Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2010 (25/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2010

Reglamento, normatividad que determina la caducidad de las embarcaciones que no cumplan con el requerimiento senalado por el Decreto Supremo MORDAZA mencionado; Que, mediante escrito de Registro Nº 59886-2007 de fecha 28 de agosto 2007, el senor MORDAZA PAZO MORDAZA presento recurso de reconsideracion contra el Oficio Multiple Nº 012-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch manifestando que el Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE no le es aplicable a su nave, pues su permiso de pesca fue otorgado al MORDAZA de la Ley Nº 26920, ademas que dentro de las caracteristicas tecnicas que constan en el Formato Nº 1, se precisa que la nave cuenta con sistema de preservacion mediante MORDAZA de hielo; Que, al respecto, debe precisarse que el recurso de reconsideracion presentado por el administrado resultaba improcedente, debido a que el Oficio que se impugnaba no constituia un acto definitivo que ponia fin a una instancia administrativa, sino que por el contrario, comunicaba el inicio de un procedimiento administrativo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 848-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 27 de octubre 2009, se aprobo a favor de los senores MORDAZA PAZO MORDAZA, y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUEREVALU y MORDAZA MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 045-2003-GOB.REG-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de febrero de 2003; Que, segun el Registro de Declaraciones Juradas Mensuales por Concepto de Pago de Derechos de Pesca que posee el Area de Computo de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT-4238-CM, no ejercio el esfuerzo de pesca minimo para jurel y caballa durante el periodo comprendido entre los anos 2004 al 2007; Que, mediante Memorando Nº 337-2010-PRODUCE/ OGTIE de fecha 27 de MORDAZA de 2010 el Director de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica informa que en el sistema de Informacion Estadistica de Pesca Rubro Tolvas de esa Oficina General no se encuentra Registrada Informacion sobre desembarques de las especies jurel y caballa, para el periodo comprendido entre los anos 2003 al 2007, correspondientes a la embarcacion MI MORDAZA de matricula PT-4238-CM; Que, mediante el Oficio Nº 3308-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch, de fecha 7 de junio de 2010 notificado el 9 de junio de 2010, se comunico a los senores MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyugue MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUEREVALU y MORDAZA MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que de acuerdo a los registros de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT4238-CM no ha ejercido esfuerzo pesquero durante el periodo comprendido desde la obtencion del permiso de pesca (13 de febrero de 2003) y la entrada en vigencia del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE (14 de MORDAZA de 2007). Asimismo, se les comunico el inicio del procedimiento de caducidad en torno a la referida embarcacion, otorgandoles un plazo de diez (10) dias para que ejerzan su derecho de defensa y demuestren el esfuerzo de pesca ejercido por su embarcacion durante el mencionado periodo; Que, con escrito de Registro Nº 50434-2010 de fecha 23 de junio 2010, el senor MORDAZA PAZO MORDAZA manifiesta que durante el periodo comprendido entre los anos 2003 al 2007, su embarcacion si ejercio esfuerzo pesquero, habiendo hecho entrega de las especies jurel y caballa a la Universidad Nacional de MORDAZA, las cuales fueron utilizadas para el procesamiento de seco salado y ahumado; indica que ha solicitado a la mencionada universidad los documentos que acrediten las descargas, los que seran presentados oportunamente; Que, mediante Oficio Nº 3972-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 12 de MORDAZA 2010, se comunico al administrado que se le otorgaba un plazo adicional de cinco (5) dias para que ejerza su derecho de defensa y demuestre el esfuerzo pesquero realizado por su

embarcacion durante el periodo comprendido entre el ano 2003 hasta la fecha; Que, con escrito de Registro Nº 50434 adjunto 1 de fecha 27 de MORDAZA 2010, el senor MORDAZA PAZO MORDAZA manifiesta que, debido al cambio de jefaturas al interior de la Universidad Nacional de MORDAZA, no ha podido obtener hasta la fecha los documentos solicitados; ademas refiere que esta solicitando a personas intermediarias documentos que acrediten el esfuerzo pesquero realizado por su nave; Que, mediante Oficio Nº 4550-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 11 de agosto 2010, esta Direccion General solicito a la Universidad Nacional de MORDAZA, Facultad de Ingenieria Pesquera, que se sirva remitir los documentos que acrediten la entrega a dicha universidad de recursos hidrobiologicos jurel y caballa por parte del senor MORDAZA PAZO MORDAZA, armador de la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT4238-CM; Que, mediante Oficio Nº 352-OA.FIP-UNP-10 de fecha 17 de septiembre 2010, la Decana de la Facultad de Ingenieria Pesquera de la Universidad Nacional de MORDAZA, informa que la mencionada universidad no ha recepcionado recursos hidrobiologicos por parte del senor MORDAZA PAZO REYES; Que, a pesar del tiempo transcurrido desde el primer requerimiento hecho al administrado para que presente sus descargos, este ha incumplido con presentar documento probatorio alguno que demuestre el esfuerzo pesquero efectuado por su embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT-4238-CM, respecto de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa; Que, en consecuencia, se determina que la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT4238-CM ha incumplido con realizar el esfuerzo de pesca minimo para la extraccion de los recursos jurel y caballa entre los anos 2004 al 2007, por lo que resulta de aplicacion la declaracion de caducidad de su permiso de pesca para dichos recursos, de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE de fecha 12 de MORDAZA 2007; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 5272010-PRODUCE/DGEPP-Dch; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; y, De conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT-4238-CM, otorgado con Resolucion Directoral Nº 045-2003-GOB.-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de febrero de 2003 y modificado con Resolucion Directoral Nº 848-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 27 de octubre de 2009, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, asi como tambien debera consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 570456-3

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