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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 1998 (18/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

Pág. 158262 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de marzo de 1998 PROYECTO DE REGLAMENTO DE FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN EN VALORES Y SUS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS Título I : Disposiciones Preliminares Título II : Autorizaciones e Inscripciones Capítulo I : De la Autorización de Organización de la Sociedad Administradora Capítulo II : De la Autorización de Funcionamiento de la Sociedad Administradora Capítulo III : De la Inscripción del Fondo Mutuo y del Custodio Capítulo IV : De la Inscripción de las Modificaciones al Reglamento Interno, Contrato y Pros- pecto de Colocación Capítulo V : De la Autorización de Transferencia del Fondo Mutuo Título III : Fondos Mutuos de Inversión en Va- lores Capítulo I : De las Disposiciones Generales Capítulo II : De las Cuotas y su Colocación Capítulo III : De las Transferencias y Rescates de Cuo- tas Capítulo IV : De la Valorización de Cuotas y la Remu- neración Capítulo V : De las Inversiones y Excesos de Inver- sión Capítulo VI : De los Estados Financieros Título IV : Sociedades Administradoras de Fon- dos Mutuos de Inversión en Valores Capítulo I : De la Denominación y el Capital Social Capítulo II : De las Garantías Capítulo III : Del Area de Inversiones Capítulo IV : De la Contabilidad y Registros Capítulo V : De las Obligaciones de Información Capítulo VI : De las Comisiones y Gastos Capítulo VII : De las Limitaciones y Prohibiciones Título V : Del Comité de Vigilancia Título VI : De la Custodia Capítulo I : Disposiciones Generales Capítulo II : Sustitución del Custodio Título VII : Separación de Actividades Título VIII : Conflicto de Intereses Título IX : Intervención, Disolución y Liquida- ción Capítulo I : De la Intervención de la Sociedad Admi- nistradora Capítulo II : De la Disolución y Liquidación de la So- ciedad Administradora Capítulo III : De la Liquidación del Fondo Mutuo Capítulo IV : De la Exclusión del Registro Disposiciónes Finales Disposiciones Transitorias Anexo A : Modelo de Prospecto de Colocación Anexo B : Normas Sobre Valorización de Inversio- nes de los Fondos Mutuos Anexo C : Normas Sobre Publicidad de los Fondos Mutuos Anexo D : Condiciones para la Inversión en el Ex- tranjero Título I Disposiciones Preliminares Artículo 1.- Objeto.- Es objeto del presente Regla- mento establecer las normas a las que deben sujetarse los Fondos Mutuos, así como sus Sociedades Administrado- ras y Custodios. Artículo 2.- Supletoriedad de las Reglas de la Comisión Mercantil.- La relación entre la Sociedad Administradora y los partícipes se rige supletoriamente por las reglas de la comisión mercantil. Artículo 3.- Definiciones.- Para los fines del presen- te Reglamento, los vocablos siguientes tienen el alcance que se indica: a) CONASEV: La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores; b) Custodio: La entidad encargada de brindar el servi- cio de custodia de las inversiones de los Fondos Mutuos; c) Diario Oficial: El Diario “El Peruano”, en la capital de la República, o el diario encargado de las publicaciones judiciales en los demás lugares, según corresponda; d) Días: Los útiles; e) Empresas del Sistema Financiero: Las empresas del sistema financiero autorizadas para operar en el país, bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros; f) Fondos Mutuos: Los Fondos Mutuos de Inversión en Valores; g) Ley: La Ley del Mercado de Valores; h) Ley de Sociedades: La Ley General de Sociedades; i) Ley General: La Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros; j) Parientes : Los que resultan de la aplicación del artículo 8º inciso n) de la Ley de Mercado de Valores; k) Registro: El Registro Público del Mercado de Valores; l) Registro Público: El Registro de Personas Jurídicas del Sistema Nacional de los Registros Públicos; m) Reglamento: El presente Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Admi- nistradoras; n) RUC: Registro Unificado de Contribuyentes; o) Sociedad Administradora: Las Sociedades Adminis- tradoras de Fondos Mutuos de Inversión en Valores; p) Sociedades Auditoras: Las sociedades auditoras de categoría A, inscritas en el Registro Único de Sociedades de Auditoría (RUNSA); q) Superintendencia: La Superintendencia de Banca y Seguros; y, r) Vinculados: Los que resulten de la aplicación del Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupo Económico dictado por CONASEV. Título II Autorizaciones e Inscripciones Capítulo I De la Autorización de Organización de la Sociedad Administradora Artículo 4.- Solicitud.- La solicitud de organiza- ción debe ser presentada a CONASEV por al menos dos de las personas que van a constituir la Sociedad Admi- nistradora. No obstante, tratándose de subsidiarias de sociedades agentes de bolsa, la solicitud puede ser presentada únicamente por la sociedad agente de bolsa respectiva. Se denomina organizadores a todas las personas, na- turales o jurídicas, que van a constituir la Sociedad Admi- nistradora. Artículo 5.- Contenido de la Solicitud.- La solici- tud de organización deberá contener la siguiente informa- ción : Pág. 2 PROYECTO Lima, miércoles 18 de marzo de 1998