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PÆg. 247204 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2003 (4) Experiencia como instructor de vuelo por instrumen- tos, adquirida como instructor certificado de vuelo por ins-trumentos o como instructor de vuelo por instrumentos enun programa militar de entrenamiento de vuelo por instru-mentos, o una combinación de ambos que consista de porlo menos: (i) Dos (2) años y doscientos cincuenta (250) horas de vuelo; o (ii) Cuatrocientas (400) horas de vuelo. (d) Para un curso de entrenamiento distinto de aquéllos dirigidos a la expedición de un certificado / licencia de pilo- to privado o habilitación, o una habilitación por instrumen-tos o habilitación con privilegios de instrumentos, el ins-tructor jefe de vuelos debe tener: (1) Por lo menos un certificado/licencia de piloto de trans- porte de línea aérea o piloto comercial o ingeniero de vuelo y un certificado de instructor de vuelo válido, cada uno conhabilitación para la categoría y clase de aeronave usadaen el curso de entrenamiento, y para un curso de entrena-miento utilizando aviones o dirigibles, una habilitación eninstrumentos en el certificado de piloto comercial del ins- tructor. (2) Por lo menos dos mil (2,000) horas como piloto al mando o ingeniero de vuelo. (3) Experiencia en instrucción de vuelo, adquirida como instructor certificado o como instructor de vuelo básico enun programa militar, o una combinación de ambos, consis- tiendo de por lo menos: (i) Tres (3) años y un total de mil (1,000) horas de vuelo; o (ii) Mil quinientas (1,500) horas de vuelo. (e) Para ser elegido como jefe de instrucción de un cur- so en tierra para despachador de vuelo de la escuela depilotos, una persona debe tener por lo menos un año deexperiencia como instructor en tierra. 141.36Calificaciones del ayudante del jefe de ins- trucción (a) Para ser elegido como ayudante del jefe de instruc- ción de vuelo para un curso de entrenamiento, una personadebe cumplir los siguientes requisitos. (1) Poseer un certificado / licencia de piloto de trans- porte de línea aérea o piloto comercial o ingeniero de vueloy un certificado / licencia de instructor de vuelo. (2) Cumplir los requisitos de experiencia de vuelo re- ciente como piloto al mando o ingeniero de vuelo estable-cidos en la Sección 61.57 de la RAP 61. (3) Aprobar una prueba oral de los métodos de ense- ñanza, secciones pertinentes del AIP, y de las Partes 61,63 91,141 de las RAP, los objetivos y los estándares decumplimiento del curso aprobado para el cual la personaestá buscando una designación. (4) Aprobar un examen de vuelo en los procedimientos y maniobras apropiadas a ese curso. Y (5) Cumplir los requisitos pertinentes de los párrafos (b), (c) y (d) de esta Sección. Sin embargo, un ayudantedel jefe de instrucción de vuelo para un curso de entrena-miento para planeadores, globos libres, o dirigibles sólorequiere tener el 40% de las horas requeridas en los párra- fos (b) y (c) de esta Sección. (6) Contar con un certificado de un curso de técnicas didácticas de acuerdo a las Secciones 61.185 y 143.13 delas RAP 61 y 143 respectivamente. (b) Para el curso de entrenamiento dirigido a la expedi- ción de una habilitación o certificado de piloto privado, un ayudante del jefe de instrucción de vuelo debe tener: (1) Por lo menos un certificado/licencia de piloto de trans- porte de línea aérea o piloto comercial y certificado/licen-cia de instructor de vuelo válido, cada uno con la habilita- ción para la categoría y clase de aeronave usado en el curso. (2) Por lo menos quinientas (500) horas como piloto al mando.(3) Experiencia en instrucción de vuelo básico, ad- quirida ya sea como instructor de vuelo certificado ocomo instructor de vuelo básico en un programa mili- tar, o una combinación de ambos que consista de por lo menos: (i) Un año y doscientas cincuenta (250) horas de vuelo; o (ii) Quinientas (500) horas de vuelo. (c) Para un curso de entrenamiento dirigido a la expedi- ción de una habilitación con instrumentos o una habilita- ción con privilegios para instrumentos, un ayudante de jefe de instrucción de vuelo debe tener: (1) Por lo menos un certificado / licencia de piloto de transporte de línea aérea o piloto comercial y un certifica-do / licencia de instructor de vuelo válido, cada uno en una habilitación por instrumentos apropiada. (2) Por lo menos cincuenta (50) horas de vuelo bajo las condiciones de instrumento simuladas o reales; (3) Por lo menos quinientas (500) horas como piloto al mando (4) Experiencia como instructor de vuelo en instru- mentos, adquirida ya sea como instructor de vuelo en instrumentos certificado o como instructor en un pro-grama militar de entrenamiento de vuelo en instrumen- tos o por una combinación de ambos que consista de por lo menos: (i) Un año y cinto veinticinco (125) horas de vuelo; o (ii) Doscientas (200) horas de vuelo. (d) Para un curso de entrenamiento distinto a aquéllos dirigidos a la expedición de un certificado / licencia de pilo-to privado o habilitación o una habilitación para instrumen- tos o una habilitación con privilegios de instrumentos, un ayudante del jefe de instrucción de vuelo debe tener: (1) Por lo menos un certificado de piloto de transporte de línea aérea o piloto comercial, ingeniero de vuelo y uncertificado de instructor de vuelo válido. Cada uno con una habilitación para la categoría y clase de aeronave usada en el curso de entrenamiento. Para un curso de entrena-miento que utilice aviones o dirigibles, una habilitación de instrumentos en el certificado de piloto comercial del ins- tructor. (2) Por lo menos mil (1,000) horas como piloto al man- do o ingeniero de vuelo. (3) Experiencia de instrucción de vuelo, adquirida ya sea como instructor de vuelo certificado o como un ins- tructor en un programa militar de entrenamiento de vuelo básico o una combinación de ambos, que consista de porlo menos: (i) Un año y medio y quinientas (500) horas de vuelo; o (ii) Setecientas cincuenta (750) horas de vuelo. (e) Para ser elegible como ayudante del jefe de instruc- ción para un curso en tierra para despachador de vuelo de la escuela de pilotos, una persona debe tener por lo menos un año de experiencia como instructor en tierra. 141.37 Aeródromos (a) Un solicitante de expedición de un certificado de escuela de pilotos o de un certificado provisional de es- cuela de pilotos debe demostrar que tiene el uso continuode cada aeródromo, en el cual se originan los vuelos de entrenamiento. (b) Cada aeródromo utilizado para aviones o planeado- res debe tener por lo menos una pista o área de despegue que permita al avión de entrenamiento hacer un despegue y aterrizaje normal con peso bruto máximo. (1) Bajo condiciones de viento calma (no más de 3 nu- dos) y temperatura igual a la temperatura alta promediopara el mes más caluroso del año en el área de operación; (2) La trayectoria de despegue debe estar libre de obs- táculos por lo menos en un margen de cincuenta (50) pies. (3) Con la operación de los motores y la operación del tren de aterrizaje y flap, si fuese pertinente, de acuerdo a lo recomendado por el fabricante.