Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2010 (25/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2010

la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y la Ley Nº 29466; Que, sobre la referida operacion de endeudamiento han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal I) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y modificatorias, y la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru - Brasil (IIRSA Sur) - Fase Final. 1.2 La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo sera mediante veinticuatro (24) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota a los cuarenta y dos (42) meses contados a partir de la suscripcion del contrato de prestamo. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes LIBOR a seis (06) meses mas un margen de 2,35% anual, siendo la tasa de interes aplicable para los primeros ocho (08) anos del prestamo la tasa LIBOR a seis (06) meses mas un margen de 1,8% anual. 1.3 El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso del 0,25% anual; asi como a una comision de financiamiento equivalente a 0,75% anual sobre el monto del prestamo. Articulo 2º.- Conversion de Moneda y Conversion de Tasa de Interes 2.1 Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, para que en el MORDAZA de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal, pueda ejercer las denominadas Operaciones de Manejo de Deuda de Conversion de Moneda y Conversion de Tasa de Interes, mencionados en la parte considerativa de esta MORDAZA legal. 2.2 Para tal fin, se autoriza al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, las instrucciones de conversion asi como toda la documentacion que se requiera para implementar las referidas Operaciones de Manejo de Deuda. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA Sur) ­ Fase Final, sera el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (PROVIAS NACIONAL). Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de

la Republica del Peru el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de esta MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 571034-6

Aprueban Operacion de Prestamo con la CAF
DECRETO SUPREMO Nº 236-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, esta autorizado para gestionar y negociar operaciones de endeudamiento y administracion de deuda publica del Gobierno Nacional, con sujecion a los principios de eficiencia, MORDAZA, responsabilidad fiscal, transparencia y credibilidad, capacidad de pago, entre otros; Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Ministerio de Economia y Finanzas contratara con la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF una operacion de prestamo hasta por un monto total de US$ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a financiar parte del "Programa de Inversion en Mejoramiento y Rehabilitacion de Infraestructura Vial", el cual esta constituido por proyectos de inversion publica considerados en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, en virtud a lo dispuesto en el Articulo 4º de la Ley Nº 29467, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, el Poder Ejecutivo esta autorizado para que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, autorice el uso del financiamiento proveniente de la operacion de prestamo MORDAZA indicada en el cumplimiento de metas cuyo financiamiento se encuentra previsto en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano

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