NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (08/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
TEXTO PAGINA: 74
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327664El Peruano viernes 8 de setiembre de 2006 presentación de este documento no acredita de que efectivamente haya sido otorgada, tal como lo exige el artículo 14º de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683 y el artículo 3º de la Resolución 860-2006-JNE; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por el personero legal titular del partido político “Partido Nacionalista Peruano”; en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 022-2006- JEE/Hz de fecha 22 de agosto de 2006, expedida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, y REFORMÁNDOLA disponer se admita a trámite de inscripción la lista de candidatos a Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales para el Consejo Regional de Ancash del partido político “PartidoNacionalista Peruano” para las Elecciones Regionales del año 2006, excluyendo de la misma a los ciudadanos Percy José Vera Tudela Denttone, candidato a presidente,Flor de María Silvestre Estela, candidata a consejero titular y Diógenes Arteaga Rivera candidato a consejero accesitario, sin afectar la participación del resto de loscandidatos de la lista. Artículo Segundo.- Considerar al ciudadano Hermetes Jerónimo Córdova, como candidato aconsejero accesitario por la provincia de Mariscal Luzuriaga de la lista de candidatos a Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales para el ConsejoRegional de Ancash del partido político “Partido Nacionalista Peruano” para las Elecciones Regionales del año 2006. Artículo Tercero.- Devolver al Jurado Electoral Especial de origen, en el día, el presente expediente, para la prosecución del trámite. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 01863-12 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61 /G63/G61/G72/G67/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G74/G69/G70/G6F/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN Nº 1464-2006-JNE Exp. Nº 1114-2006Lima, 1 de setiembre de 2006 Visto; el expediente sobre vacancia del cargo de regidor del Concejo Provincial de Satipo, departamento de Junín de don Oscar Francisco Novoa Rosado, iniciado a solicitud de la Alcaldesa del mencionado Concejo, doña María Quevedo de Arellano; CONSIDERANDO: Que, en Sesión Extraordinaria Nº 021, de fecha 20 de junio de 2006, cuya acta corre en copia certificada de fojas 03 a 04, el Concejo Provincial de Satipo acordódeclarar la vacancia del cargo de regidor de don Oscar Francisco Novoa Rosado, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinariasconsecutivas, prevista en el inciso 7) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; expidiéndose en igual sentido el Acuerdo de ConcejoNº 144-2006-CM/MPS del 26 de junio de 2006 de fojas 06; Que, mediante las citaciones y actas de las sesiones ordinarias de fechas 9 y 18 de mayo de 2006, y 9 dejunio de 2006, consta la inasistencia de don Oscar Francisco Novoa Rosado a las mencionadas sesiones; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 144-2006-CM/MPS fue notificado al regidor Oscar Francisco Novoa Rosado,con fecha 27 de junio de 2006, según Carta Notarial de fojas 05; y, mediante Resolución de Concejo Nº 003- 2006-CM/MPS de fecha 21 de agosto de 2006, se declaróconsentido el mencionado Acuerdo; Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales para la expedición de credenciales al accesitario, yestando a lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia, el regidor es reemplazado por el suplente desu lista electoral, respetando el orden de precedencia, en este caso, doña Susana Guadalupe Flores Paredes, candidata no proclamada de la organización política"Unidad Nacional", según los documentos remitidos por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2002; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Susana Guadalupe Flores Paredes, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Satipo, departamento de Junin, para completar el período de gobierno municipal2003 - 2006, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial de Regidor del Concejo Provincial de Satipo,departamento de Junín, otorgada a don Oscar Francisco Novoa Rosado, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 01863-7 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G79/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G73 /G69/G6D/G70/G75/G67/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F/G2C/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G7A/G2C/G4D/G6F/G79/G6F/G62/G61/G6D/G62/G61/G2C/G20/G4A/G61/G75/G6A/G61/G20/G79/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 RESOLUCIÓN Nº 1465-2006-JNE Expediente Nº 1243-2006 Lima, 3 de setiembre de 2006Visto, en Audiencia Pública de fecha 3 de septiembre de 2006, el recurso de apelación interpuesto por donVidal Bolaños Candia, personero legal titular del “Movimiento Regional Inka Pachakuteq”, contra la Resolución Nº 017-2006-JEE-Cusco, de fecha 25 deagosto de 2006, expedida por el Jurado Electoral Especial de Cusco; y oído el informe oral; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 017-2006-JEE-Cusco, de fecha 25 de agosto de 2006, se denegó la admisión a trámite de inscripción de la lista de candidatos a Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales para el ConsejoRegional de Cusco, presentada por el “Movimiento Regional Inka Pachakuteq”, para las Elecciones Regionales del año 2006, debido a que dicha lista se encuentra integrada porcuatro ciudadanos afiliados a otras organizaciones políticas y no cumplieron con adjuntar la renuncia o documento que acredite la autorización expresa de la organización políticaa las cuales están afiliados;