Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2001 (18/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

tros de Estado deberan presentar al Congreso de la Republica un informe de la gestion realizada, bajo la denominacion de Memoria Ministerial; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad a la referida Ley y el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2001-PCM, la MORDAZA de la Memoria Ministerial constituye un hecho extraordinario e imprevisible, cuyo cumplimiento resulta obligatorio por tratarse de una MORDAZA de orden publico y que en virtud a la obligatoriedad establecida en la citada MORDAZA, la Memoria Ministerial constituye un servicio esencial para las actividades del Estado toda vez que permite a la ciudadania un acceso transparente a la informacion de cada sector, en aras de una evaluacion y fiscalizacion permanente de la gestion gubernamental por parte de otros poderes del Estado; Que, para el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Decreto Supremo Nº 064-2001-PCM, se requiere la contratacion de los servicios de diseno, diagramacion, fotolitos, impresion y acabados de un mil quinientos (1,500) ejemplares de la Memoria Ministerial, a fin de que los mismos puedan ser presentados el 26 de MORDAZA de 2001 a los miembros del Congreso de la Republica; Que, en consecuencia es necesaria la contratacion de los referidos servicios hasta por la suma de S/. 31,000.00 mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 064-2001-PCM; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Oficina de Planificacion y Presupuesto , de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Asesoria General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion de los servicios de diseno, diagramacion, fotolitos, impresion y acabados de un mil quinientos (1,500) ejemplares de la Memoria Ministerial, a fin de que los mismos puedan ser presentados el 26 de MORDAZA de 2001 a los miembros del Congreso de la Republica. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, del MORDAZA de Adjudicacion Directa para la contratacion del servicio de edicion e impresion de un mil quinientos (1,500) ejemplares de la Memoria Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion, a traves de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, la contratacion de los servicios a los que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por la suma de Treinta y Un Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 31,000.00). Articulo 4º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico y Legal que la sustentan seran de conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 27340

JUSTICIA
Cancelan Titulo de Notario Publico de la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 225-2001-JUS MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2001 Vistos el Oficio Nº 100-JUS/CN-P y el Informe Nº 0162001-JUS/CN-P de fecha 10 de MORDAZA de 2001, del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2361-2001-CORNC-GSJ-GG/ PJ de fecha 13 de febrero de 2001, el Jefe del Centro Operativo del Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial comunico al Presidente del Consejo del Notariado, que don MORDAZA MORDAZA FERRER MORDAZA, Notario Publico de la provincia de MORDAZA, Distrito Notarial de La MORDAZA, tiene registrado antecedentes penales por delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, Falsedad Ideologica; Que, el Consejo del Notariado, en dos oportunidades invito a don MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA a fin de que informe oralmente respecto a su participacion en los hechos vinculados a la condena y sin embargo el notario no se presento; no obstante el 17 de MORDAZA del presente ano hizo de conocimiento del Consejo que interpuso un recurso de Revision en contra de la sentencia condenatoria de la Corte Superior y solicito que se posponga la actuacion administrativa hasta que la Corte Suprema se pronuncie respecto de dicho recurso; Que, el Consejo del Notariado solicito que la Sala Penal de la Corte Suprema expida MORDAZA certificada de la resolucion emitida respecto de la Queja por Denegatoria de Recurso de Nulidad, obteniendo como respuesta el Oficio Nº 408-P-SPTCS de fecha 23 de MORDAZA de 2001, por el que el Presidente de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema informa que con fecha 11 de diciembre del 2000, la Sala Penal de la Corte Suprema declaro infundada la Queja; Que, la interposicion de un recurso de Revision ante la Corte Suprema no suprime los efectos de la cosa juzgada propios de la Resolucion de MORDAZA Instancia; Que, en sesion del Consejo del Notariado de fecha 8 de MORDAZA del 2001 se acordo proponer que el senor Ministro de Justicia cancele el titulo del citado notario; Que, estando acreditado que el notario MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA fue condenado por delito doloso por sentencia de la Corte Superior emitida en MORDAZA penal sumario, la misma que constituye cosa juzgada conforme al Articulo 90º del Decreto Legislativo Nº 124 y habiendose producido el supuesto de hecho previsto en el inciso d) del Articulo 21º del Decreto Ley Nº 26002, procede de pleno derecho el cese en el cargo de notario, sin que MORDAZA lugar a la apertura de MORDAZA disciplinario; Que, resulta necesario cancelar el Titulo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en los incisos d) y e) del Articulo 21º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado y en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR, por cese el Titulo de Notario Publico de la provincia de MORDAZA, Distrito Notarial de La MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA FERRER VILLAVICENCIO. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de La MORDAZA y al interesado; para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 27233

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