NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/09/2002)
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TEXTO PAGINA: 37
Pág. 229651 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de setiembre de 2002 pal brindar el apoyo y las facilidades que requieran las enti- dades citadas en el artículo segundo hacia el cumplimiento de los objetivos descritos en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 16076 Autorizan publicación de la Resolución de Concejo Nº 250 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 14571 Lima, 5 de agosto de 2002 VISTO: El Oficio Nº 725-2002-SG/MSI de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de San Isidro, solicitando autorización para la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de Concejo Nº 250-MML de fecha 27 de se- tiembre, por no haber sido notificada al interesado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Concejo Nº 250-MML de fecha 27 de setiembre de 2001, el Concejo Metropolitano de Lima declaró infundado el recurso de revisión interpues- to por don Edgar Carrión Sablich contra la Resolución Di- rectoral Distrital de San Isidro Nº 1057-2000-09-DM/MSI de fecha 4 de setiembre de 2000, expedida por la referida Municipalidad; Que, en los actuados obran dos Constancias de Notifi- cación devueltas por el servicio de mensajería por no haber sido encontrado el señor Edgar Carrión Sablich, una, y la otra por no haber querido ser recibida por la persona que contestó y no quiso firmar, manifestando que no se encon- traba el encargado; Que, con Oficio Nº 220-2002-SG/MSI de la Municipa- lidad Distrital de San Isidro, se establece que dicha resolu- ción no ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, a efecto de dar cumplimiento a la notificación de la referida Resolución de Concejo, es necesario efectuar su publicación en el Diario Oficial El Peruano; De lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Único.- AUTORIZAR la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de la Resolución de Concejo Nº 250- MML de fecha 27 de setiembre de 2001, emitida por el Con- cejo Metropolitano de Lima que declaró infundado el recur- so de revisión interpuesto por don Edgar Carrión Sablich contra la Resolución Directoral Distrital de San Isidro Nº 1057-2000-09-DM/MSI de fecha 4 de setiembre de 2000, publicación que se efectuará conjuntamente con la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 16005 Emiten disposiciones relativas a Proyectos sobre adopción de medidas necesarias para la restitución del su- ministro eléctrico en el ex Campo Fe- rial Las Malvinas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 14974 Lima, 6 de septiembre de 2002 VISTO, el Oficio Nº 033-2002-MP-FN-2°FEPD-ASC emitido por la Segunda Fiscalía de Prevención del Deli- to, del Distrito Judicial de Lima - Área de Servicios a laColectividad, respecto del Oficio Nº 2815-2002-MML- DMCDC y en atención que de la Resolución Fiscal acom- pañada aparece que ese despacho Fiscal en virtud del escrito presentado por la Empresa de Distribución Eléc- trica de Lima Norte - EDELNOR S.A.A de fecha 21 de enero del año en curso, solicitó efectuar acciones pre- ventivas destinadas a dar solución a la problemática en el ex Campo Ferial las Malvinas a consecuencia de las malas instalaciones eléctricas que originaron poste- riormente que EDELNOR S.A.A. efectúe el corte del flui- do eléctrico en todo el ex Campo Ferial; y, CONSIDERANDO: Que, como lo señala también el segundo considerando de la Resolución Fiscal, los comerciantes del citado ex cam- po ferial han manifestado ante la Municipalidad Metropoli- tana de Lima que se ha cumplido con las recomendaciones que le fueran efectuadas. Que, en el tercer considerando de la Resolución Fiscal se precisa que la Municipalidad Metropolitana de Lima co- municó a la Fiscalía por escrito de fecha 12 de agosto que se ha recepcionado y evaluado los proyectos eléctricos presentados por los responsables de los suministros, ha- biendo sido remitidos a la Fiscalía para su derivación a OSINERG Y EDELNOR para la calificación correspondien- te. Que, según el quinto considerando de la mencionada Resolución Fiscal, si bien la Empresa de Distribución Eléc- trica de Lima Norte - EDELNOR S.A.A. fue quien primero solicitó a la Fiscalía la adopción de medidas de prevención en razón de sus funciones, también recae en dicha Institu- ción la restitución de la energía eléctrica. Que, la resolución Fiscal exhorta a la Municipalidad Metropolitana de Lima a fin que a la brevedad cumpla con sus funciones señaladas en la Ley Orgánica de Municipali- dades, dando solución a la documentación presentada por los comerciantes responsables de los suministros para cuyo efecto la Fiscalía devuelve los documentos antes remitidos y recomienda a la empresa EDELNOR S.A.A. a fin de que cumpla con efectuar sus funciones sin perjuicio de prestar apoyo en lo que fuere de su alcance a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Estando a lo dispuesto en el artículo 47º incisos 6) y 9) y el artículo 65º incisos de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Recoger las observaciones y reco- mendaciones planteadas a los Proyectos presentados por los comerciantes responsables de los suministros eléctri- cos, en la revisión y evaluación de los mismos efectuada por el ingeniero mecánico electricista Juan Carlos Núñez Rondón C.I.P 2969 por encargo de la Municipalidad Metro- politana de Lima. Artículo Segundo.- Disponer se remita a los Comer- ciantes responsables de los Suministros eléctricos, los Pro- yectos calificados según lo resuelto en el artículo primero para la subsanación de las observaciones y recomendacio- nes recaídas en dichos Proyectos. Artículo Tercero.- Disponer se remita a la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte - EDELNOR, los men- cionados Proyectos calificados por el ingeniero mecánico electricista Juan Carlos Núñez Rondón para la adopción de las medidas que considere pertinentes en los trámites para la restitución en su oportunidad del(os) suministro(s) eléc- tricos en el ex Campo Ferial las Malvinas. Artículo Cuarto.- Exhortar a los usuarios el inmediato levantamiento de las observaciones a que se refiere el artí- culo primero y el fiel cumplimiento de los Proyectos presen- tados. Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente Reso- lución a la Segunda Fiscalía de Prevención del Delito, del Distrito Judicial de Lima - Área de Servicios a la Colectivi- dad, a cargo del doctor Wilfredo Ureta Torres, Fiscal Provin- cial Provisional, para que en cumplimiento de sus obliga- ciones haga el seguimiento de las medidas adoptadas por tratarse de una Fiscalía de Prevención del Delito. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 16081