Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2009 (05/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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012-2001-PE ­ Reglamento de la Ley General de Pesca y modificatorias, la Resolucion Ministerial Nº 072-2009PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Proponer la conformacion de una Comision Sectorial cuya funcion sea plantear medidas concretas que garanticen el cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolucion Ministerial Nº 072-2009-PRODUCE, y que en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­Ley Organica del Poder Ejecutivo, debera ser conformada mediante Resolucion Ministerial a propuesta del Despacho Viceministerial de Pesqueria. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 133-2009-PRODUCE/DGEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Viceministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria

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Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Pesquera Glaros S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 090-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 6 de febrero del 2009 Visto el escrito de registro Nº 00078345 de fecha 24 de octubre del 2008, presentado por la empresa PESQUERA GLAROS S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que mediante Resolucion Directoral Nº 010-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 09 de enero del 2006, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al senor SPIRIDON KALINICOS KONTEGEORYI, para operar la embarcacion pesquera denominada "BATHI" con matricula Nº CO-22593-PM de 174.88 m3 de capacidad de bodega totalmente insulada y con sistema de preservacion R.S.W., equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para el consumo humano directo; Que mediante Resolucion Directoral Nº 341-2006PRODUCE/DGEPP, de fecha 28 de setiembre del 2006 se otorga al armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI autorizacion de incremento de flota para la embarcacion pesquera denominada "BATHI", de matricula Nº CO22593-PM, de 174.88 m3, via ampliacion de la capacidad de bodega con 50.22 m3 de la Resolucion Nº 291-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de octubre del 2004, modificada en su articulo 6º por la Resolucion Directoral Nº 139-2005-PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de MORDAZA del 2005, resultando la embarcacion "BATHI" con 225.10 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservacion a bordo R.S.W., la cual empleara redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de tamano minimo de abertura de malla para la extraccion de jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que mediante Resolucion Directoral Nº 245-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2008, se aprueba en virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 341-2006-

PRODUCE/DGEPP de fecha 28 de setiembre de 2006, la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 0102006-PRODUCE/DNEPP del 09 de enero de 2006, que otorgo permiso de pesca a favor del armador SPIRIDON KALINIKOS KONTOGEORYI, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "BATHI" de matricula Nº CO-22593-PM, unicamente en el extremo referido a la capacidad de bodega entendiendose que sera de 225.10 m3, la misma que se dedicara a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de arrastre pelagica con longitud minima de malla de 3 pulgadas (76 mm) en el copo; Que a la fecha, la embarcacion pesquera "BATHI" de matricula CO-22593-PM, con 225.10 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras, publicado en el MORDAZA de la Pagina Web y en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente en el literal J) del Anexo I y Anexo V de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus Murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE; Que a traves del escrito del visto, la empresa PESQUERA GLAROS S.A.C., en su condicion de propietario de la embarcacion pesquera "BATHI" con matricula Nº CO-22593PM; solicita cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 245-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2008, petitorio sustentado con el correspondiente Certificado Compendioso de Dominio; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados y que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente y ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y demas normas complementarias por lo que resulta procedente atender lo solicitado, precisandose que a pesar de que la embarcacion "BATHI" de matricula CO-22593-PM, posee un volumen de bodega de 228.44 m3 segun consta en el Certificado de Matricula y de Arqueo expedidos por la Autoridad Maritima, la administracion debe reconocer la capacidad de bodega autorizada en el incremento de flota, es decir 225.10 m3, considerandose el rango de tolerancia establecido en el Decreto Supremo Nº 028-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 7642008-PRODUCE/DGEPP-Dch y, con la conformidad legal correspondiente; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2004-PRODUCE y demas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA GLAROS S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "BATHI" de matricula CO-22593-PM, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado por Resolucion Directoral Nº 3412006-PRODUCE/DGEPP de fecha 28 de setiembre de 2006, modificado por Resolucion Directoral Nº 245-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2008. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas

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