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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2007 348390 TELÉFONO PÚBLICO MONEDERO Aparato telefónico terminal disponible al público en general y que son accionados mediante el pago a través de monedas, fi chas o tarjetas. TIEMPO DE LISTA DE ESPERAEs el período que comprende desde que un potencial abonado solicita o se inscribe ante la empresa concesionaria para acceder como abonado al teleservicio público de que se trate hasta que se le atiende el pedido. USUARIOPersona natural o jurídica que en forma eventual o permanente tiene acceso a algún servicio público o privado de telecomunicaciones. ZONA DE SERVICIO (De telefonía móvil)Zona en la que el abonado del servicio de telefonía móvil puede ser alcanzado por otro abonado de una red pública sin que éste conozca la posición real. En este caso, una zona de servicio no puede ser mayor que el área de cobertura. 79895-2 Autorizan viaje de profesional del Ministerio a la ciudad de Taipei, para participar en reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2007-MTC Lima, 3 de julio de 2007 CONSIDERANDO:Que, con Carta S/N de fecha 10 de mayo de 2007, el Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de China Taipei, cursó invitación a los miembros que conforman el Grupo de Trabajo de Transportes del APEC, para asistir a la 29º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co - APEC, que se llevará a cabo en la ciudad de Taipei, China Taipei, del 9 al 13 de julio de 2007; Que, las reuniones del Grupo de Trabajo de Transportes del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co - APEC, tienen como objetivo monitorear y evaluar el cumplimiento de las directivas emanadas por los Líderes y Ministros de Transportes del APEC en su búsqueda por facilitar la expansión de todo tipo de transporte en la región, promover la circulación e fi ciente y segura de pasajeros y bienes a través de aeropuertos y puertos internacionales de acceso, y satisfacer las necesidades de infraestructura y fortalecer el transporte y la seguridad, tomando en consideración programas apropiados para la transferencia de tecnología y desarrollo de recursos humanos en dichas áreas; Que, la citada reunión tiene como objetivo abordar temas de principal interés para el desarrollo del transporte en el país, tales como: competitividad, e fi ciencia y seguridad del transporte aéreo, marítimo, portuario, terrestre e intermodal y sistemas de transporte inteligente, así como programas de capacitación vinculadas al transporte e iniciativas de transporte no dañino al medio ambiente, entre otros; Que, la participación de la Administración Nacional en dicha reunión, resulta de suma importancia por cuanto es necesario retomar la dinámica de participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Grupo de Trabajo de Transportes del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co - APEC, con el fi n de reorientar hacia el Perú los recursos de cooperación dirigidos a propiciar la transferencia tecnológica en los temas de transportes; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Gladys Villanueva Reyes, profesional de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Taipei, China Taipei, del 7 al 15 de julio de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 3,697.55 Viáticos : US$ 1,560.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto : US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la profesional mencionada en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 79895-9 Otorgan concesiones a Nextel Servicios Integrados S.R.L. para prestar servicio público telefónico fijo local y servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad no conmutado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2007-MTC/03 Lima, 27 de junio de 2007 VISTA, la solicitud formulada por la empresa NEXTEL SERVICIOS INTEGRADOS S.R.L. (antes TRANSNET DEL PERÚ S.R.L.), mediante Expediente Nº 2006- 016186, aclarada con Parte Diario N° 049906, para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público telefónico fi jo local en la modalidad de abonados y del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad no conmutado en el área que comprende la totalidad del territorio de la República del Perú, excepto los departamentos de Arequipa, La Libertad, Lambayeque, Piura, Ancash, Ica, Tacna, Lima y la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los portadores y servicios públicos fi nales se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites