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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2001 (18/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 206923 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de julio de 2001 José Miranda Nº 965, distrito y provincia de Pisco, depar- tamento de Ica, con una capacidad proyectada de 12 t/día. Artículo 2º.- Otorgar a MONT BLANC EXPORT S.R.Ltda. licencia de operación, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano directo, a través de su planta de congelado en el establecimiento industrial pes- quero ubicado en la calle Juan José Miranda Nº 965, distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica, con una capacidad instalada de 12 t/día. Artículo 3º.- MONT BLANC EXPORT S.R.Ltda, de- berá operar su planta de congelado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídi- co pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad higiene y segu- ridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera; asimismo deberá con- tar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, debiendo poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación verifica- dos por la Dirección Nacional del Medio Ambiente, tal como lo establece la Constancia de Verificación Nº 003- 2001-PE/DINAMA. Artículo 4º.- Incorporar al Anexo II, PLANTAS DE PROCESAMIENTO PESQUERO - CONGELADO de la Resolución Ministerial Nº 023-2001-PE, la planta de conge- lado de la empresa MONT BLANC EXPORT S.R.Ltda., ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer artículo de la presente Resolución, con una capacidad instalada de 12 t/día. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo 3º de la presente Resolución será causal de cadu- cidad del derecho otorgado o de la aplicación de las sancio- nes que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 27254 Incorporan embarcación en anexo III de resolución mediante la cual se aprobaron los listados de embarcacio- nes pesqueras de mayor escala con derecho de sustitución RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 140-2001-PE/DNEPP Lima, 16 de julio del 2001 Visto el escrito de Registro Nº 05120002 de fecha 8 de mayo del 2001, a través del cual se remite el escrito presentado por INVERSIONES EL PLEBEYO S.R.L. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 123-99-PE/DNE de fecha 24 de mayo de 1999, se incorporó al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, "Embarcaciones consideradas por el Ministerio de Pesquería para la susti- tución de capacidad de bodega a que se refiere el Artículo 24º de la Ley General de Pesca y los Artículos 19º y 24º de su Reglamento", entre otras embarcaciones pesqueras a la embarcación "PLEBEYO" de matrícula Nº CE-2023-PM, retirándola del Anexo I de la citada Resolución; Que mediante las Resoluciones Directorales Nºs 182- 99-PE/DNE y 220-2000-PE/DNE, se aprobaron los cam- bios del titular del permiso de pesca para operar la embarcación "PLEBEYO", a favor de EUGENIO LEON MARIÑOS y de INVERSIONES EL PLEBEYO S.R.L., respectivamente, incorporando ambas Resoluciones al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE; Que por Resolución Ministerial Nº 101-2001-PE de fecha 26 de marzo del 2001, fueron aprobados los listados de embarcaciones pesqueras de mayor escala con derecho de sustitución, consignándose a la embarcación pesquera "PLEBEYO", con matrícula Nº CE-2023-PM, en el AnexoI - Embarcaciones pesqueras no consideradas por el Minis- terio de Pesquería para la sustitución de capacidad de bodega a que se refieren el Artículo 24º de la Ley General de Pesca y los Artículos 12º y 18º de su Reglamento; Que mediante escrito del visto INVERSIONES EL PLEBEYO S.R.L. solicita la exclusión de la embarcación pesquera "PLEBEYO" del Anexo I de la Resolución Minis- terial Nº 101-2001-PE y su inclusión en el Anexo III de la citada Resolución, al haber cumplido con presentar el Certificado de Inspección de Condición y acreditar la operatividad de la citada embarcación en el plazo estable- cido por la Resolución Ministerial Nº 137-99-PE; Que de la evaluación del expediente se ha determinado que por error material de las Resoluciones Directorales Nºs 182-99-PE/DNE y 220-2000-PE/DNE se consignó la embarcación pesquera "PLEBEYO" en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, en consecuencia, corresponde rectificar dicho error, incluyendo la referida embarcación en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 101-2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar en el Anexo III de la Resolu- ción Ministerial Nº 101-2001-PE, a la embarcación pes- quera "PLEBEYO" de matrícula Nº CE-2023-PM, retirán- dola del Anexo I de la citada Resolución Ministerial, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 27255 Modifican nombre de embarcación y de titular de permiso de pesca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 141-2001-PE/DNEPP Lima, 16 de julio del 2001 Visto los escritos con Registros Nºs. 03680003 del 10 de abril y 03081003 del 3 de abril del 2001, presentados por los armadores CORPORACION PESQUERA SAN FRAN- CISCO S.A. Y JOSE EUSEBIO FIESTAS FIESTAS y TOMAS FIESTAS FIESTAS. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 006-98-PE/ DNE se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 371-94-PE y modificada por la Resolución Ministerial Nº 185-98-PE, para operar la embarcación pesquera R.B con Nº de matrícula CO-4328-PM, a favor de Pesquera San Fermín S.A.; Que mediante Resolución Directoral Nº 100-2001-PE/ DNEPP del 27 de marzo del 2001, se aprobaron los listados de embarcaciones pesqueras de mayor escala autorizadas a realizar extracción de diversos recursos hidrobiológicos mediante permiso de pesca, detallándose en anexo IV la relación de embarcaciones siniestradas de las cuales tiene conocimiento el MIPE, en la cual se consigna a la embarcación R.B con matrícula Nº CO-6366- PM como embarcación siniestrada;