Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2007 (16/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2007

De hecho, en el MORDAZA actual, no debe quedar duda que el discurso emitido a traves de la radio y la television puede ser considerado como una mercancia (tanto asi que, tal como se MORDAZA mas adelante, esta en relacion directa con los derechos y libertades economicas, sobre todo con libre iniciativa privada y MORDAZA de empresa), en tanto es susceptible de intercambio en el mercado; sin embargo (...) conviene no olvidar que las plusvalias economicas no son, a diferencia de lo que sucede en otros sectores economicos, el unico fin que persiguen estas sociedades, lo que explica tanto situaciones de persistente deficit comercial de empresas de comunicacion como las ayudas publicas de que son beneficiarios los medios de comunicacion15. Es asi como resulta logico, dentro de esos postulados, que la propia LRT MORDAZA senalado en su articulo 4º que Los servicios de radiodifusion tienen por finalidad satisfacer las necesidades de las personas en el MORDAZA de la informacion, el conocimiento, la cultura, la educacion y el entretenimiento, en un MORDAZA de respeto de los deberes y derechos fundamentales, asi como de promocion de los valores humanos y de la identidad nacional. 12. Lo que corresponde al TC, como organo encargado del control de la Constitucion, es buscar por todos los medios posibles que la radio y la television cumplan con los fines asignados en bloque de constitucionalidad (Constitucion ­ LRT), pues muchas veces estos medios de comunicacion social se encuentran lejos de ellos. Por eso, en el Peru de hoy lo que realmente se necesita es crear una nueva esfera publica, un MORDAZA espacio publico para la confrontacion de las opiniones e ideas16. Debemos entender, por ende, a la LRT con todas las criticas que a MORDAZA se le pueda realizar, como un mecanismo de `reciprocidad igualitaria', es decir, como el instrumento ideal que MORDAZA el dialogo libre y sin restricciones entre individuos racionales, a traves de un tratamiento comunicativo con simetria y reflexividad. §3. Las reglas de las autorizaciones para radio y television 13. Los servicios de radiodifusion en tanto servicios privados de interes publico se obtienen a traves de concesiones, bajo la forma de autorizaciones (sobre la relacion entre concesion y autorizacion, revisar el fundamento 17 de esta sentencia), previstas en el articulo 14º de la LRT y cuyos requisitos estan contemplados en el articulo 29º del Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, Reglamento de la LRT. De ello se colige que los medios de comunicacion radiales y televisivos deben cumplir algunas exigencias previstas normativamente, a riesgo que el Estado no realice la aprobacion correspondiente de su funcionamiento. Tal aseveracion se engloba en el hecho de que segun la Constitucion, en el ya mencionado articulo 2º, inciso 4), (...) Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicacion. Queda reconocido, entonces, el hecho de que formar un medio de comunicacion social, entre los cuales se encuentran la radio y la television, es plenamente amparable y protegible por la MORDAZA Fundamental, razon por la cual su existencia no puede ser objeto de negativa por parte de la entidad administrativa. 14. Pero ello no es impedimento para que el propio Estado defina legalmente las condiciones para el otorgamiento de las autorizaciones correspondientes, pues tal situacion tiene que ver basicamente con la forma de servicio que se esta brindando. Son distintas las condiciones para el funcionamiento de un MORDAZA de television o de una radio a las existentes en un medio escrito. En la actualidad convergen las infraestructuras para la prestacion de servicios, y tambien comienzan a hacerlo los dispositivos terminales. La convergencia posibilita que las empresas oferten

combinaciones de servicios a los usuarios. MORDAZA a los avances tecnologicos se superponen diferentes modalidades de transmision que permiten la prestacion de servicios nuevos con los medios existentes y la propia generacion de nuevas infraestructuras adecuadas para la provision de servicios combinados17. Habra de recordarse en este punto que la LRT solo tiene validez para las empresas de radiodifusion privadas en senal abierta (articulo 1º de la LRT), pues no incluye en su seno las existentes en senal cerrada, como en cable, o por internet, sino unicamente las que usan el espectro radioelectrico, exceptuando tambien a las empresas publicas de radio y television. 15. Una legislacion de este MORDAZA, mas alla de poderse considerar como una regulacion incompleta o insuficiente, pues tampoco admite situaciones como la propiedad cruzada de medios (cross ownership), se MORDAZA en la existencia de un limitado espectro radioelectrico, que segun el articulo 11º de la LRT, (...) es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nacion. Su utilizacion y otorgamiento para la prestacion del servicio de radiodifusion, se efectua en las condiciones senaladas en la presente Ley y las normas internacionales de la Union Internacional de Telecomunicaciones. Asimismo, el articulo 3º.e de la Ley Organica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, Ley Nº 26821 -en adelante, LORN- expresamente presenta al `espectro radioelectrico' como una forma de recurso natural. 16. Entonces, es logico que la validez de la actuacion de las empresas radiodifusoras sobre recursos naturales fluya de una MORDAZA constitucional como la prevista en el articulo 66º, que expresa que Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley organica se fijan las condiciones de su utilizacion y de su otorgamiento a particulares. La concesion otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha MORDAZA legal. Al respecto, es muy MORDAZA la LORN, la misma que manifiesta y desarrolla, en su articulo 23º, que La concesion, aprobada por las leyes especiales, otorga al concesionario el derecho para el aprovechamiento sostenible del recurso natural concedido, en las condiciones y con las limitaciones que establezca el titulo respectivo. La concesion otorga a su titular el derecho de uso y disfrute del recurso natural concedido y, en consecuencia, la propiedad de los frutos y productos a extraerse. Las concesiones pueden ser otorgadas a plazo fijo o indefinido. Son irrevocables en tanto el titular cumpla las obligaciones que esta Ley o la legislacion especial exijan para mantener su vigencia. Las concesiones son bienes incorporales registrables. Pueden ser objeto de disposicion, hipoteca, cesion y reivindicacion, conforme a las leyes especiales. El tercero adquirente de una concesion debera sujetarse a las condiciones en que fue originariamente otorgada. La concesion, su disposicion y la constitucion de derechos reales sobre MORDAZA deberan inscribirse en el registro respectivo. En este esquema, se ha senalado que siempre que una actividad comercial sobre bienes naturales sea susceptible de aprovechamiento economico, podra ser objeto de gestion concesional18.

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MORDAZA LLOVET, Enrique. El regimen juridico de la radiodifusion. Madrid: MORDAZA Pons, 1991. p. 352. RICHERI, Giuseppe. Medios de comunicacion y opinion publica. En: Ciudadanos en la Sociedad de la Informacion. Lima: Fondo Editorial de la PUCP, 2001. p. 63. GOMEZ-REINO Y CARNOTA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA VILELA. Los medios de comunicacion social de naturaleza audiovisual ante el fenomeno de la convergencia tecnologica: Algunas reflexiones desde el punto de vista de los receptores de la informacion. En: GOMEZ-REINO Y CARNOTA, MORDAZA (coord.). Telecomunicaciones, infraestructura y libre competencia. Valencia: Tirant lo blanch, 2004. p. 361. MORDAZA LLOVET, Enrique. El regimen juridico de la radiodifusion. Ob. cit. p. 311.

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