Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2009 (05/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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funcional, seran seguidas ante el Tribunal de Sancion del Sistema de Defensa Juridica del Estado quien procedera de acuerdo a sus atribuciones. Articulo 18º.- Conclusion La designacion del Procurador Publico y de los Procuradores Publicos adjuntos concluye por cese, aceptacion de renuncia, sancion grave impuesta por el Tribunal de Sancion del Sistema de Defensa Juridica del Estado en virtud a una inconducta funcional, fallecimiento y destitucion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Normas supletorias En todo lo no previsto en el presente Reglamento sera de aplicacion supletoria lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS en lo que fuere pertinente y aplicable. Segunda.- Disposicion derogatoria Deroguese las Ordenanzas Nºs. 144-MJM y 269-MDJM; y las demas disposiciones que se opongan al presente Reglamento. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

Los materiales e insumos seran aportados por los poseedores y/o propietarios de la Quinta. Articulo Segundo.- La determinacion de las Quintas que seran seleccionadas para acogerse al presente programa sera efectuada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental, previo informe favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Ordenanza estara sujeto a la disponibilidad presupuestaria y financiera de la corporacion edil. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental, la Gerencia de Desarrollo Humano y Gerencia Rentas el cumplimiento del presente dispositivo, en lo que les corresponda y a la Gerencia de Comunicaciones la difusion del mismo. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

318934-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Dejan sin efecto diversas deudas de naturaleza tributaria correspondientes a los anos 1994 al 2000
ORDENANZA Nº 300-MM
Miraflores, 24 de febrero de 2009

318940-1

Aprueban el Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi MORDAZA
ORDENANZA Nº 302-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 27 de febrero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el numeral 16 del articulo 82 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, en concordancia con lo establecido en el articulo 93 del mencionado dispositivo legal, establece que la municipalidad tiene como funcion especifica compartida impulsar una cultura civica de mantenimiento, limpieza, conservacion y mejora del ornato local. Que, resulta necesario promover e incentivar la mejora de calidad de MORDAZA de los vecinos que residen en las quintas ubicadas en la MORDAZA mas antigua del distrito y de escasos recursos economicos las cuales fueron construidas hace aproximadamente 40 anos o mas y que actualmente no reunen las condiciones minimas de habitabilidad; en cuanto a la infraestructura de servicios basicos y estructurales; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL "PROGRAMA DE VIVIENDA MUNICIPAL MEJORANDO MI QUINTA" Articulo Primero.- ESTABLEZCASE el "Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta", que consiste en el apoyo con mano de obra que brindara la Municipalidad para el pintado de fachadas, mejoramiento de servicios de agua, desague y energia electrica de las areas comunes de las Quintas. Los predios beneficiarios deberan encontrarse debidamente registradas ante la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y tener una antiguedad de construccion no menor de 40 anos.

EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 196º de la Constitucion Politica del Peru establece que son bienes y rentas de las municipalidades, entre otros, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales; Que, en concordancia con esta disposicion, el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son rentas municipales los tributos creados por ley a su favor; las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 66º de la antigua Ley de Tributacion Municipal, vigente hasta el ano 2000, las tasas se definian como tributos que tienen como hecho generador la prestacion efectiva por la municipalidad de un servicio publico o administrativo reservado a las municipalidades de conformidad con su ley organica y normas con rango de ley; Que, mediante el Edicto Nº 24-MM, de fecha 13 de MORDAZA de 1994, modificado por el Edicto N° 28-95-MM, del 19 de setiembre de 1995 y la Ordenanza N° 6099-MM, del 19 de febrero de 1999, se establecio en la jurisdiccion de Miraflores el cobro de la Tasa por Licencia de Funcionamiento, como un tributo de periodicidad anual que gravo el funcionamiento de los establecimientos que desarrollaban actividades generadoras de rentas gravadas, consideradas como rentas de tercera y cuarta categoria, para efectos de la aplicacion del Impuesto a la Renta; Que, dicha MORDAZA fue aplicada desde 1994, sin embargo recien alcanzo su ratificacion mediante Acuerdo de Concejo N° 048 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicado el 26 de febrero del 1999, tramite que, de acuerdo a los fundamentos de la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el expediente N° 0041-2004AI/TC, constituye un requisito esencial para la validez y vigencia de las normas distritales que crean tributos; Que, conforme al articulo 4° del Edicto N° 24-MM, para la determinacion de la tasa de licencia de funcionamiento se empleo como referencia el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), hecho que contraviene lo expresado por el

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