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PÆg. 315731 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 y cargos involucrados con el establecimiento, transporte y terminación de la comunicación. b. Comunicaciones locales y de larga distancia nacional desde Rural Telecom hacia América Móvil. De otro lado, con relación a las comunicaciones hacia las redes de servicios móviles, la Resolución de Consejo Directivo Nº 111-2003-CD/OSIPTEL estableció lassiguientes reglas: "Artículo 79º-N.- Las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de telefonía fija local (modalidad de abonados y de teléfonos públicos), ubicada en área rural o lugarconsiderado de preferente interés social, y destinadas a la red del servicio de telefonía móvil, servicio móvil de canales múltiples de selección automática (Troncalizado)y sistemas de comunicaciones personales (PCS), tendrán el siguiente tratamiento: a) La empresa cuya red está ubicada en el área rural o lugar considerado de preferente interés social será la que establezca la tarifa al usuario. b) La empresa cuya red está ubicada en el área rural o lugar considerado de preferente interés social será la que cobre la tarifa al usuario. c) La empresa del servicio móvil tendrá derecho a recibir el o los cargos de interconexión por el uso de los elementos de red que han intervenido en la comunicación. d) La empresa cuya red está ubicada en el área rural o lugar considerado de preferente interés social tendrá derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) latarifa final según lo establecido en el literal a), y (ii) el o los cargos percibidos por la otra empresa según lo establecido en el literal c)”. De esta forma, las tarifas a los usuarios del servicio de telefonía fija local (modalidad de abonados y deteléfonos públicos) de Rural Telecom por las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en su red y terminadas en la red decomunicaciones personales (PCS) de América Móvil, serán establecidas por Rural Telecom. Por las comunicaciones anteriormente mencionadas, Rural Telecom cobrará las correspondientes tarifas a sus usuarios y pagará a América Móvil el o los cargos de interconexión por el uso de sus elementos de red quehan intervenido en la comunicación. Las tarifas establecidas por Rural Telecom para las llamadas locales y de larga distancia nacional destinadasa la red del servicio de comunicaciones personales (PCS) de América Móvil, deberán cubrir todos los costos y cargos involucrados con el establecimiento, transportey terminación de la comunicación. c. Comunicaciones de larga distancia internacional hacia Rural Telecom. Por las comunicaciones de larga distancia internacional entrante por la red portadora de largadistancia internacional de América Móvil con destino a la red del servicio de telefonía fija local de Rural Telecom, ubicada en un área rural o lugar considerado de preferenteinterés social, considerando que América Móvil recibe un ingreso por la terminación de tráfico en el país, dicha empresa deberá pagar a Rural Telecom un cargo determinación en la red de Rural Telecom. 3.2.2 Cargo por terminación de llamadas en la red móvil de América Móvil. Mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 070- 2005-CD/OSIPTEL se fijaron los cargos de interconexión tope por terminación de llamada en las redes de los servicios móviles, estableciéndose, para el caso deAmérica Móvil los siguientes valores: Enero - Enero - Enero - Enero - Diciembre Diciembre Diciembre Diciembre 2006 2007 2008 2009 América Móvil US$ 0.1804 US$ 0.1555 US$ 0.1305 US$ 0.1056 Estos cargos de interconexión tope son por minuto tasados al segundo y no incluyen el Impuesto General a las Ventas. En ese sentido, para el caso de (i) las comunicaciones locales y de larga distancia originadasen la red del servicio de comunicaciones personales (PCS) y destinadas a la red del servicio de telefonía fija local (modalidad de abonados y teléfonos públicos),ubicada en un área rural o lugar considerado de preferente interés social, y (ii) las comunicaciones locales originadas en la red del servicio de telefonía fija local (modalidad deabonados y teléfonos públicos), ubicada en un área rural o lugar considerado de preferente interés social, y destinadas a la red del servicio de comunicacionespersonales (PCS); el cargo que América Móvil debe recibir por el tráfico cursado durante el año 2006, por concepto de originación y/o terminación de llamada en su red debeser igual a US$ 0.1804 por minuto, tasado al segundo, por todo concepto sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Este cargo, se reducirá gradualmente, tal comose detalla en el cuadro anterior, hasta un valor, en el año 2009, de US$ 0.1056 por minuto. 3.2.3 Cargo de terminación de llamadas en la red fija local de Rural Telecom. Para el caso de llamadas internacionales entrantes a través de la red portadora de larga distancia internacional de América Móvil con destino a los usuarios de la red de telefonía fija local de Rural Telecom ubicada en un árearural o lugar considerado de preferente interés social, se tendrá que aplicar un esquema de liquidación de cargos, mediante el cual América Móvil debe pagar a RuralTelecom el cargo por terminación de llamada en su red fija local, ubicada en un área rural o lugar considerado de preferente interés social. En ese sentido, mediante Resolución de Gerencia General Nº 551-2004-GG/OSIPTEL se aprobó el contrato de interconexión suscrito entre Rural Telecom y TelefónicaMóviles S.A. (antes Comunicaciones Móviles del Perú S.A.) en donde las partes acordaron que el cargo de terminación de llamadas en la red fija local de RuralTelecom, ubicada en un área rural o lugar considerado de preferente interés social, es de US$ 0.22 por minuto, tasado al segundo, sin incluir el Impuesto General a lasVentas (IGV). En ese sentido, considerando que no existe un cargo tope de terminación aplicable a redes rurales como las de Rural Telecom, en el presenteMandato se propone el mismo valor de cargo de terminación de llamadas que Rural Telecom ha acordado con Telefónica Móviles S.A.; pudiendo este cargo sermodificado de acuerdo con los mecanismos establecidos en el marco legal. En ese sentido, para las llamadas internacionales entrantes por la red portadora de larga distancia internacional de América Móvil con destino a la red del servicio de telefonía fija local, ubicada en un área rural olugar considerado de preferente interés social de Rural Telecom, América Móvil deberá pagar a Rural Telecom un cargo de terminación equivalente a US$ 0.22 porminuto, tasado al segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas (IGV). Cabe señalar que, América Móvil mediante comunicación DMR/CE/Nº 543/05, manifestó su discrepancia con el valor de US$ 0.22 indicando que para efectos de uniformidad y de posibilitar la terminaciónde llamadas vía la relación de interconexión que se establece mediante el Mandato y a efectos de que los precios internacionales que se negocien por terminaciónde llamadas sean uniformes y no generen distorsiones que afecten las llamadas de LDI terminadas en áreas rurales, entienden que debería establecerse comomáximo un valor similar al cargo de terminación de llamadas en redes móviles, sujetos a las mismas reducciones establecidas por el órgano regulador. Con relación a la argumentación de América Móvil, cabe destacar que no existe justificación para disponer que el cargo de terminación de llamada en la red delservicio de telefonía fija local de Rural Telecom, ubicada en un área rural, sea similar al cargo establecido para alguna de las empresas de servicios móviles. Adicionalmente, las características de la red (topología, elementos de red, costos de dichos elementos, etc.) para la provisión de los servicios públicosde telecomunicaciones en las áreas rurales, como consecuencia básicamente de sus particularidades geográficas, son diferentes a las características para la