Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2006 (30/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2006

haciendo uso del transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional brindado por Telmex o cualquier otro operador. Lo dispuesto en el presente numeral sera de aplicacion a las comunicaciones entre las redes de MORDAZA Movil y de Rural Telecom, ubicada en un area rural o lugar considerado de preferente interes social, en las cuales Telmex o cualquier otro operador brinde el servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional. El pago por concepto del cargo por transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional que se haga referencia en el presente numeral esta sujeto a la provision efectiva de dichos transportes conmutados. a. Comunicaciones locales y de larga distancia nacional desde MORDAZA Movil hacia Rural Telecom. Para las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de comunicaciones personales de MORDAZA Movil y destinadas a la red del servicio de telefonia fija local de Rural Telecom, ubicada en un area rural o lugar considerado de preferente interes social, Rural Telecom debera reconocer a Telmex o cualquier otro operador el cargo por transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional que se brinde efectivamente para terminar dichas llamadas en la red de Rural Telecom. Para este MORDAZA de comunicaciones se aplicara un mecanismo de liquidacion directa entre MORDAZA Movil y Telmex o cualquier otro operador que provea el transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional, por la provision del citado transporte, sujetandose dicho mecanismo a las siguientes reglas: i. MORDAZA Movil cobrara a sus usuarios los montos correspondientes a las tarifas establecidas por Rural Telecom. ii. MORDAZA Movil tendra derecho a retener los montos correspondientes a sus elementos de red utilizados. iii. MORDAZA Movil retendra, adicionalmente, los montos correspodientes a Telmex o cualquier otro operador que brinde el servicio de transporte conmutado local o de larga distancia nacional por el uso efectivo de sus respectivas redes con la finalidad de terminar las llamadas en la red de Rural Telecom. iv. MORDAZA Movil debera liquidar a Telmex o a cualquier otro operador los montos retenidos por la provision efectiva del servicio de transporte conmutado local o de larga distancia nacional. v. El saldo resultante de la diferencia entre la tarifa cobrada por MORDAZA Movil y las retenciones realizadas (tanto para la propia MORDAZA Movil como para las otras empresas que intervienen en la comunicacion) sera pagado por MORDAZA Movil a Rural Telecom. El valor del cargo de transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional a ser pagado por MORDAZA Movil a Telmex o cualquier otro operador sera el establecido en la correspondiente relacion de interconexion entre MORDAZA Movil y el operador que brinda el servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional. Asimismo, el cargo por transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional esta sujeto a su provision efectiva. Alternativamente, MORDAZA Movil y Rural Telecom podran acordar un mecanismo de liquidacion distinto al establecido en el presente literal, para lo cual deberan suscribir el correspondiente acuerdo y presentarlo a OSIPTEL para su pronunciamiento de conformidad a lo establecido en el MORDAZA legal vigente. b. Comunicaciones locales y de larga distancia nacional desde Rural Telecom hacia MORDAZA Movil. Para las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de telefonia fija local de Rural Telecom, ubicada en un area rural o lugar considerado de preferente interes

social, y destinadas a la red del servicio de comunicaciones personales de MORDAZA Movil, Rural Telecom debera pagar a Telmex o cualquier otro operador el cargo por transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional que se brinde efectivamente para terminar dichas llamadas en la red de MORDAZA Movil. El valor del cargo de transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional a ser pagado por Rural Telecom a Telmex o cualquier otro operador sera el establecido en la correspondiente relacion de interconexion entre Rural Telecom y el operador que brinda el servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional. Asimismo, el cargo por transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional esta sujeto a su provision efectiva. Rural Telecom sera la encargada de liquidar a Telmex o cualquier otro operador que brinde el servicio de transporte conmutado local o de larga distancia nacional, los montos correspondientes a dichas empresas por el uso efectivo de sus respectivas redes. c. Comunicaciones de larga internacional hacia Rural Telecom. distancia

Para las comunicaciones de larga distancia internacional entrante, a traves de la red portadora de larga distancia internacional de MORDAZA Movil, que mediante el servicio de transporte conmutado local o de larga distancia nacional, provisto por Telmex o cualquier otro operador, ter minen en la red del ser vicio de telefonia fija local de Rural Telecom, ubicada en un area rural o lugar considerado de preferente interes social, MORDAZA Movil debera pagar a Te l m ex o c u a l q u i e r o t r o o p e r a d o r, e l c a r g o correspondiente al transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional que se brinde efectivamente para terminar dichas llamadas en la red de Rural Telecom. El valor del cargo de transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional a ser pagado por MORDAZA Movil a Telmex o cualquier otro operador sera el establecido en la correspondiente relacion de interconexion entre MORDAZA Movil y el operador que brinda el servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional. Asimismo, debe senalarse que, como toda prestacion, el cargo por transporte conmutado local y/o de larga distancia nacional esta sujeto a su provision efectiva. MORDAZA Movil sera la encargada de liquidar a Telmex o cualquier otro operador que brinde el servicio de transporte conmutado local o de larga distancia nacional, los montos correspondientes a dichas empresas por el uso efectivo de sus respectivas redes. NUMERAL 5.- CARGO POR FACTURACION Y COBRANZA. Las tarifas por las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de comunicaciones personales de MORDAZA Movil y con destino a la red del servicio de telefonia fija local de Rural Telecom, ubicada en un area rural o lugar considerado de preferente interes social, establecidas por esta MORDAZA empresa, seran facturadas y cobradas por MORDAZA Movil a sus abonados del servicio comunicaciones personales. Por ese servicio, Rural Telecom pagara a Amer ica Movil un cargo por facturacion y cobranza de US$ 0,0035 por llamada, sin incluir el Impuesto General a las Ventas (IGV). Dicho cargo sera aplicable para las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio comunicaciones personales de MORDAZA Movil destinadas a la red del servicio de telefonia fija local de Rural Telecom, ubicada en un area rural o lugar considerado de preferente interes social, en las cuales la empresa MORDAZA Movil cobra la tarifa al usuario mediante mecanismos postpago. Trafico liquidable .- La informacion respecto del trafico que las empresas utilizaran para la liquidacion del presente cargo se sujetara a lo establecido en el numeral 7 del anexo 3 del presente Mandato.

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