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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 229653 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de setiembre de 2002 Que, los argumentos expuestos por el recurrente en su recurso impugnativo no enervan en forma o modo alguno los fundamentos que sustentan la resolución impugnada; toda vez que no constituye irregularidad alguna, ni consti- tuye vicio de nulidad el que la Administración Municipal haya atendido la solicitud presentada por aquellas personas que amparadas en su derecho de acción, solicitaron pronuncia- miento de la Corporación respecto de la construcción irre- gular efectuada por el recurrente; RESOLVIÓ: Primero. - Declarar INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por don Edgar Carrión Sablich contra la Reso- lución Directoral Distrital de San Isidro Nº 1057-2000-09- DM/MSI de fecha 04 de setiembre de 2000. Segundo .- Dar por agotada la vía administrativa. Regístrese, comuníquese y vuelva a la Municipalidad Distrital de San Isidro. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 16004 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan plazo de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales corres- pondientes al tercer trimestre de 2002 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029-2002 La Molina, 3 de setiembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 043 del 31 de enero del 2002, el Concejo Distrital de La Molina facultó a la Alcaldía para que dicte las disposiciones correspondientes, amplian- do los plazos de pago de las cuotas del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales; Que, el plazo de pago del Impuesto Predial y de los Ar- bitrios Municipales correspondientes al tercer trimestre del presente año, vence el día 2 de setiembre, resultando ne- cesario su prórroga hasta el día 30 de setiembre; Estando a lo expuesto y en armonía con lo previsto por el Artículo 47º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de setiembre del 2002 el plazo de pago del Impuesto Predial y los Arbi- trios Municipales correspondientes al tercer trimestre del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 16088 Modifican el Cuadro de Servicios No Exclusivos 2002, en lo relativo a dere- chos de pago de diversos servicios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 030-2002 La Molina, 3 de setiembre de 2002 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2002 de fe- cha 18 de julio del 2002, se aprobó el Cuadro de ServiciosNo Exclusivos 2002 de la Municipalidad de La Molina y los derechos que en él se consignan; Que, mediante Informe Nº 186-02-MDLM/OPVSS, la Directora de Participación Vecinal y Servicios Sociales, so- licita la modificación de los Procedimientos Nº 2, numeral 8, Nº 6, numeral 8 y Nº 9, letra o, del Cuadro de Servicios No Exclusivos 2002, correspondientes a dicha área; Estando al mérito de lo expuesto y en uso de las facul- tades conferidas por el Artículo 2º y 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro de Servicios No Exclusivos 2002, en lo que corresponde a los derechos a pagar por los siguientes servicios: CASA DE LA JUVENTUD.- Formación Académica y Social 2.- Mensualidades - Cursos de Formación..................... 0.65% de la UIT CENTRO MÉDICO MUNICIPAL.- 6: Servicio de Salud 8.- Informe Psicológico...................... 0.20% de la UIT SERVICIO SOCIAL DE ODONTOLOGÍA.- 9: Servicio Social de Odontología o.- Endodoncia Pieza Posterior ......... 1.55% de la UIT Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Participa- ción Vecinal y Servicios Sociales el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 16089 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de campañas de desagio de deudas tributarias y de flexi- bilización de multas administrativas ORDENANZA Nº 115-MSS Santiago de Surco, 5 de setiembre de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 102-MSS de fecha 9.MAY.2002 se aprobó la Campaña Especial de Regularización de Deudas Exigibles Pendientes de Pago - Desagio de Deudas Tributarias a desarrollarse del 1.JUN al 31.JUL.2002; Que, mediante Ordenanza Nº 98-MSS de fecha 10.ABR.2002 se aprobó la Campaña de Flexibilización y/o Con- donación de Sanciones Administrativas, la misma que median- te Ordenanza Nº 113-MSS se prorrogó hasta el 31.JUL.2002; Que, mediante Ordenanza Nº 114-MSS de fecha 1.AGO.2002 se prorrogaron los alcances de los beneficios establecidos en las Ordenanzas Nºs. 98 y 102-MSS; Que, se ha visto necesario otorgar una ampliación del plazo de vigencia de los mencionados beneficios a fin de facilitar su acceso a los vecinos y contribuyentes del distri- to;