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Pág. 207116 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de julio de 2001 § El aporte para el Ministerio de Educación de 2,738.99 m2 correspondiente al área mayor de 136,761.67se ubica en el lote 29 de la manzana E-1 de la Segunda Etapa. Artículo Tercero.- Considerar a la presente habili- tación de tipo progresivo dejando diferida las obras correspondientes a las veredas de las calles internascuya ejecución será asumida por "LA VENTUROSA" S.A. en un plazo no mayor de 10 años según lo estable- cido en el Numeral II-XXII-4.2. del Reglamento Nacionalde Construcciones. Las veredas de las calles internas se ajustarán a las características siguientes: - Tendrán un ancho de 1.20 ml. y en ambos extremos se construirán sardineles de concreto de 175 Kg/cm2, yde dimensiones 0.15 X 0.25 cm. El acabado estará cons- truido por un adoquinado de piedra y/o laja asentados en asfalto RC2 a 180°. Artículo Cuarto .- La propietaria de la habilitación queda obligada a insertar en los contratos de compra-venta que celebren, las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes, que estarán destinados al Uso Residencial "R4 excepto los lotes 1 al 4 de lamanzana F-1, lotes 1 y 2 de la manzana F-2, lotes 1 y 2 de la manzana A-1, lotes 1, 2, 20 y 21 de la manzana A- 2 y lotes 1 al 6 de la manzana B-1 que están destinadosa Comercio Local. Artículo Quinto .- Aprobar de conformidad con el plano signado con el Nº 054-2001-MML/DMDU-DHU losproyectos modificados referentes a trazado, lotización, pavimentación de calzadas y aceras y sembrío y orna- mentación del parque correspondiente a la habilitaciónurbana para Uso Residencial de Densidad Media "R4" del terreno de 48,367.78 m2, que conforma la Segunda Etapa de la urbanización Santa Rosa de Surco, provinciay departamento de Lima; en sustitución de los aprobados por Resolución Nº 065-99-MML-DMDU de 1 de julio de 1999. Artículo Sexto .- Autorizar a "LA VENTUROSA" S.A. a ejecutar en un plazo de 18 (dieciocho) meses las obras de habilitación urbana cuyos proyectos se aprue-ban y las que corresponden a los proyectos de las redes de servicios, en base a los planos firmados y sellados por los entes oficiales y al cuadro de áreas siguiente: Area Bruta Total 48,367.78 m2 Area Util Total 35,072.17 m2Area de lotes para vivienda (incluido lotes SERPAR) 32,333.18 m2 Area Ministerio de Educación 2,738.99 m2Area de Recreación Pública 2,578.00 m2 Area de Vías Públicas 10,717.61 m2 - El Aporte para el Ministerio de Educación se ubica en el lote 29 de la manzana E-1. - Los lotes 1 y del 32 al 36 de la Mza. E-2 con 967.35 m2 corresponden al aporte para Parques Zonales. - Las obras de pavimentación serán ejecutadas de conformidad con las características técnicas especifica-das en la Resolución Nº 008-98-MML-DMDU de 13 de enero de 1998. Artículo Sétimo .- Autorizar la Inscripción Provisio- nal Individualizada de conformidad con el plano señala- do en el Artículo Quinto de la presente resolución. - Del área Bruta Total de 48,367.78 m2 corresponde a área útil 35,072.17 m2 que se distribuye de la siguienteforma: MANZANA Nº NUME- AREA LOTES RACION m2 E-1 29 1 AL 29 7,380.65 m2 E-2 36 1 AL 36 6,801.15 m2 G 1 1 1,446.20 m2 H 1 1 19,444.17 m2 ___ _____________ 67 35,072.17 m2Artículo Octavo .- Autorizar a "LA VENTUROSA" S.A. a celebrar contratos de venta garantizada sobre los lotes 1 al 28 de la manzana E-1 y 2 al 31 de la manzana E2 con un área total de 10,475.46 m2 de terreno; quedan-do como carga inscrita en los Registros Públicos de Lima la reserva del lote Nº 1 de la manzana "G" con un área de 1,446.20 m2, quedando en garantía de la ejecución deobras de los lotes cuya venta garantizada se autoriza, hasta la recepción de las obras en su totalidad, debiendo cumplirse con lo dispuesto en el Artículo II-XIX-3.4 delReglamento Nacional de Construcciones, dejando cons- tancia que la garantía no incluye a las edificaciones. Artículo Noveno .- La publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de la interesada y se efectuará en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de su notificación. Artículo Décimo .- Transcríbase a la Oficina Regis- tral de Lima y Callao para la inscripción correspondien- te, a la Municipalidad de Santiago de Surco para queincorpore al radio urbano de su jurisdicción la habilita- ción que se recepciona y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conoci-miento. Regístrese y comuníquese.CARLOS BRINGAS CONSTANTINI Director MunicipalDirección Municipal de Desarrollo Urbano 27292 MUNICIP ALIDAD DE JESÚS MARÍA Declaran que actos administrativos sobre remoción de objetos o demoli-ción de obras existentes en áreas de dominio público, no están sujetos a procedimientos de ejecución coactiva ORDENANZA Nº 65 Jesús María, 19 de julio de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; CONSIDERANDO: Que, constituye regla en derecho administrativo, la ejecutoriedad de los actos administrativos, esto es, quelos actos administrativos tiene carácter ejecutario, salvo disposición legal expresa en contrario o mandato judi- cial; Que, dicha regla se encuentra estipulada en los Artí- culos 92º y 104º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y el Artículo 114º nu-meral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, no obstante ello, existen excepciones a dicha disposición, como la establecida en la Ley de Procedi-mientos de Ejecución Coactiva aprobada por Ley Nº 26979, determinando en su Artículo 12º literales c) y d) que los actos de ejecución forzosa regulados son, entreotros, las demoliciones, construcciones de cercos o simi- lares; reparaciones urgentes en edificios, salas de espec- táculos o locales públicos; clausura de locales o serviciosy adecuación a reglamentos de urbanización o disposi- ciones municipales o similares, salvo regímenes especia- les; y en general todo acto de coerción para ejecución deobras, suspensiones, paralizaciones, modificación o des- trucción de las mismas que provengan de actos administrativos de cualquier entidad, excepto regíme-nes especiales;