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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2001 (25/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

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Pág. 23 SEPARATA ESPECIAL Lima, viernes 25 de mayo de 2001 COMPOSICIÓN DE LA CARTERA DE BONOS DEL SISTEMA DE FONDOS MUTUOS POR CATEGORÍA DE RIESGO 0%6%12%18%24%30% AAA AA+ AA AA- A+ A A- BBB+ BBB BBB- BB+ BB BB- B+ CC C D E Al 30 de noviembre del 2000 Nota .- Se consideró la clasificación de riesgo de menor calidad. Similar comportamiento se observa en los fondos de pensiones. A cierre de noviembre del año 2000, el 67,9% del valor de la cartera estaba compuesta por bonos emitidos por empresas no financieras –Bonos Corporativos y Bonos Titulizados– de categoría de riesgo I. COMPOSICIÓN DE LA CARTERA DE BONOS NO FINANCIEROS ADMINISTRADA POR LAS AFP POR CATEGORÍA DE RIESGO 0%10%20%30%40%50% AAA AA+ AA AA- A+ A BBB+ BBB BB+ BB- CCC Al 30 de noviembre del 2000 Nota .- Se consideró la clasificación de riesgo de menor calidad. 1.3 Limitado acceso de las Pymes al mercado de valores La situación descrita en el punto anterior plantea una limitante directa a la emisión de obligaciones por parte de pequeñas y medianas empresas. En principio, si se considera como parámetro para categorizar a la peque- ña empresa un volumen de activos inferior a US$ 1,0 millón,18 éstas quedarían descartadas para una incur- sión directa en el mercado. En cuanto a la mediana empresa, considerando el volumen de activos inferior a US$ 25 millones19, y teniendo en cuenta la relación existente entre el monto emitido vía oferta pública primaria y el volumen de activos de emisiones realiza- das entre 1995 y 1999, se tiene como resultado que las empresas podrían emitir bonos corporativos por un monto máximo de alrededor de US$ 7,5 millones. Aún cuando se considerara que –aunque difícilmente– se podrían llegar a colocar montos de emisión entre US$ 5 millones y US$ 10 millones, no hay que olvidar que estas empresas se caracterizan por tener asociado un nivel de riesgo mayor al que estarían dispuestos a asumir los principales demandantes. Ello indicaría pocas probabilidades de colocación para dichos valores en el mercado. Adicionalmente, es importante señalar que la experien- cia internacional no ha mostrado resultados positivos en cuanto a la aplicación de normas orientadas a redu- cir los costos de transacción mediante la flexibilización de requerimientos de inscripción o registro de valores emitidos por oferta pública primaria, con el objetivo de incorporar a la pequeña y mediana empresa al mercado de valores20. En el caso de los emisores, la obligación de informar, la falta de cultura de mercado y los costos asociados a la emisión y cotización de los valores,21 son todos factores que desalientan su participación en el mercado. Por el lado de los inversionistas, estos facto- res se centran básicamente en la reducida cantidad de la oferta (costos fijos de análisis de inversión y bajosniveles de liquidez), los altos niveles de riesgo que tienen asociados la pequeña y mediana empresa (falta 18Tomando en cuenta el límite de “ventas” de US$ 1,5 millones, establecido por COFIDE, se establece un límite en función de “activos” para mantener la relación que existe entre volumen de activos y necesidades de financiamiento. Se reconoce, que usualmente las pequeñas empresas mantienen un ratio de rotación de ventas (Ventas / Activos) mayor a 1, por lo que se ha establecido un nivel de activos de US$ 1,0 millón. 19Se considera el límite de US$ 30 millones en ventas que viene siendo empleado por los bancos, haciéndose la misma acotación respecto a la rotación de ventas que en la nota de pie anterior para el establecimiento del límite en términos de activos, el cual además coincide con el empleado por la Comunidad Europea. 20En el caso de Argentina , por ejemplo, la flexibilidad normativa establecida para favorecer las emisiones públicas por parte de las pequeñas y medianas empre- sas no ha tenido el éxito esperado, debido fundamentalmente a que la informa- ción contable de estas empresas en la mayoría de casos no se encuentra en orden. Se ha detectado también gran resistencia por parte de las pyme para exponer sus estados financieros debido a factores impositivos. Así, a enero del año 2001 estaban autorizadas a cotizar 12 obligaciones negociables de peque- ñas y medianas empresas, por un monto de US$ 27,5 millones; de ese total, la inversión de las Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensiones ascendía a menos de US$ 1 millón, en parte debido a que se han registrado varios casos de incumplimiento y a que existe un problema de límites de inversión –no más del 20 por ciento de una determinada emisión– que hace que las inversiones resulten poco atractivas en términos de costos fijos de análisis de inversión, sobre todo considerando que los montos máximos autorizados han sido de US$ 5 millones. En España , aún cuando el ordenamiento legal ha contemplado la creación de mercados especiales - como el Segundo Mercado - para facilitar la financiación de las pequeñas y medianas empresas, el resultado obtenido con la creación de los Segundos Mercados ha sido poco satisfactorio. En la actualidad funcionan en España los Segundos Mercados de las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona y Bilbao, cuya característica fundamental de regulación es la disminución de los requisitos de admisión de valores. Sin embargo, al 12 de marzo de 2001 se encontraban admitidas a cotización en el Segundo Mercado sólo 23 sociedades, mientras que en el Primer Mercado, eran más de 2 000 las entidades emisoras admitidas a cotización. 21En el caso de la emisión de acciones, se presentaría además el temor a la pérdida de control.