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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2003 (04/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 84

PÆg. 236554 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de enero de 2003 VISTO: El Oficio Nº 037-CASPD-UNICA-2002, sobre Acta y Acuerdos de Apertura de Procesos Administrativos Disci-plinarios de los Docentes ex Directivos del CEPU - ICA, Ciclos 2000 I y II; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios se instauró por Resolución Rectoral Nº 037- R-UNICA-2002, del 22 de enero del 2002; Que, los miembros de la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios de la U.N.ICA, en ejercicio de sus funciones que le señala el Estatuto Universitario en sus artí- culos 226º y 227º, luego de tomar conocimiento que en elCEPU - ICA, Ciclos 2000 I y II, se han detectado presuntas irregularidades al haberse incrementado el número de vacan- tes en 7 Facultades, con diecinueve (19) vacantes adicionalesmás, sin que exista documento sustentatorio alguno que lo justifique conforme se señala en el Oficio Nº 246-DG-CEPU- UNICA-2002, hecho que compromete a los ex DirectoresDocentes de ese entonces: LORENZO QUISPE POLANCO; OMAR ROSALES PAPA; CARMEN CASTILLO GÁLVEZ y la ex Presidenta de la Comisión Ejecutiva Central de Admisión,ANA MARÍA KUROKI YSSI, lo que ha determinado que en su sesión del día 2 de octubre del 2002, acuerda aperturar pro- ceso administrativo disciplinario, contra los indicados ex Di-rectivos; Por lo que estando al acuerdo de la Comisión Académi- ca Superior de Procesos Administrativos Disciplinarios ensu sesión del día 2 de octubre del 2002, el artículo 93º del Estatuto de la U.N.ICA, el artículo 2º de la Resolución Rec- toral Nº 037-R-UNICA-2002, y en uso de las atribucionesconferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aperturar Proceso Administrativo Disci- plinario, a través de la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios de la Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, a los siguientes docentes ex Direc-tivos del CEPU - ICA, Ciclos 2000 I y II, LORENZO QUIS- PE POLANCO; OMAR ROSALES PAPA; CARMEN CAS- TILLO GÁLVEZ; y ANA MARÍA KUROKI YSSI, por haber-se incrementado el número de vacantes en 7 Facultades con diecinueve (19) vacantes adicionales más sin que exista documento sustentatorio que lo justifique, trasgrediéndoseel artículo 51º inciso b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y el artículo 223º y 224º inciso a) del Estatuto Universitario. Artículo 2º.- Hacer conocer la presente resolución a cada uno de los que se les aperture proceso a través del Secretario de la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplina- rios, para el caso de los docentes ex Directivos del CEPU -ICA, a fin de que en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la resolución, presenten sus des- cargos por escrito con los fundamentos legales y pruebas quedesvirtúen los cargos materia del proceso. En caso de no ser ubicados, el procesado será notificado por edicto en el Diario Oficial de la localidad o en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- De no presentar sus descargos en el pla- zo señalado se darán por aceptados los cargos materia del proceso con la sanción que cada caso amerite. Artículo 4º.- La documentación deberá ser presentada en la Secretaría de la Oficina de SECIGRA de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U.N.ICA, ubicada enla calle Huánuco Nº 218 (Local Central de la universidad), en el horario de 9.00 a.m. a 1.00 p.m. Regístrese, comuníquese y archívese. RAFAEL CAPARO HIDALGO Rector 00029 UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN LUIS GONZAGA" DE ICA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 989-R-UNICA-2002 Ica, 4 de noviembre del 2002VISTO: El Oficio Nº 037-CASPD-UNICA-2002, sobre Acta y Acuerdos de Apertura de Procesos Administrativos Disci-plinarios de los Docentes y Funcionarios Administrativos de la Universidad; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios se instauró por Resolución Rectoral Nº 037- R-UNICA-2002, del 22 de enero del 2002; Que, los miembros de la Comisión Académica Supe- rior de Procesos Disciplinarios de la U.N.ICA, en ejercicio de sus funciones que le señala el Estatuto Universitario en sus artículos 226º y 227º, luego de tomar conocimientoque en el procesamiento de los expedientes sobre bonifi- cación por quinquenios de los docentes JOSÉ GUILLER- MO TIPIANI DONAYRE y JUAN PEDRO ANGULO MEN-DOZA, se han detectado presuntas irregularidades que comprometen a ambos docentes y a los Funcionarios Ad- ministrativos informantes JESÚS CAHUA JAYO y MANUELBENAVIDES PALOMINO, de la Dirección General de Per- sonal, por lo que en su sesión del día 2 de octubre del 2002, acuerda aperturar proceso administrativo disciplina-rio contra los indicados docentes; Que, asimismo, se ha detectado presuntas irregulari- dades en el procesamiento del expediente seguido por ladocente Betsabé Emperatriz Zuloeta del Valle, sobre sub- sidio por fallecimiento de su señor padre Julio Zuloeta Ro- bles, apareciendo un Informe final del Director Adjunto dela Dirección General de Personal, donde se pretende favo- recer a otra persona, Por lo que estando al acuerdo de la Comisión Acadé- mica Superior de Procesos Administrativos Disciplinarios en su sesión del día 2 de octubre del 2002, el artículo 93º del Estatuto de la U.N.ICA, el artículo 2º de la ResoluciónRectoral Nº 037-R-UNICA-2002, y en uso de las atribucio- nes conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aperturar Proceso Administrativo Disci- plinario, a través de la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios de la Universidad Nacional "SanLuis Gonzaga" de Ica, a los siguientes docentes: JOSÉ GUILLERMO TIPIANI DONAYRE y JUAN PEDRO ANGU- LO MENDOZA, por las presuntas irregularidades que loscomprometen en el procesamiento de sus expedientes sobre bonificación de quinquenios, al transgredir el artícu- lo 51º inciso b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y los artí-culos 223º y 224º inciso a) del Estatuto Universitario. Artículo 2º.- Aperturar Proceso Administrativo Disci- plinario a través de la COMISIÓN ESPECIAL DE PROCE-SOS DISCIPLINARIOS a JESÚS CAHUA JAYO, Director Adjunto de Personal, por estar comprometido en irregulari- dades en el procesamiento de los expedientes sobre boni-ficación por quinquenios indicado en el numeral anterior y en el Expediente de Subsidio por fallecimiento, seguido por la docente Betsabé Emperatriz Zuloeta del Valle. Asimis-mo a MANUEL BENAVIDES PALOMINO, Director Ejecuti- vo de Personal, por estar comprometido en irregularidades en el procesamiento de los expedientes de bonificación porquinquenios, al transgredir ambos artículo 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 y el artículo 288º incisos a) y b) del Estatuto Universitario. Artículo 3º.- Hacer de conocimiento la presente resolu- ción a cada uno de los que se les apertura proceso a tra- vés del Secretario de la Comisión Académica Superior deProcesos Disciplinarios, para el caso de los docentes y por el Secretario de la Comisión Especial de Procesos Dis- ciplinarios, para los Funcionarios Administrativos, a fin deque en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución, presenten sus descargos por escrito con los fundamentos legales y prue-bas que desvirtúen los cargos materia del proceso. En caso de no ser ubicados, el procesado será notificado por Edic- to en el Diario Oficial de la localidad o en el Diario Oficial ElPeruano. Artículo 4º.- De no presentar sus descargos en el pla- zo señalado se darán por aceptados los cargos materiadel proceso con la sanción que cada caso amerite. Artículo 5º.- La documentación será presentada en la Secretaría de la Oficina de SECIGRA de la Facultad de