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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (07/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 216959 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de febrero de 2002 IPEN Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presu- puestal 2002 INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 010-02-IPEN/PRES Lima, 25 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano de Energía Nuclear es una Institución Pública Descentralizada perteneciente al Sec- tor de Energía y Minas, según D. Ley Nº 21875, con auto- nomía técnica, administrativa y económica; Que, el Art. 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las entidades pú- blicas deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, para prever los bienes, obras y servicios que se requerirán durante el período presupuestal, el mis- mo que debe ser aprobado por la máxima autoridad administrativa del IPEN; Que, nuestra Institución ha elaborado un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que se requerirá du- rante el ejercicio presupuestal 2002, en atención a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 022-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200- 2001-CONSUCODE; Que, el Art. 5º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, establece que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se consolida la información sobre Licitaciones y Concursos Públicos, Ad- judicaciones Directas y opcionalmente las Adjudicaciones de Menor Cuantía; Que, el Art. 6º del D.S. Nº 079-2001-PCM, modificato- ria del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, establece la información mínima que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Pe- ruano de Energía Nuclear - IPEN, en el cual se consolida- rá la información de los procesos de selección que se rea- lizarán en el indicado año fiscal; De conformidad con el Art. 9º inciso i) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por R.S. Nº 054- 91-EM/VME, Art. 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM que aprue- ba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Arts. 5º, 6º y 7º del D.S. Nº 013- 2001-PCM que aprueba Reglamento de dicha Ley, y D.S. Nº 079-2001-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Administración y del Director General de Asesoría Jurí- dica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN para el año 2002, el mismo que en anexo se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolu- ción. Artículo Segundo.- Disponer que la presente Resolu- ción se publique en el Diario Oficial El Peruano y que el Plan Anual aprobado se ponga a disposición de los intere- sados en la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual apro- bado sea remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comi- sión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME. Regístrese y comuníquese. MODESTO MONTOYA ZAVALETA Presidente 2634OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Establecen precedente de observancia obligatoria sobre la fecha del contrato de compraventa para efectos registrales RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 017-2002-ORLC/TR Lima, 15 de enero de 2002 APELANTE :LUIS MANUEL VELÁSQUEZ MAEHIRA TÍTULO :Nº 187190 DEL 9 DE OCTUBRE DE 2001 HOJA DE TRÁMITE :Nº 50116 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2001 REGISTRO :REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LIMA ACTO INSCRIBIBLE :COMPRAVENTA SUMILLA :DISPOSICIÓN DE BIENES DEL REPRESEN- TADO “Para la eficacia de los actos de disposición o gravamen realizadas por apoderado, en razón a la implicancia patrimonial que dicho ejercicio con- lleva, se requiere que las facultades sean otor- gadas de manera expresa e indubitable”. FECHA CIERTA “La fecha cierta del contrato no está dada por la fecha de la minuta, sino por la fecha del instru- mento que la formaliza. I. DECISIÓN IMPUGNADA Se ha interpuesto apelación contra la observación for- mulada por el Registrador del Registro de Propiedad In- mueble de Lima Dr. Carlos Alberto Cilloniz Eguren. El Re- gistrador denegó la inscripción por los siguientes funda- mentos: “Subsiste la observación por cuanto el Sr. Luis Manuel Velásquez Maehira no cuenta con facultades de disposición específicamente indicados en la partida de mandatos y poderes los mismos que por ser facultades especiales deben constar en forma taxativa.- Base legal: Arts. 155, 156 y 2011 del Código Civil, Arts. 74 y 75 del Código Procesal Civil; Arts. 32, 33, 38 y 39 del Reglamen- to General de los Registros Públicos”. II. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DO- CUMENTACIÓN PRESENTADA Inscripción de la venta del inmueble ubicado en la ave- nida Manco Cápac Nº 1588, 1590, 1590-A, distrito de La Victoria, otorgada por Kosei Maekawa Nakama y Kosuke Maekawa Oshiro, representados por Luis Manuel Velás- quez Maehira a favor de la sociedad conyugal conformada por Julio Kanashiro Kanashiro y Carmen Maehira García de Kanashiro, en virtud de partes notariales de la escritura pública del 5 de octubre de 2001 extendida ante el notario Juan Bélfor Zárate Del Pino. III. ANTECEDENTE REGISTRAL El inmueble materia de venta, corre registrado en el Tomo 302, Fojas 457, continuando en la Partida Electróni- ca Nº 07025125, cuyo dominio corresponde a Kosei Mae- kawa Nakama y Kosuke Maekawa Oshiro, conforme cons- ta del Asiento C00001 de la referida partida. IV. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES Interviniendo como Vocal ponente el Dr. Samuel Gál- vez Troncos. De lo expuesto y del análisis del caso, a criterio de esta Sala la cuestión en discusión es, si Luis Manuel Velásquez Maehira está facultado para formalizar la minuta de com- praventa otorgada por sus representados y/o disponer de los bienes inmuebles de éstos. V. ANÁLISIS Primero.- Por escritura pública de compraventa del 5 de octubre de 2001, Luis Manuel Velásquez Maehira, según po- der inscrito en la Partida Electrónica Nº 11264648 del Regis- tro de Mandatos y Poderes y en representación de Kosei Maekawa Nakawa y Kosuke Maekawa Oshiro, titulares de dominio del inmueble citado en el numeral II, otorga en venta