Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2006 (15/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

332860
46 47 48 49 SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA 1.46 1.47 1.48 1.49

NORMAS LEGALES
Por no colocar en forma visible los precios o clasificacion o la calidad de los articulos o productos comercializados. Por permitir pernoctar, cocinar, lavar ropa u otros usos distintos a la venta de productos. Por mantener en mal estado las instalaciones de luz, agua y desague del puesto de abastos del mercado. Por comercializar productos prohibidos por ley. SI SI SI 6% 5% 5% 5%

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2006

204 170 170 170

SUBSISTENCIAS 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA SCELCA 1.50 1.51 1.52 1.53 1.54 1.55 1.56 1.57 1.58 1.59 Por no fijar la clasificacion de la carne en la pizarra de precios . Por no hacer el corte reglamentario de la carne. Por no resellar la libreta de control de venta de carne o menudencia. Por condicionar y exigir al publico la compra de otros articulos por la venta de productos de primera necesidad. Por carecer de guia o factura, los articulos que se expenden. Por vender al publico articulos con menor peso del que corresponde. Por tener balanzas con pesas fraudulentas. Por carecer de juego completo de pesas y medidas, correspondientes. Por tener en mal estado el juego completo de pesas y medidas, correspondientes. Por tener alterado el juego completo de pesas y medidas, correspondientes. COMERCIO EN VIA PUBLICA 60 61 62 SCELCA SCELCA SCELCA 1.60 1.61 1.62 Por ejercer el Comercio Ambulatorio en MORDAZA Rigida. Por ampliar o cambiar el Giro sin la Autorizacion Municipal. Por ejercer el Comercio Ambulatorio en la via publica sin la debida autorizacion municipal. Al propietario del predio o conductor del establecimiento que de proteccion, permita guardar y apoyar a vendedores informales, a fin de que la Policia Municipal durante el operativo no pueda retener o decomisar su mercaderia, obstaculizando su labor. Por ejercer el Comercio Ambulatorio en MORDAZA No Autorizada. Por ejercer el comercio ambulatorio, con falta de limpieza y desorden, medios de venta, cartones, sombrillas, cooler, trapos y maderas - Mercaderia colgada fuera del Modulo. Por ejercer el comercio ambulatorio empleando altoparlantes, amplificadores de sonido y/o cualquier medio que cause malestar y molestia a los vecinos y publico en general. Almacenamiento y/o comercializacion de cualquier producto, que por su tamano, forma y/o naturaleza represente peligro u obstaculo en la via publica. Almacenamiento y/o comercializacion de todo MORDAZA de articulos deportivos y/o prendas de vestir y accesorios en general en areas no autorizadas en la licencia de funcionamiento. Almacenar, depositar o guardar mercaderia y/o medio de venta de un Comerciante No Autorizado en un inmueble de propiedad privada. Por obstaculizar y/o congestionar el MORDAZA peatonal, durante la carga y descarga de mercaderia. Por mantener un vehiculo en la via o espacio publico por mas de 15 dias, luego de oficiado al propietario del abandono del vehiculo. SI 6% 10% 5% Retencion. Retencion. 204 340 170 SI SI SI SI SI 3% 3% 3% 8% 18% 10% 12% 8% 3% 15% Retencion y Denuncia Penal correspondiente. Retencion y Clausura. 102 102 102 272 612 340 408 272 102 510

63

SCELCA

1.63

10%

Con conocimiento a la SLAM

340

64

SCELCA

1.64

5%

170

65

SCELCA

1.65

SI

4%

Retencion.

136

66

SCELCA

1.66

10%

---

340

67

SCELCA

1.67

5%

Retencion y/o retiro.

170

68

SCELCA

1.68

5%

Revocatoria y/o retencion.

170

69

SCELCA

1.69

100%

3,400

70

SCELCA

1.70

50% Internamiento del vehiculo.

1,700

71

SCELCA

1.71

50%

1,700

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