Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2006 (15/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

332839

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a sitios, MORDAZA y complejo arqueologicos ubicados en los departamentos de La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1817/INC MORDAZA, 27 de octubre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1440-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 20 de setiembre de 2006 del Ing. MORDAZA M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, y; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Oficio Nº 1440-2006-AG-PETT-DEDTSL de fecha 20 de setiembre de 2006 el Ing. MORDAZA M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes tecnicos de sitios arqueologicos registrados en el departamento de La MORDAZA, elaborados por la Lic. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sarmiento; Que, mediante Informe Nº 1062-2006-INC/DREPH/ DA/SDIC/JJNG de fecha 4 de setiembre de 2006, la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, manifiesta que de los expedientes tecnicos remitidos, el unico que no presenta observaciones es el expediente tecnico del sitio arqueologico Cerro Ulcha, asi como no se encuentra declarado Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 890 de fecha 13 de octubre 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Cerro Ulcha, ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - Aprobar el Plano Perimetrico del sitio arqueologico Cerro Ulcha Nº 176-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha setiembre de 2005, con un area de 24.7210 Ha. y un perimetro de 2124.29 m. ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;

Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Cerro Ulcha, ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- Aprobar el Plano Perimetrico del sitio arqueologico Cerro Ulcha Nº 176-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha setiembre de 2005, con un area de 24.7210 Ha y un perimetro de 2124.29 m. ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del sitio arqueologico mencionado en el Articulo 1º y del plano senalado en el Articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 5583-1 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1842/INC MORDAZA, 2 de noviembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1421-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 14 de setiembre de 2006 del Ing. MORDAZA M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Oficio Nº 1421-2006-AG-PETT-DEDTSL de fecha 14 de setiembre de 2006 el Ing. MORDAZA M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes tecnicos de sitios arqueologicos registrados en el departamento de MORDAZA, elaborados por el Lic. MORDAZA Umire Alvarez; Que, mediante Informe Nº 1031-2006-INC/DREPH/ DA/SDIC/JJNG de fecha 26 de setiembre de 2006, la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, informa que los expedientes tecnicos no presentan observaciones y que los sitios arqueologicos no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 845 de fecha 29 de setiembre 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura:

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