Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2007 (16/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2007

propia Constitucion, el derecho a la informacion podra convertirse en la MORDAZA angular de la democracia (...). 4. El ejercicio de estos derechos habra de ejercerse a traves de cualquier medio de emision de un discurso, ya sea este informativo o expresivo. Sin embargo, la propia Constitucion ha senalado en el articulo 2º, inciso 4), que la forma mas concreta de comunicacion es la realizada a traves de medios especializados, toda vez que establece que su ejercicio se MORDAZA `por cualquier medio de comunicacion social', aunque no puede afirmarse que ellos son los unicos vehiculos de transmision de las ideas. Esta formula tambien ha sido recogida por la Corte Interamericana en el parrafo 31 de la Opinion Consultiva 5/85 y en el parrafo 147 de la sentencia del Caso MORDAZA Yvcher c/. Peru. 5. Ahora bien, entrando de lleno a lo que son los medios de comunicacion social, entre los cuales se encuentran la radio y la television, materias de regulacion de la ley controvertida en el presente MORDAZA de inconstitucionalidad, se puede senalar que estos pueden ser considerados como instituciones constitucionales. Cabe recordar que las instituciones son realidades con efectiva MORDAZA social y politica que ameritan una proteccion juridica determinada, por lo que son institutos delimitables y efectivamente existentes. Esta relacion entre medios de comunicacion social e instituciones ya ha sido aceptada por este Colegiado en el fundamento 11 de la STC Nº 3362-2004-AA/TC, segun el cual (...) la insistencia de nuestra MORDAZA Fundamental en los medios de comunicacion social se debe justamente a la tangible preocupacion por la responsabilidad que acarrea su actuacion en la sociedad. Para limitar su poder se les ha reconocido como una institucion constitucional, lo cual fluye de su tratamiento generico (articulo 2º, inciso 4, de la Constitucion) como de la busqueda para su colaboracion con el Estado en la educacion y en la formacion moral y cultural de la nacion (articulo 14º in fine de la Constitucion). Es mas, en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, se reconoce que la prestacion de los servicios de radiodifusion, como medio de comunicacion masiva, debe regirse, entre otros, por la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, la MORDAZA de informacion veraz e imparcial, la tutela del orden juridico democratico, la promocion de los valores y la identidad nacional, y, MORDAZA esta, por la responsabilidad social de los propios medios. Asi, bajo el MORDAZA de unidad de la Constitucion y el de concordancia practica de los derechos fundamentales, la interpretacion correcta del articulo 2º, inciso 4) se debe hacer en correspondencia con lo senalado por el mencionado articulo 14º y tambien por el articulo 6º (aseguramiento de los programas de educacion sobre paternidad y maternidad responsables), y asi se puede terminar entendiendo a los medios de comunicacion social como verdaderas instituciones. Lo que si supone la comprension institucional de la prensa es la atribucion al legislador de una contribucion muy importante en el establecimiento de su regulacion. Al legislador compete, especialmente, la fijacion de su organizacion interna democratica y la imposicion de obligaciones que garanticen la transparencia del accionariado de sus empresas, asi como establecer los criterios de su intervencion en supuestos de monopolio informativo2. Entonces, al igual que sucede en el derecho comparado, con relacion a la configuracion constitucional de estos derechos comunicativos, puede decirse que los constituyentes (...) le confirieron el tratamiento inherente a una MORDAZA institucional, puesto que al establecer el derecho de todos los habitantes de la Nacion de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa, aseguraron la esencia republicana democratica. Es que en la medida en que exista una prensa libre e independiente (...), el pueblo ha de tener conocimiento pleno de la labor de los gobernantes y de todo lo inherente a la cosa publica3. 6. Como parte de la logica MORDAZA establecida, la radio y la television tambien adquieren la calidad de instituciones constitucionales, por lo que su tratamiento siempre ha de estar en coherencia y en MORDAZA directa con los valores,

principios, bienes y derechos que la propia MORDAZA Fundamental reconoce. Y hacia ello debe propender la LRT, y MORDAZA esta, dentro de MORDAZA, tambien la MORDAZA impugnada. Caso contrario, la radio y la television no habran cumplido con el rol asignado, ni la MORDAZA de expresion o la MORDAZA de informacion estaran ubicandose dentro de su ambito de validez. 7. Pero para que la television y la radio cumplan el rol que constitucionalmente se les ha asignado, se requiere ademas de una voluntad estatal; que (...) pueda surgir de la opinion publica facticamente generalizada una conviccion acreditada desde el punto de vista de la generalizacion de intereses, que legitime las decisiones politicas4. El tema de los medios audiovisuales requiere una participacion activa de todos nosotros, pues la implicancia del rol participativo del ciudadano en el Estado, a traves de los `bienes juridicos de democracia militante', permite a la sociedad superarse, esto es, consagrara un orden fundamental democratico caracterizado por la preservacion de la apertura y MORDAZA del MORDAZA de creacion de opiniones y voluntades, formacion de la voluntad popular que se de desde el seno de la sociedad -pasando por los partidos- hasta en los propios poderes del Estado5. En fin, la eficacia de estos derechos dependera del ambiente democratico en que incida y, en especial, en el modo en que la television y la radio cumplan sus funciones basicas6. Por ello, (...) el objetivo final del control democratico de los medios de comunicacion es hacer real y efectivo el libre desarrollo de la personalidad; es decir, garantizar su libre formacion y su libre difusion (conformacion de una opinion publica libre y plural); de ahi su necesidad como algo MORDAZA para cualquier sistema democratico7. Para que una democracia funcione en un MORDAZA se requiere de unos medios, no solo con una cobertura mayor, sino tambien que su objetivo este mejor dirigido, para asi superar la consecucion de una opinion publica libre y consciente. §2. La LRT como reflejo de la radio y la television en tanto instituciones constitucionales 8. El sector audiovisual tiene una singularidad que hace necesario imponer restricciones aceptables y necesarias a la aplicacion incondicionada de las reglas. La television y la radio tienen un doble estatus: uno, como derecho subjetivo, en tanto actividad empresarial que desarrollan las personas en virtud de la MORDAZA empresarial; y, otro, como derecho objetivo, en tanto cumplen una funcion social de comunicacion publica. En este sentido, la MORDAZA empresarial de constituir empresas televisivas y radiales, para que sea legitima constitucionalmente debe asegurar las posibilidades de comunicacion de todos los intereses sociales e informar sin manipular, y, por tanto, formar libremente la opinion publica. No es solamente un servicio a los ciudadanos para mejorar su bienestar o sus condiciones de vida; es

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SOLOZABAL ECHAVARRIA, MORDAZA Jose. La MORDAZA de expresion desde la teoria de los derechos fundamentales. En: Revista Espanola de Derecho Constitucional. MORDAZA, ano 11, nº 32 (may. - ago. 1991). p. 110. CATUCCI, MORDAZA G. MORDAZA de prensa. Calumnia e injurias. Aspecto constitucional, penal y procesal. Buenos Aires: Ediar, 2004. p. 19. HABERMAS, Jurgen. Facticidad y validez. Sobre el derecho y el Estado democratico de derecho en terminos de teoria del discurso. Madrid: Trotta, 2001. p. 452. DENNINGER, Erhard. Democracia militante y defensa de la Constitucion. En: BENDA, MORDAZA y otros. Manual de Derecho Constitucional. Madrid: MORDAZA Pons, 2001. 2ª ed. pp. 460, ss. PLANAS MORDAZA, Pedro. La videopolitica en el Peru. La videopolitica en el Peru. Las elecciones y el acceso de los partidos y los candidatos en los inicios de la tv. peruana. Lima: UMSMP, 2001. p. 224. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Antonio. El control de los medios de comunicacion. Madrid: Dykinson, 1998. p. 17.

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