atender a criterios de unidad y coherencia para garantizar la estabilidad y la seguridad juridica en el pais; De conformidad con el numeral 8° del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1°.- Derogacion de articulos Deroguense los articulos 67° y 68° del Reglamento de la Ley N° 28264, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-PRODUCE. Articulo 2°.- Refrendo ministerial El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de noviembre el ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 5690-2

Deroga los articulos 67º y 68º del Decreto Supremo Nº 006-2006PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28264, que crea el MORDAZA Industrial de Tingo MORDAZA en la Amazonia Peruana
DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28264, se autoriza la creacion del MORDAZA Industrial Tingo MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, con el objeto de realizar actividades productivas de apoyo a la micro y pequena empresa, generacion de empleo sostenible, desarrollo economico y social descentralizado; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2006PRODUCE, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28264, mediante el cual se creo el MORDAZA Industrial Tingo MORDAZA en la Amazonia Peruana; Que, el articulo 67° del Reglamento de la Ley N° 28264, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-PRODUCE, senala que todas las actividades que se desarrollen en el MORDAZA Industrial Tingo MORDAZA gozaran de los beneficios tributarios senalados en los articulos 12°, 13°, 14° y 15° de la Ley N° 27037, "Ley de Promocion de la Inversion de la Amazonia"; Que, el articulo 68° del referido Reglamento senala que las empresas que se establezcan en el MORDAZA Industrial Tingo MORDAZA podran acogerse a todos los beneficios otorgados a las Empresas Productivas Capitalizadas ­ EPC, en los articulos 18°, 19°, 20°, 21°, 22°, 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29°, 30°, 31°, 32°, 33° y 34° de la Ley N° 28298, Ley de Desarrollo de Competitividad Rural y Programa de Apoyo Financiero y de Respaldo Colateral al Sector Rural; Que, los articulos 12° al 15° de la Ley N° 27037, "Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia", establecen beneficios tributarios a favor de los contribuyentes ubicados en la Amazonia, respecto del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto al Gas Natural, Petroleo y sus derivados, asi como respecto del Impuesto Extraordinario de Solidaridad y el Impuesto Extraordinario a los Activos Netos, supeditando estos a la realizacion de determinadas actividades economicas, asi como al cumplimiento de ciertas condiciones; Que, los beneficios establecidos en la Ley MORDAZA para el Desarrollo Economico del Sector Rural, Ley N° 28298, y que van del articulo 18° al 34° de la misma,

Modifican el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas y el Reglamento de la Ley General de Pesca
DECRETO SUPREMO Nº 023-2006-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece en su articulo 2º que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru, son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; disponiendo, asimismo, en su articulo 81º que las sanciones contempladas en dicha Ley seran impuestas por resolucion del Ministerio de Pesqueria (ahora Ministerio de la Produccion) o de la autoridad delegada; Que, en el articulo 76º de la citada Ley, se tipifican los ilicitos administrativos sancionables, estableciendo en el articulo 77º que constituira infraccion toda accion u omision que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en la presente Ley, su Reglamento o demas disposiciones sobre la materia; Que, en el articulo 230º numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se dispone que las disposiciones reglamentarias pueden establecer conductas sancionables y asimismo determinar

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.