Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2010 (25/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2010

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se designa a Gerente Legal como Secretario Tecnico del Comite de Etica del INDECOPI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 170-2010-INDECOPI/COD MORDAZA, 23 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Resolucion Nº 076-2000INDECOPI/DIR, que aprueba las Normas de Conducta de los Miembros del INDECOPI, corresponde al Consejo Directivo designar al Secretario Tecnico del Comite de Etica de la Institucion; Que, a la fecha, resulta necesario designar a un funcionario de la Institucion para que ejerza el cargo de Secretario Tecnico del Comite de Etica del INDECOPI, con el fin de garantizar que este organo colegiado cuente con el apoyo tecnico y legal requerido para el debido ejercicio de sus funciones; De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Stucchi MORDAZA Raygada, Gerente Legal de la Institucion, como Secretario Tecnico del Comite de Etica del INDECOPI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA HIGUERAS Presidente del Consejo Directivo 570509-1

competencias desconcentradas en materia de proteccion al consumidor, lo que permitira brindar una mayor y mas cercana prestacion de los servicios institucionales a los consumidores de dicha region del pais; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion acerca de la conformacion de esta Comision y sobre la designacion de sus integrantes; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision adscrita a la Oficina Regional de MORDAZA y designar a sus integrantes con efectividad al 1 de diciembre de 2010, de conformidad con el siguiente detalle: Miembros de Comision: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cornelio. · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Laguna. · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hormaza. · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salazar. Secretaria Tecnica: MORDAZA MORDAZA Roque. Articulo 2º.- Desconcentrar las competencias de la Comision de Proteccion al Consumidor de la sede central del INDECOPI en la Comision adscrita a la Oficina Regional de MORDAZA, con efectividad al 1 de diciembre de 2010 y con sujecion a la atribucion de competencia territorial que se determine mediante Directiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA HIGUERAS Presidente del Consejo Directivo 570510-1

Desconcentran determinadas competencias de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales de MORDAZA, San MORDAZA y Tacna
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 172-2010-INDECOPI/COD MORDAZA, 23 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, en uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y por el numeral 34.1 del articulo 34º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo del INDECOPI ha decidido la desconcentracion de determinadas competencias de la Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales de MORDAZA, San MORDAZA y Tacna, lo que permitira brindar una mayor y mas cercana prestacion de los servicios institucionales a los consumidores y a las empresas de dichas regiones del pais; Que esta desconcentracion, en favor de las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales de MORDAZA, San MORDAZA y Tacna, tiene por objeto que estas puedan conocer y resolver procedimientos sobre actos de competencia desleal desarrollados mediante actividad publicitaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Represion de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1044; y, en el Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley Nº 29571; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del INDECOPI; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones

Constituyen Comision adscrita a la Oficina Regional de MORDAZA y desconcentran las competencias de la Comision de Proteccion al Consumidor de la sede central
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 171-2010-INDECOPI/COD MORDAZA, 23 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, en uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y por el numeral 34.1 del articulo 34º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, el Consejo Directivo del INDECOPI ha determinado la constitucion de una Comision adscrita a la Oficina Regional de MORDAZA, que detente

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